1.- ACCESIBILIDAD ARQUITECTÓNICA

Introducción

Ficha: 1.1.-Pregúntame ¿cómo hacer accesible una vivienda?

Ficha: 1.2.-Pregúntame ¿cómo hacer accesible un edificio público?

Ficha: 1.3.-Pregúntame ¿cómo hacer accesibles las escaleras y rampas?

Ficha: 1.4.-Pregúntame ¿cómo hacer accesibles los ascensores y los aparatos elevadores

especiales?

Ficha: 1.5.-Pregúntame sobre accesibilidad horizontal: puertas y pasillos

Ficha: 1.6.-Pregúntame ¿cómo hacer accesible un baño o aseo?

Ficha: 1.7.-Pregúntame ¿cómo hacer accesible un vestuario?

Ficha: 1.8.-Pregúntame sobre accesibilidad en cocinas

Ficha: 1.9.-Pregúntame sobre accesibilidad en el salón y el comedor de las viviendas

Ficha: 1.10.-Pregúntame sobre accesibilidad en dormitorios

Ficha: 1.11.-Pregúntame sobre accesibilidad en áreas de recepción y mostradores

Ficha: 1.12.-Pregúntame sobre accesibilidad en señales y paneles informativos interiores

Ficha: 1.13.-Pregúntame sobre accesibilidad en las instalaciones de la vivienda

Ficha: 1.14.-Pregúntame sobre accesibilidad en los sistemas de protección contra incendios

y planes de evacuación
 

 

Introducción

 

En este primer capítulo de la guía hemos incluido la descripción de la accesibilidad y el uso de ayudas técnicas relacionadas con 14 elementos del espacio interior de los edificios de uso público o privado. La movilidad y la comunicación son elementos esenciales para conseguir la satisfacción en nuestros espacios de convivencia familiar y con nuestros amigos, en los espacios educativos, de trabajo o culturales. Todo espacio cerrado conlleva la necesidad de observar que los elementos arquitectónicos estén libres de obstáculos para las personas con movilidad reducida y para personas con limitaciones sensoriales.

Podemos desear que nuestra vivienda sea lo más accesible posible, bien porque nosotros mismos lo necesitemos o bien porque alguna de nuestras amistades o familiares con algún tipo de limitación funcional puede visitarnos en cualquier momento. Igualmente puede ocurrirnos si somos responsables de una dependencia administrativa oficial, de un comercio o de un espacio de ocio, por poner algunos ejemplos. Es decir, somos alguien que puede necesitar que sus espacios de actividad, sus productos o sus servicios cumplan los requisitos de accesibilidad imprescindibles para garantizar el cumplimiento de la legislación vigente en materia de accesibilidad y, además, proporcionar la mayor comodidad a sus visitantes y trabajadores.

Dado que, como decimos, la accesibilidad arquitectónica está presente en todo tipo de actividad que podamos desarrollar a lo largo de nuestra vida, hemos querido destacar en este capítulo los elementos más generales de este ámbito de la accesibilidad. La intención es que el lector tenga aquí una referencia muy amplia de los elementos que deben considerarse en el interior de un edificio.

No obstante, en los capítulos sucesivos se tratará la aplicación de la accesibilidad a distintos espacios interiores, en los que, para no repetir, nos remitiremos constantemente a este bloque de fichas de arquitectura, destacando en aquellas más concretas los aspectos más específicos de los espacios que tratemos en ellas.

Contenido del capítulo

Las 14 fichas que encierra este capítulo ofrecen al lector una visión integral de la accesibilidad en el interior de los edificios. En las dos primeras se destacan los aspectos más generales de la accesibilidad en viviendas y en edificios de uso público. En las siguientes se tratan con mayor profundidad aspectos concretos de la accesibilidad arquitectónica, como las escaleras y rampas, los ascensores, las puertas, con sus accesorios, los pasillos, las áreas de recepción y los mostradores, las señales y paneles informativos interiores, las instalaciones o el diseño de sistemas de protección contra incendios y planes de evacuación.

También hemos incluido en este capítulo algunas fichas que describen de una manera integral determinados espacios que resultan relevantes para garantizar su uso a todos los posibles usuarios, como los aseos y baños, las cocinas, los salones, los dormitorios o los vestuarios en instalaciones deportivas y centros de trabajo.

Diferentes tipos de usuarios

La insuficiente accesibilidad en el interior de los edificios y en sus accesos puede suponer una de las principales causas de discriminación hacia las personas con discapacidad, al verse privadas de poder utilizar los recursos básicos de la comunidad, comenzando por la escasez de  viviendas adaptadas o con posibilidades de “adaptabilidad”, y continuando por los servicios de uso público de todo tipo. Las llamadas “barreras arquitectónicas” limitan la actividad de las personas con movilidad reducida, ya sea por una deficiencia física o por las limitaciones en la actividad que impone una edad avanzada.

En las fichas de este capítulo, al igual que en todos los demás, se ha tratado de llamar la atención de los lectores sobre los elementos que facilitarán el uso de viviendas y otros edificios a personas con movilidad reducida, así como a personas con ceguera o baja visión, personas mayores, personas con sordera o baja audición y personas con discapacidad intelectual.

La idea fundamental que queremos lanzar aquí es la necesidad de diseñar estos espacios interiores pensando en todas las personas y no en un usuario medio que resulta irreal en la práctica. El rápido envejecimiento de la población en nuestro país y otras causas hacen que sólo el 2% de la población responda positivamente a 4 de las 10 dimensiones importantes del patrón medio del ser humano. Resulta, por tanto, necesario modificar la creencia general de que existe ese usuario con capacidades medias para el cual se diseña habitualmente el entorno.

Legislación en materia de Accesibilidad Arquitectónica

La guía “¡¡Pregúntame sobre Accesibilidad y Ayudas Técnicas!!” no pretende sustituir a la legislación vigente en materia de accesibilidad a edificios sino ofrecer un compendio de soluciones o, al menos, de aspectos a considerar para hacer de los edificios “espacios de convivencia para todos” y “espacios de relación entre personas”, con discapacidad y sin discapacidad, a la vez que se mejora la calidad constructiva en términos de comodidad y seguridad para todos.

 

Cada comunidad autónoma del Estado español ha desarrollado legislación específica en materia de accesibilidad arquitectónica, en términos de mínimos que deben utilizarse para garantizar la accesibilidad. Sin embargo, los parámetros que se utilizan en esta legislación no siempre son coincidentes, por lo que hemos tomado la decisión de incluir en las fichas de este capítulo aquellos parámetros que tienen un consenso suficiente en las diferentes legislaciones o textos especializados, haciendo sólo mención de la necesidad de contemplar determinadas características para las que no hemos encontrado este consenso. En cuanto a los parámetros mencionados se ha seguido también el criterio de utilizar aquél más favorable para acercarnos al concepto de “diseño universal”.

 

En cualquier caso, recomendamos a los lectores que, una vez analizado el contenido de estas fichas, realicen las consultas necesarias con la legislación autonómica que les sea de aplicación, a efectos de cumplir la legalidad vigente en esta materia en cada territorio. Además, será necesario contemplar también las ordenanzas locales que puedan afectar a cada usuario de esta guía. Consideramos que el valor añadido de esta guía se encuentra en la visión integral de la accesibilidad que ofrece en cada una de las fichas, en relación con el elemento que describe.

 

En el ámbito estatal la legislación aplicable en materia de accesibilidad arquitectónica se encuentra en la Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad. De esta ley queremos destacar a continuación dos aspectos fundamentales: la reforma en la Ley de Propiedad Horizontal que afecta a la eliminación de barreras arquitectónicas en los espacios comunes de los edificios de uso privado y de uso público y las condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación de los espacios, servicios y productos.

Reforma de la Ley de Propiedad Horizontal

La realización de reformas en portales, pasillos o la instalación de ascensores en zonas comunes de edificios de viviendas ha sido un problema para la mejora de la accesibilidad cuando se ha producido la negativa de la comunidad de vecinos a aceptar estas reformas, lo que puede suponer una actitud discriminatoria para las personas con discapacidad.

 

Con la intención de obligar a las comunidades de vecinos en mayor medida en materia de accesibilidad, la Ley 51/2003, de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad, ha introducido en su Disposición Adicional Tercera algunas modificaciones a la Ley 49/1960, de 21 de julio, de Propiedad Horizontal, de la cual destacamos los siguientes extremos:

 

1)        Será obligación de la comunidad de vecinos la realización de las obras necesarias para el adecuado sostenimiento y conservación del inmueble y de sus servicios, de modo que reúna las debidas condiciones estructurales, de estanqueidad, habitabilidad, accesibilidad y seguridad.

2)        La comunidad, a instancia de los propietarios en cuya vivienda vivan, trabajen o presten sus servicios altruistas o voluntarios, personas con discapacidad, o mayores de setenta años, vendrá obligada a realizar las obras de accesibilidad que sean necesarias para un uso adecuado a su discapacidad, de los elementos comunes, o para la instalación de dispositivos mecánicos y electrónicos que favorezcan su comunicación con el exterior, cuyo importe total no exceda de tres mensualidades ordinarias de  gastos comunes.

3)        Los propietarios que se opongan o demoren injustificadamente la ejecución de las órdenes dictadas por la autoridad competente responderán individualmente de las sanciones que puedan imponerse en vía administrativa.

4)        En caso de discrepancia sobre la naturaleza de las obras a realizar deberá resolver la Junta de Propietarios, aunque también podrán los interesados solicitar arbitraje o dictamen técnico en los términos establecidos por la ley.

5)        El pago de los gastos derivados de las obras necesarias para garantizar la accesibilidad deberá realizarse mediante contribuciones entre los pisos y locales del edificio en los mismos términos y condiciones que los establecidos en el artículo 9 de la ley de Propiedad Horizontal para los gastos generales.

6)        Ningún propietario podrá exigir nuevas instalaciones, servicios o mejoras no requeridos para la adecuada conservación, habitabilidad, seguridad y accesibilidad del inmueble, según su naturaleza y características.

7)        Cuando se acuerde realizar nuevas instalaciones, servicios o mejoras en los términos del apartado anterior y cuya cuota de instalación exceda del importe de tres mensualidades ordinarias de gastos comunes, el disidente no resultará obligado, ni se modificará su cuota, incluso en el caso de que no pueda privársele de la mejora o ventaja. Si el disidente quisiera después utilizar la mejora introducida deberá abonar las cuotas dejadas de ingresar con la aplicación del interés legal del dinero.

8)        Cuando se adopten válidamente acuerdos para la realización de obras de accesibilidad, la comunidad quedará obligada al pago de los gastos aun cuando su importe exceda de tres mensualidades ordinarias de gastos comunes.

9)        Las innovaciones que hagan inservible alguna parte del edificio para el uso y disfrute de un propietario requerirán, en todo caso, el consentimiento expreso de éste.

10)   Las derramas para el pago de mejoras realizadas o por realizar en el inmueble serán a cargo de quien sea propietario en el momento de la exigibilidad de las cantidades afectas al pago de dichas mejoras.

11)   La unanimidad sólo será exigible para la validez de los acuerdos que impliquen la aprobación o modificación de las reglas contenidas en el título constitutivo de la propiedad horizontal o en los estatutos de la comunidad. El establecimiento o supresión de los servicios de ascensor, portería, conserjería, vigilancia u otros servicios comunes de interés general, incluso cuando supongan la modificación del título constitutivo o de los estatutos, requerirá el voto favorable de las tres quintas partes del total de los propietarios que, a su vez, representen las tres quintas partes de la cuota de participación.

12)   El arrendamiento de elementos comunes que no tenga asignado un uso específico en el inmueble requerirá igualmente la misma mayoría citada en el punto anterior, así como el consentimiento del propietario directamente afectado, si lo hubiere.

13)   La realización de obras o el establecimiento de nuevos servicios comunes que tengan por finalidad la supresión de barreras arquitectónicas que dificulten el acceso o movilidad de personas con minusvalía, incluso cuando impliquen la modificación del título constitutivo, o de los estatutos, requerirá el voto favorable de la mayoría de los propietarios que, a su vez, representen la mayoría de las cuotas de participación. A estos efectos se computarán como votos favorables los de los Propietarios ausentes de la Junta, debidamente citados, quienes una vez informados del acuerdo adoptado por los presentes, conforme al procedimiento establecido en el artículo 9 de la ley, no manifiesten su discrepancia por comunicación a quien ejerza las funciones de secretario de la comunidad en el plazo de 30 días naturales, por cualquier medio que permita tener constancia de la recepción.

14)   Los acuerdos válidamente adoptados con arreglo a lo dispuesto en esta norma obligan a todos los propietarios.

Condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación

La propia Ley 51/2003 establece en su artículo 10 que el Gobierno, sin perjuicio de las competencias atribuidas a las comunidades autónomas y a las corporaciones locales, regulará unas condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación que garanticen unos mismos niveles de igualdad de oportunidades a todos los ciudadanos con discapacidad.

 

Además, diferentes disposiciones finales de esta ley establecen una serie de plazos de actuación de las administraciones públicas y de las entidades privadas para garantizar el establecimiento de estas condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación, plazos que, en la mayoría de los casos, han sido considerados excesivos por los usuarios, teniendo en cuanto que hoy ya existe una legislación autonómica de accesibilidad con la que estos larguísimos plazos entran en claro conflicto o los dejan sin efecto alguno, ya que deben primar los plazos establecidos por las legislaciones autonómicas y locales al tener asignadas las competencias en la materia.

 

La obligatoriedad de las condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación de esta ley, en cuando a edificios de uso público y viviendas, supone el cumplimiento de los siguientes plazos:

 

a)    Antes del 4 de diciembre de 2005 el Gobierno establecerá las condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación que deberán reunir las oficinas públicas, dispositivos y servicios de atención al ciudadano, incluidos los relativos a la participación en la vida política y los procesos electorales. Igualmente en cuanto al acceso y utilización de los bienes y servicios a disposición del público por las personas con discapacidad. También en esta fecha definirá el Gobierno las condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para el acceso y utilización de los espacios públicos urbanizados y las edificaciones.

b)    Antes del 4 de diciembre de 2005 el Gobierno deberá también realizar los estudios integrales sobre la accesibilidad de aquellos entornos, sistemas, bienes, servicios, espacios públicos urbanizados y edificaciones que se consideren más relevantes desde el punto de vista de la no discriminación y la accesibilidad universal.

c)     Antes del 4 de diciembre de 2008, todos los entornos, productos y servicios nuevos de las administraciones públicas serán accesibles y toda disposición, criterio o práctica administrativa será corregida.

d)    Antes del 4 de diciembre de 2010 las condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación serán obligatorias en los bienes y servicios de titularidad pública y en el acceso y utilización de los espacios públicos urbanizados y las edificaciones nuevas.

e)    Antes del 4 de diciembre de 2012 las condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación serán obligatorias en los bienes y servicios nuevos de titularidad privada que concierten o suministren a las administraciones públicas.

f)      Antes del 4 de diciembre de 2020 todos los entornos, productos y servicios existentes y toda disposición, criterio o práctica de la Administración Pública cumplirán las exigencias de accesibilidad y no discriminación. Igualmente estas exigencias serán obligatorias en esta fecha para los bienes y servicios de titularidad privada no incluidos en la letra e). Esta fecha también marcará la obligatoriedad para el acceso y utilización de los espacios públicos urbanizados y las edificaciones existentes siempre que sean susceptibles de ajustes razonables.

Situación actual de la accesibilidad arquitectónica, según el Plan Nacional de Accesibilidad

La ley 51/2003 incluía en su Disposición Final Cuarta el mandato al Gobierno para que antes del 4 de junio de 2004 aprobara un Plan Nacional de Accesibilidad 2004-2012 que se desarrollará a través de fases de actuación trienal y para que en su diseño, ejecución y seguimiento participaran las asociaciones más representativas de utilidad pública de ámbito estatal de las personas con discapacidad. Curiosamente este Plan Nacional fue aprobado por el Consejo de Ministros el 25 de julio de 2003, cinco meses antes de la publicación de la ley.

De acuerdo con el diagnóstico del Plan Nacional de Accesibilidad, el estado de la edificación, tanto en viviendas como en edificios de uso público, muestra alguna barrera en el 100% de los edificios estudiados. En cuanto a las viviendas, las principales dificultades provienen de la falta o la definición de los ascensores, así como de la existencia de desniveles salvados mediante escaleras sin soluciones alternativas. En los accesos, la dificultad más destacada es la existencia de rampas con pendiente excesiva. En el interior de las viviendas, los aseos y baños, los vestíbulos y distribuidores y las cocinas son los espacios más inaccesibles. Además, en el caso de las viviendas no se aprecia una mejora considerable con el paso del tiempo.

En cuanto a los edificios de uso público se observan mejoras en los accesos, donde se han implantado pasos alternativos a las escaleras. Sin embargo en el interior de estos edificios la inaccesibilidad se produce de manera reiterada en los baños y aseos, ascensores y en los mostradores de atención al público, así como en sistemas de comunicación alternativos a la lengua hablada y el uso de la lengua de signos.

Tal y como señala el Plan Nacional de Accesibilidad, los defectos en la accesibilidad arquitectónica se deben más a la falta de aplicación de la normativa vigente que es de obligado cumplimiento que a defectos en las especificaciones de esta normativa. En las siguientes fichas hemos trabajado, por tanto, con la normativa en vigor, así como con las principales guías existentes en materia de accesibilidad arquitectónica y que se han recogido en la bibliografía de cada una de las fichas.

 

 

                                                              Ficha: 1.1

Pregúntame ¿cómo hacer

accesible una vivienda?

Descripción general

La vivienda es un elemento fundamental en la vida de cualquier persona. Goza de gran importancia por ser el espacio donde la persona crea su propio ambiente y desarrolla sus relaciones interpersonales más cercanas. Pero no todas las viviendas son iguales. Una vivienda accesible garantiza la autonomía, la seguridad, la dignidad, el confort y el ahorro de tiempo, no sólo de las personas que la habitan, sino también de aquellas que la visitan. Una persona con discapacidad, además de encontrar una casa adecuada a su situación, debe poder acudir a cualquier reunión familiar o de amigos sin dificultad, lo que sin duda contribuirá a su plena integración social.

La aparición de las Normas DALCO como Norma UNE 170001-1: 2001, Accesibilidad global permite utilizar una serie de criterios para la revisión de la accesibilidad en las viviendas, relacionados con la Deambulación, Aprehensión, Localización y Comunicación.

Elementos que garantizarán la accesibilidad integral

A continuación se señalan los principales elementos y los aspectos relacionados con la accesibilidad en los mismos:

·        Exterior de la vivienda: La numeración del edificio debe ser claramente perceptible (de forma visual y táctil). Desde la calle hasta la puerta de entrada a la vivienda debe existir un itinerario accesible (véase ficha 2.4). Debe evaluarse la altura del timbre, del portero o videoportero automático y del buzón.

·        Entrada a la vivienda: A ambos lados de la puerta de acceso a la vivienda debe existir un espacio libre a nivel del suelo que permita inscribir un círculo de un diámetro de 1,50 m, para la  maniobra de sillas de ruedas. Debe evaluarse la anchura y altura del hueco de entrada así como las características de los tiradores de la puerta (véase ficha 1.5).

·        Características generales del interior de la vivienda: Si se trata de una vivienda en planta alta habrá que contemplar la accesibilidad de escaleras, rampas y ascensores (véanse fichas 1.3 y 1.4). Debe evaluarse la accesibilidad de la información relativa a la escalera, el número de planta, la letra del piso, etc. (véase ficha 1.12).

Se debe valorar el espacio necesario si se utilizan ayudas técnicas específicas para la movilidad, como las grúas, que requieren espacio para el asistente además del espacio que ocupa la propia grúa.

Cada una de las dependencias debe contar con entrada y puerta accesibles, y debe estar conectada a través de pasillos que permitan la circulación de una persona con movilidad reducida y el acceso a dichas dependencias.

El interior de las dependencias debe contar con mobiliario e instalaciones cómodas, seguras, funcionales y de fácil manejo. Se debe evaluar la ubicación de interruptores, enchufes y termostatos, así como su fácil localización, para lo que contrastarán en color con los paramentos circundantes y dispondrán de un piloto luminoso que permita localizarlos en la oscuridad.

Para garantizar la máxima seguridad es conveniente que no existan elementos sueltos que puedan provocar tropiezos (por ejemplo alfombras, cables, etc.) o fijarlos muy bien al suelo mediante bandas de doble cara. También es conveniente la instalación de  avisadores acústicos y/o luminosos y señales de emergencia en todas o algunas de las dependencias.

Conviene que las ventanas no sean pesadas, que sean de fácil apertura y a ser posible automatizadas, y que no invadan las áreas de circulación. Las persianas pueden ser de subida y bajada motorizada.

En algunos casos, como el de las personas sordas, puede ser interesante que la vivienda cuente con espacios abiertos y/o con superficies transparentes que faciliten la comunicación.

Algunos aspectos a tener en cuenta en las dependencias son los siguientes:

o       Baño: Garantizar el acceso y el espacio libre suficiente para la movilidad de una silla de ruedas. Asegurar la ausencia de elementos que obstaculicen la aproximación frontal de una silla de ruedas al lavabo. Se debe evaluar el espacio de baño o ducha, el pavimento, las características de los pestillos, grifos, soportes y asideros, y la iluminación (véase ficha 1.6).

o       Cocina: Se debe garantizar el acceso a la cocina y el espacio libre suficiente para la movilidad de una silla de ruedas; así como eliminar elementos que obstaculicen la aproximación frontal de la silla a los muebles de la cocina. Se debe evaluar la iluminación, las condiciones de seguridad, las características de los muebles y la oportunidad de utilizar mandos a distancia para los aparatos eléctricos (véase ficha 1.8).

o       Dormitorio: Se debe garantizar el acceso al dormitorio y el espacio libre suficiente para la movilidad de una silla de ruedas; así como eliminar cualquier elemento que obstaculice la aproximación frontal de la silla a la mesilla, escritorio, armario, etc. Se debe garantizar la utilización del mobiliario a través de la instalación de adecuados cajones, tiradores, puertas, etc. Puede ser necesario instalar elementos que ayuden a la incorporación desde la cama y evaluar la iluminación (véase ficha 1.10).

o       Salón: Se debe garantizar el acceso al salón y el espacio libre suficiente para la movilidad de una silla de ruedas; así como eliminar elementos que obstaculicen la aproximación frontal de la silla a los muebles del salón. Se debe evaluar la iluminación, las características de los muebles y la oportunidad de utilizar mandos a distancia para los aparatos eléctricos (véase ficha 1.9).

o       Vestíbulo: Deberá garantizarse que sus dimensiones permiten el giro completo de una silla de ruedas.

o       Terrazas: Se deberá garantizar el acceso a la terraza y el espacio libre suficiente para la movilidad de una silla de ruedas en su interior.

·        Vivienda automatizada: Se deberá valorar la posibilidad de crear instalaciones domóticas en la vivienda. Estas redes permiten controlar los aparatos de la vivienda desde el interior de la propia vivienda (mediante mandos a distancia, sensores del movimiento, sensores de voz, etc. o de forma automática) o desde su exterior (a través de un ordenador, un teléfono, etc.). Para más información véase ficha 1.13.

¿Dónde conseguir más información?

·        Asociación Española de Domótica (CEDOM). Internet: www.cedom.org/

·        Concrete Change. An International Effort to Make All the New Homes Visitable. Internet : www.concretechange.org/

·        Empresas constructoras de viviendas accesibles;  Empresas distribuidoras de ayudas técnicas para el hogar;  Prestadores de servicios sobre vivienda adaptada. Véase el catálogo del Centro Estatal de Autonomía Personal y Ayudas Técnicas (CEAPAT-IMSERSO). Internet: www.ceapat.org

·        Legislación sobre accesibilidad e infraestructuras y eliminación de barreras arquitectónicas. Internet:

www.miliarium.com/Paginas/Leyes/Edificacion/accesibilidad.asp

·        Portal de la discapacidad. Internet:

www.discapnet.es/Discapnet/CAstellano/default.htm

·        Signalia – Servicios para la accesibilidad (Información a través de la Fundación CNSE).

¿Qué normativa y bibliografía existe que pueda ser de utilidad?

·        Carmen Morales (2003): Casas inteligentes. El futuro ya está aquí. Minusval, 142, 62-65. Internet:

http://imsersodiscapacidad.usal.es/idocs/F8/8.2.1.2-139/142/62_65_nuevastec.pdf

·        Comisión Nacional de Fomento de la Vivienda (2003): Anexo III, Antropometría. En: Criterios de Diseño y Construcción para Vivienda Adaptable y Accesible. México DF. Internet: www.conafovi.gob.mx/Publicaciones/Vivienda%20Accesible.pdf

·        Dirección General de Servicios Sociales. Servicio de Atención a Discapacitados (1999): Manual de Accesibilidad Integral. Guía para la aplicación del Código de Accesibilidad de Castilla-La Mancha. Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. Consejería de Bienestar Social.

·        España. Decreto 2413/1973 de 20 de septiembre. Reglamento Electrónico de Baja Tensión (RBT). Instrucción Técnica Complementaria 052, sobre sistemas domóticos (en desarrollo).

·        España. Ley 3/1990 de 21 de junio, por la que se modifica la ley 49/1960, de 21 de julio, de propiedad horizontal, para facilitar la adopción de acuerdos que tengan por finalidad la adecuada habitabilidad de minusválidos en el edificio de su vivienda.

·        España. Ley 15/1995, de 30 de mayo, sobre límites de dominio de inmuebles para eliminar barreras arquitectónicas a las personas con discapacidad.

·        España. Orden de 3 de marzo de 1980, sobre características de accesos, aparatos elevadores y acondicionamiento interior de las viviendas de protección oficial destinadas a minusválidos.

·        Guerrero Vega, J.M.; Rodríguez Mahou C.; Peinado Margalef, N. et al. (1994): Manual de accesibilidad. Ministerio de Asuntos Sociales, INSERSO.

·        Norma UNE 170001-1:2001 Accesibilidad global. Criterios para facilitar la accesibilidad al entorno. Parte 1: requisitos DALCO.

·        Norma UNE 170001-2:2001 Accesibilidad global. Criterios para facilitar la accesibilidad al entorno. Parte 2: sistema de gestión de la accesibilidad global.

·        UNE 41520 Accesibilidad en la edificación. Espacios de comunicación horizontal

·        Normativa autonómica sobre promoción de accesibilidad y supresión de barreras.

·        ONCE (2003): Accesibilidad para personas con ceguera y deficiencia visual.

·        Serie UNE-EN 50090 Sistemas electrónicos para la vivienda y edificios (HBES).

·        The Center for Universal Design (2000): Accessible Stock House Plans. Internet:

http://design.ncsu.edu/cud/pubs/stockHousePlans.htm

·        Para ampliar información véase el anexo al final de la guía.

 

 

Ficha: 1.2

Pregúntame ¿cómo hacer

accesible un edificio público?

Descripción general

Los ayuntamientos, registros civiles, jefaturas provinciales de tráfico, escuelas oficiales de idiomas, conservatorios de música, oficinas de empleo, agencias tributarias, centros de salud, oficinas de correos, oficinas de expedición del D.N.I., bibliotecas, cines, museos, etc., son edificios a los que habitualmente acudimos para obtener información y/o asesoramiento, gestionar documentos, trabajar, aprender o disfrutar. Estos edificios forman parte de nuestra vida diaria por lo que cualquier persona debe poder acercarse, acceder y desenvolverse en ellos sin ninguna dificultad por razón de su condición física, sensorial o intelectual.

La aparición de las Normas DALCO como Norma UNE 170001-1: 2001, Accesibilidad global permite utilizar una serie de criterios relacionados con la Deambulación, Aprehensión, Localización y Comunicación para la revisión de la accesibilidad en los edificios de uso público.

Elementos que garantizarán la accesibilidad integral

A continuación se señalan los principales elementos y los aspectos relacionados con la accesibilidad en los mismos:

·        Llegada al edificio: Se deberá comprobar la accesibilidad de los transportes públicos hasta el área del edificio (véase capítulo 4) y de los espacios de aparcamiento (véase ficha 2.9).

Se deberá comprobar la accesibilidad de los itinerarios desde las paradas de transporte público y las zonas de aparcamiento hasta la puerta de entrada; así como la existencia de rebajes adecuados en las aceras.

Las rutas hasta el edificio deben estar correctamente señalizadas a través de señales y paneles informativos exteriores (véase ficha 2.2). Estas rutas podrían comenzar en las paradas de transporte público y aparcamientos más cercanos. En edificios de particular relevancia las rutas señalizadas podrán comenzar en su entorno inmediato. Hay que mantener la misma nomenclatura del edificio en la señalización a lo largo de toda la ruta.

Cualquier información que deba aportarse sobre el edificio en cuestión (por ejemplo, horarios de apertura) deberá ser clara y perceptible por cualquier usuario y estar ubicada en lugares adecuados (véase ficha 1.12).

·        Entorno inmediato: Se deberá comprobar la ausencia de obstáculos o peligros que puedan impedir la circulación horizontal (por ejemplo elementos del mobiliario urbano) en los itinerarios alrededor del edificio (véase ficha 2.4). Se deberá garantizar en estos itinerarios un espacio libre en ningún caso menor de 1,50 m de anchura mínima. Es necesario evaluar la accesibilidad de los pavimentos (véase ficha 2.1).

·        Entrada al edificio: La entrada principal será accesible (véase ficha 1.3). En caso de que para conseguirlo sea necesaria la construcción o instalación de una rampa, es conveniente que existan escalones como medio alternativo de subida. Comprobar la accesibilidad de los pasamanos.

Se deberá evaluar la accesibilidad de las puertas de entrada (véase ficha 1.5) en cuanto a sus dimensiones, colores, materiales y tiradores. También es necesario evaluar la posibilidad de instalar puertas de apertura automática con bordes correctamente señalizados. A ambos lados de la puerta debe existir un espacio libre al mismo nivel (en ningún caso menor de 1,50 m de diámetro) que aporte un adecuado espacio para la  maniobra de personas con movilidad reducida. Hay que contrastar aquellos elementos que puedan significar un obstáculo en la entrada, como por ejemplo columnas. Se debe evaluar la ubicación de timbres e interfonos.

·        Interior del edificio: Las dimensiones del vestíbulo deben permitir la movilidad de una persona con movilidad reducida (en ningún caso menor de 1,50 m de diámetro). Se deben evaluar las características de los pavimentos (véase ficha 2.1).

Las áreas y mostradores de recepción, las puertas interiores y los pasillos y, por supuesto, todas la dependencias del edificio, deben ser accesibles (véanse fichas 1.11 y 1.5).

Las señales y paneles informativos interiores deben ser claramente perceptibles por cualquier persona (véase ficha 1.12). Se debe evaluar la iluminación, colores y contraste entre paredes, suelo y puertas. Puede ser necesario instalar sistemas de bucles magnéticos para usuarios de prótesis auditivas (audífono e implante coclear) y de amplificación del sonido en salas de reuniones, de entrevistas, de conferencias, vestíbulos, etc., y señalizarlos adecuadamente.

Se dispondrá de avisos de información visuales mediante rótulos y sistemas de reconocimiento de voz. Se contará con teléfonos de texto.

Es aconsejable que la plantilla disponga de unas pautas elementales sobre cómo dirigirse a las personas con diferentes limitaciones en la actividad (véase ficha 7.5), así como que tenga conocimiento mínimo de lengua de signos o que existan intérpretes de lengua de signos.

·        Muebles y accesorios: El mobiliario debe poder ser utilizado por todos, incluyendo las personas con movilidad reducida, y debe ser adecuado para la tarea que se va a realizar. El diseño de las mesas debe permitir la aproximación frontal de personas en sillas de ruedas. La ubicación de los muebles debe permitir el acceso y la movilidad de una persona en silla de ruedas. Se deberá evaluar la altura de las vitrinas y estanterías, la distancia de alcance de los elementos y los etiquetados de los mismos. Debe existir suficiente espacio alrededor de mesas y sillas para maniobrar.

Evaluar también la accesibilidad en aseos y baños (véase ficha 1.6), escaleras y rampas (véase ficha 1.3), ascensores (véase ficha 1.4), vestuarios (véase ficha 1.7), y máquinas expendedoras y cajeros automáticos (véase ficha 6.8).

·        Edificios automatizados: Se deberá valorar la posibilidad de crear instalaciones domóticas en el edificio. Estas redes permiten controlar los aparatos del edificio desde el interior del propio edificio (mediante mandos a distancia, sensores del movimiento, sensores de voz, etc. o de forma automática) o desde su exterior (a través de un ordenador, un teléfono, etc.). Para más información véase ficha 1.13.

¿Dónde conseguir más información?

·        Asociación Española de Domótica (CEDOM). Internet: www.cedom.org/

·        Disability Access Information and Solutions. Internet: www.access2go.co.uk/

·        Legislación sobre accesibilidad e infraestructuras y eliminación de barreras arquitectónicas. Internet:

www.miliarium.com/Paginas/Leyes/Edificacion/accesibilidad.asp

·        Signalia – Servicios para la accesibilidad (Información a través de la Fundación CNSE).

¿Qué normativa y bibliografía existe que pueda ser de utilidad?

·        Dirección General de Servicios Sociales. Servicio de Atención a Discapacitados (1999):        Manual de Accesibilidad Integral. Guía para la aplicación del Código de Accesibilidad de Castilla-La Mancha. Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. Consejería de Bienestar Social.

·        España. Decreto 2413/1973 de 20 de septiembre. Reglamento Electrónico de Baja Tensión (RBT). Instrucción Técnica Complementaria 052, sobre sistemas domóticos (en desarrollo).

·        España. Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad.

·      España. Real Decreto 556/1989, de 19 de mayo, por el que se arbitran medidas mínimas sobre accesibilidad en los edificios.

·     Guerrero Vega, J.M.; Rodríguez Mahou, C.; Peinado Margalef, N. et al. (1994): Manual de accesibilidad. Ministerio de Asuntos Sociales, INSERSO.

·       ONCE (2003): Accesibilidad para personas con ceguera y deficiencia visual.

·   Organización de Consumidores y Usuarios de España (2002): Movilidad y barreras arquitectónicas. OCU-Compra Maestra, 258, Marzo.

·        Serie UNE-EN 50090 Sistemas electrónicos para la vivienda y edificios (HBES).

·        Norma UNE 170001-1:2001 Accesibilidad global. Criterios para facilitar la accesibilidad al entorno. Parte 1: requisitos DALCO.

·        Norma UNE 170001-2:2001 Accesibilidad global. Criterios para facilitar la accesibilidad al entorno. Parte 2: sistema de gestión de la accesibilidad global.

·        UNE 41520 Accesibilidad en la edificación. Espacios de comunicación horizontal

·        Para ampliar información véase el anexo al final de la guía.

 

 

Ficha: 1.3

Pregúntame ¿cómo hacer

accesibles las escaleras

y rampas?

Descripción general

La movilidad vertical en edificios, viviendas y entornos exteriores suele ser uno de los principales problemas para las personas con discapacidad, especialmente para las personas con movilidad reducida. Las escaleras y rampas son algunos elementos utilizados para superar este obstáculo, pero para que estos elementos sean válidos para todos deben estar construidos de forma adecuada. Es conveniente que escaleras y rampas aparezcan combinadas para ampliar así el conjunto de personas beneficiarias y acercarnos al concepto de diseño universal.

Elementos que garantizarán la accesibilidad integral

Escaleras

·         Señalización: Se colocarán franjas de señalización de textura y color contrastado antes del primer escalón y después del último. Serán de la misma longitud del escalón y se prolongarán 1,20 cm en ambos extremos. Estas franjas tendrán un pavimento táctil de acanaladura paralelo al borde de las escaleras y bien contrastado visualmente al resto del pavimento circundante. La sección de acanaladura será mayor en las escaleras en exteriores que la usada en escaleras en interiores. Este pavimento se instalará en cada meseta.

Si se instalan pilotos o indicadores luminosos en la contrahuella, deben estar empotrados en la misma, es decir, no presentarán cejas ni resaltes.

La iluminación debe evitar deslumbramientos en el ascenso y el descenso. Si el nivel de iluminación natural de la escalera es bajo, se incrementará con luz artificial.

·         Mesetas: Su fondo mínimo será de 1,20 m. Su ancho coincidirá al menos con el de la escalera, y este dependerá del flujo de personas y del uso al que esté destinado el edificio. El siguiente listado muestra cuáles deben ser esos mínimos en anchura:

-         Espacios de uso público:

o       Cruces ocasionales ≥1,20 m

o       Cruces habituales ≥1,50 m

o       Cruces continuos ≥1,80 m

-         Viviendas ≥1,05 m

·         Peldaños: Los tramos tendrán entre tres y doce peldaños. Los tamaños de huella y tabica deben seguir la relación:

62≤2T+H≤64

T= altura de la tabica en cm.

H= anchura de la huella en cm.

Lo ideal es que esta relación sea lo más cercana posible a 63. Aunque la normativa marca la altura máxima de la tabica entre 16 cm y 18 cm (dependiendo de la comunidad autónoma) la ideal es que esta altura se aproxime a 15 cm. Todos los peldaños de un mismo tramo tendrán la misma altura. El ángulo de inclinación de la escalera deberá estar entre 25º y 30º. El peldaño deberá tener forma continua, con tabica y sin bocel. No se incluirán escalones compensados ni peldaños aislados. Todos los escalones deberán incluir, en la huella, una banda antideslizante de 5 cm de anchura y ubicada a 3 cm del borde del peldaño, quedando encastrada en el escalón y abarcando toda la longitud del mismo.

·         Plataformas elevadoras: Estos dispositivos suponen una solución para salvar las escaleras. Pueden ser de traslación vertical y de traslación oblicua. Para que sean accesibles deben cumplir los requisitos propuestos en la ficha 1.4.

Rampas

·        Dimensiones: Dependerán del flujo de usuarios previsto. Las mínimas serán las siguientes:

-         Cruces ocasionales ≥1,20 m de ancho

-         Cruces habituales ≥1,50 m de ancho

-         Cruces continuos ≥1,80 m de ancho

-         Mesetas de embarque y desembarque: suficiente para que quepa un círculo de diámetro ≥1,50 m

-         Mesetas intermedias: anchura mínima igual a la de la rampa. Fondo mínimo de 1,50 m

 

·        Señalización: Se señalizan mediante franja táctil de acanaladura al inicio y final de la rampa, con las mismas características que las que se instalan en las escaleras.

·        Pendiente: Determinada por la relación entre el desnivel que se debe salvar y la longitud de la proyección horizontal. Las pendientes máximas según la proyección horizontal L del plano inclinado de la rampa, son las siguientes:

-         Si la longitud de la proyección horizontal es mayor de 6 m y menor de 9 m, la pendiente máxima será del 6%.

-         Si la longitud de la proyección horizontal es mayor de 3 m y menor o igual a 6 m, la pendiente máxima será del 8%.

-         Si la longitud de la proyección horizontal es menor o igual a 3 m, la pendiente máxima será del 10%.

 

·        Mesetas: En rampas largas, insertar mesetas intermedias (como máximo, cada 9 m de proyección horizontal) para el descanso de los usuarios.

·        Desembarco: Si se produce ante una puerta, el espacio entre puerta y plataforma de desembarque tendrá una longitud mínima de 1,20 m más la longitud ocupada por el barrido de la puerta.

·        Rampas mecánicas: Apropiadas en grandes edificios públicos (aeropuertos, estaciones, etc.). Pueden tener pendientes superiores a las de las rampas fijas (hasta 10% con anchura mínima de 1,00 m). Hay que proteger los laterales con barandillas de cristal o chapa metálica. Hay que coordinar la velocidad del pasamanos móvil y la de la rampa.

·        Rampas móviles o temporales: Puede resultar de utilidad cuando no sea posible instalar una rampa fija por falta de espacio, invadir zonas públicas, etc. Debe ser segura, estable y de poco peso y cumplir los mismos requisitos que una rampa fija (dimensiones, pendiente, señalización, etc.).

Elementos comunes:

·        Recorrido: El recorrido de la escalera o rampa estará libre de obstáculos. Los aparatos de iluminación, climatización y megafonía se ubicarán a 2,20 m de altura. La directriz de la escalera o rampa será recta o ligeramente curva.

·        Pasamanos: Se instalarán pasamanos continuos en todo el recorrido a ambos lados de la escalera o rampa. Además, se prolongará 30 cm, hacia abajo para evitar enganches, en el inicio y fin de la misma en los espacios de circulación y de uso. Estos pasamanos serán fáciles de asir, de sección preferentemente circular, con diámetro entre 40 y 50 mm, separado de la pared entre 45 y 55 mm y con sistema de sujeción que permita el deslizamiento continuo de la mano a lo largo del mismo. El pasamanos se colocará a dos alturas: una entre 65 y 75 cm y la otra entre 95 cm y 105 cm, desde el borde de cada peldaño o plano inclinado. Se evitará usar materiales muy deslizantes o que sufran sobrecalentamiento.

El pasamanos puede aprovecharse para colocar correctamente en él información táctil (véase ficha 1.12).

·        Barandillas: Los huecos horizontales de la barandilla medirán menos de 12 cm de longitud y no deben facilitar el trepar por ellos. Deben estar firmemente ancladas a los paramentos para evitar movimientos u oscilaciones. Deben soportar las solicitaciones mínimas resultantes de las siguientes cargas:

-         Carga vertical uniformemente repartida=50 daN/m

-         Carga horizontal uniformemente repartida

o       Escaleras y rampas de uso público=100 daN/m

o       Escaleras y rampas en viviendas=50 daN/m

 

·        Zócalo: Los peldaños o tramos de rampa que tengan los bordes laterales libres, dispondrán de un zócalo o elemento de protección lateral de 10 cm de altura que podría integrarse en la barandilla.

·        Pavimento: Los pavimentos deberán cumplir las condiciones de accesibilidad que se especifican en la ficha 2.1. Las alfombras deberán eliminarse. Si no resulta posible, habrá que fijarlas perfectamente a la superficie de la escalera o rampa.

¿Dónde conseguir más información?

·        Disability Access Information and Solutions. Internet: www.access2go.co.uk/

·        Legislación sobre accesibilidad e infraestructuras y eliminación de barreras arquitectónicas. Internet:

www.miliarium.com/Paginas/Leyes/Edificacion/accesibilidad.asp

·        United Nations Enable. Accessibility for the Disabled
A Design Manual for a Barrier Free Environment
. Internet: www.un.org/esa/socdev/enable/designm/

¿Qué normativa y bibliografía existe que pueda ser de utilidad?

·        Dirección General de la Vivienda, la Arquitectura y el Urbanismo (2002): Guía técnica de accesibilidad en la edificación 2001. (2ª edición). Ministerio de Fomento.

·        Guerrero Vega, J.M.; Rodríguez Mahou, C.; Peinado Margalef, N. ett al. (1994): Manual de accesibilidad. Ministerio de Asuntos Sociales, INSERSO.

·        Legislación autonómica sobre accesibilidad y supresión de barreras arquitectónicas.

·        ONCE (2003): Accesibilidad para personas con ceguera y deficiencia visual.

·        Para ampliar información véase el anexo al final de la guía.

 

 

Ficha: 1.4

Pregúntame ¿cómo hacer

accesibles los ascensores y

los aparatos elevadores

especiales?

Descripción general

Los ascensores y los aparatos elevadores especiales constituyen elementos esenciales para que cualquier persona pueda alcanzar dependencias a distinto nivel en el hogar, en los edificios públicos, en el trabajo, en los parking, centros comerciales, centros de ocio, etc. Su existencia puede ser imprescindible para garantizar la igualdad en el disfrute de estos recursos y su inexistencia, ante situaciones de inaccesibilidad puede traer consigo situaciones graves de discriminación. Sin embargo, para que los ascensores y otros aparatos elevadores puedan ser utilizados por todos, su diseño debe cumplir una serie de requisitos que hagan accesible y seguro su uso.

Elementos que garantizarán la accesibilidad integral

Ascensores

·  Cabina: La cabina debe permitir entrar en ella a una persona en silla de ruedas y su acompañante. Su tamaño dependerá del número de puertas de las que conste y de su posición:

 

-         Dimensiones mínimas (según comunidades autónomas; consultar legislación):

o       Una sola puerta: 1,00 m de ancho y 1,20 m de fondo en el sentido del embarque.

o       Dos puertas enfrentadas: 1,00 m de ancho y 1,20 m de fondo

 

-         Dimensiones recomendadas:

o       Una sola puerta: 1,10 m de ancho y 1,40 m de fondo.

o       Dos puertas enfrentadas: 1,10 m de ancho y 1,40 m de fondo.

o       Dos puertas en ángulo: 1,40 m de ancho y de fondo.

 

La cabina contará con un pasamanos a una altura entre 95 y 105 cm, separado entre 45 y 55 mm de los paramentos verticales. El pasamanos debe ser fácil de asir y su sección será preferentemente circular, de diámetro entre 40 y 50 mm. Dispondrá también de un zócalo de altura mayor o igual a 30 cm. Puede disponer de un banco abatible.

Las botoneras del ascensor estarán a una altura entre 90 y 120 cm y separados de las esquinas una distancia mínima de 40 cm. La información de la botonera se representará en altorrelieve contrastado y braille. Los botones tendrán un tamaño mayor de 2 cm. Se evitarán los botones enmarcados ya que deben sobresalir claramente del panel, en ningún caso se utilizarán pulsadores en bajorrelieve y térmicos. Los indicadores de parada o alarma serán diferentes en forma y color al resto de botones. Deben instalarse intercomunicadores visuales que garanticen la transmisión de información a las personas sordas o con limitaciones para la comunicación.

El nivel de iluminación en el interior será, como mínimo, de 300 lux. Las paradas serán señalizadas con un indicador sonoro e información visual sobre la planta de las paradas inmediatas y otros movimientos de sube y baja.

·  Puertas: Serán puertas automáticas de una anchura libre mínima de 90 cm y una altura libre mínima de 2,20 m, con un sensor de cortina. Su barrido no invadirá el espacio de la cabina. En caso de que las puertas sean abatibles o de librillo deberá existir un espacio de 1,00 m de ancho y 1,20 m de fondo no barrido por la puerta. Debe evitarse el aislamiento de las personas que se encuentran en el ascensor por lo que, además de instalarse videoporteros, puede ser aconsejable contar con zonas acristaladas en las puertas que permitan a las personas sordas un contacto visual con el exterior.

·  Zonas de embarque/desembarque: El vestíbulo de acceso tendrá unas dimensiones mínimas de 1,50 m por 1,50 m y estará libre de obstáculos. En las paradas, el suelo de la cabina y el de la planta deben quedar enrasados y con una separación máxima de 2 cm. La zona debe estar señalizada mediante un pavimento táctil de acanaladuras paralelas a la puerta del ascensor. El pulsador de llamada tendrá las mismas características que la botonera de la cabina. El indicador de planta tendrá un tamaño mínimo de 10 cm de ancho por 10 cm de alto y la numeración se presentará en altorrelieve contrastado. Se colocará centrado a 1,60 m del suelo, en las jambas a ambos lados del ascensor; de no haber espacio en éstas, se colocará en la zona inmediatamente adyacente a la puerta.

·  Pavimento: El pavimento deberá cumplir las condiciones de accesibilidad que se especifican en la ficha 2.1.

Aparatos elevadores especiales

Se instalarán en lugares donde no sea posible instalar una rampa de pendiente adecuada o un ascensor. Su desplazamiento será suave, silencioso y sin vibraciones. Su velocidad máxima será de 0,1 m/s.

A.    Plataformas Verticales: La plataforma debe medir, como mínimo, 80 cm de anchura por 1,20 m de fondo. Dispondrá de una pequeña rampa abatible de acceso, y de barras de protección y sujeción. Los huecos de  embarque/desembarque deben estar cerrados  cuando la plataforma se ponga en marcha. El espacio de embarque/desembarque debe ser suficiente para maniobrar con la silla. El pavimento será no deslizante. Los mandos serán fácilmente accionables mediante presión constante desde la silla de ruedas. Dispondrá de un botón de parada de emergencia detectable de manera visual y sonora.

B.    Plataformas salvaescaleras: La plataforma debe contar con unas dimensiones mínimas de 70 cm por  1,10 m. Dispondrá de una pequeña rampa abatible de acceso y de barras de seguridad cómo mínimo de 90 cm de alto, conectadas al sistema de seguridad para que la plataforma no se ponga en marcha hasta que no estén correctamente posicionadas. El pavimento será no deslizante. La pendiente del recorrido será como máximo de 40º. Los mandos se situarán tanto dentro como fuera de la plataforma (en las áreas de embarque/desembarque).

C.   Sillas salvaescaleras: La silla estará compuesta por al menos un asiento giratorio (mínimo de 90º) con respaldo, reposabrazos y reposapies abatibles y cinturón de seguridad, todos ellos regulables. La pendiente del rail será como máximo de 40º. Los mandos estarán ubicados en el reposabrazos.

Tanto para las plataformas como para las sillas salvaescaleras, el sistema de transmisión podrá ser hidráulico (para recorridos rectos) o mecánico. Los mandos serán fácilmente accionables por el usuario mediante presión constante. Cada planta contará con una estación de llamada y reenvío. El sistema dispondrá de freno de paro progresivo con posibilidad de accionamiento manual y de un dispositivo de parada de emergencia. Las dimensiones mínimas de la escalera donde se instalen serán de 1,05 m de ancho (2,10 m en espacios de uso público) y 1,20 m de fondo en la meseta. La forma de separar los espacios destinados a la circulación a pie y a la circulación por plataforma o silla puede ser diferente en función de la legislación de cada comunidad autónoma y de la anchura de la escalera. Los espacios de embarque/desembarque serán suficientes para maniobrar con la silla de ruedas.

D.   Grúas cenitales: Están compuestas por elevadores de rail superior anclados al techo. Contará con cinchas, arnés de sujeción u horquilla, plataforma o barquilla. Contará además con un mando protegido contra el agua y fácilmente accionable por el usuario. Podrá funcionar manualmente en caso de fallo eléctrico. Suele recurrirse a estos sistemas cuando no pueden instalarse plataformas salvaescaleras.

En todos los casos, el equipo debe garantizar las máximas condiciones de seguridad para el usuario y otras personas por lo que deben situarse de forma que no provoque golpes ni invada los espacios interiores. Además, debe contar con dispositivos anticizallamiento y antiaplastamiento delante y debajo (plataformas verticales), debajo (plataformas salvaescaleras) o en el reposapiés (sillas salvaescaleras).

¿Dónde conseguir más información?

·        Disability Access Information and Solutions. Internet: www.access2go.co.uk/

·        Legislación sobre accesibilidad e infraestructuras y eliminación de barreras arquitectónicas. Internet:

www.miliarium.com/Paginas/Leyes/Edificacion/accesibilidad.asp

·        United Nations Enable. Accessibility for the Disabled
A Design Manual for a Barrier Free Environment
. Internet: www.un.org/esa/socdev/enable/designm/

¿Qué normativa y bibliografía existe que pueda ser de utilidad?

·        Comisión Nacional de Fomento de la Vivienda (2003): Anexo III Antropometría. En: Criterios de Diseño y Construcción para Vivienda Adaptable y Accesible. México DF. Internet: www.conafovi.gob.mx/Publicaciones/Vivienda%20Accesible.pdf

·        Dirección General de la Vivienda, la Arquitectura y el Urbanismo (2002): Guía técnica de accesibilidad en la edificación 2001. (2ª edición). Ministerio de Fomento.

·        Guerrero Vega, J.M.; Rodríguez Mahou, C.; Peinado Margalef, N. ett al. (1994): Manual de accesibilidad. Ministerio de Asuntos Sociales, INSERSO.

·        ONCE (2003): Accesibilidad para personas con ceguera y deficiencia visual.

·        Para ampliar información véase el anexo al final de la guía.

 

 

Ficha: 1.5

Pregúntame sobre

accesibilidad horizontal:

puertas y pasillos

                                                               

Descripción general

Las puertas y pasillos resultan de gran importancia al garantizar la movilidad entre diferentes espacios al mismo nivel. Un inadecuado diseño de puertas y pasillos puede representar un insalvable obstáculo para la vida diaria de las personas con discapacidad, especialmente para las personas con movilidad reducida. Por ello proponemos a continuación una serie de pautas a respetar a la hora de diseñar e instalar puertas y construir pasillos que harán de las viviendas y los edificios públicos lugares más accesibles para todos.

Elementos que garantizarán la accesibilidad integral

Puertas

Resulta conveniente proteger la parte inferior de las puertas de los golpes mediante un zócalo de una altura mínima de 40 cm.

Hay que evitar que las puertas invadan espacios de circulación, por lo que deberán disponer de mecanismos de retorno de cierre automático de lenta operatividad. Nunca deben permanecer entreabiertas.

Para facilitar su localización, las puertas se diferenciarán cromáticamente y contrastarán suficientemente con los elementos de su alrededor.

Dimensiones mínimas

-         Puertas de acceso exteriores

o       Anchura mínima libre de paso: 1,20 m (edificios públicos); 1 m (edificios de viviendas).

o       Altura mínima: 2,20 m.

-         Otras puertas

o       Anchura mínima libre de paso: 90 cm.

o       Altura mínima: 2,20 m.

o       Ángulo de apertura mínimo: 90º.

o       Altura de los mecanismos de apertura (manuales o mecánicos): 85-110 cm.

En todos los casos debe existir un espacio libre de 1,20 m a ambos lados de la puerta.

En puertas de vidrio, éste será de seguridad y se señalizará con dos bandas horizontales de 20 cm de ancho que ocupen toda la extensión de la puerta, contrastadas visualmente, a una altura de 1,00 m y 1,50 m, medidas desde el suelo hasta el borde inferior de ambas. Las puertas transparentes en todo o en parte son las más adecuadas para favorecer el contacto visual a las personas sordas y con discapacidad auditiva.

A) Puertas de apertura manual

·  Abatibles: Requieren una superficie de aproximación y apertura de acuerdo al área de barrido de la puerta. Deben disponer de mecanismos de apertura y cierre adecuados al tipo de aproximación que se requiera (frontal o lateral). Para abrir la puerta se requerirá una fuerza menor de 30 N. Si la puerta consta de mecanismos de cierre elástico o hidráulico el cierre de la puerta será suficientemente lento. No deben utilizarse puertas de vaivén.

·  Correderas: Este tipo de puertas disminuye el espacio requerido para la aproximación a la puerta y la apertura de la misma. Son recomendables en áreas pequeñas. No deben requerir esfuerzos excesivos para ser abiertas, concretamente menos de 25 N. Deben carecer de carriles inferiores, estar libres de resaltes en el suelo y acanaladuras de ancho superior a 1,55 cm. Un doble tabique u otro sistema debe proteger la apertura de la hoja para evitar atrapamientos.

·  Giratorias: Estas puertas no son recomendables para personas con movilidad reducida o sillas de niño, excepto las preparadas para tal fin. Cuando no puedan ser utilizadas por estas personas, será necesario habilitar al lado un acceso alternativo accesible.

·  Manillas, tiradores y pestillos: Deben tener un diseño ergonómico y poder ser manipulados con una sola mano o con otra parte del cuerpo. Su forma debe ser redondeada y suave. Los pomos giratorios deben evitarse, pues son muy difíciles de manejar para muchas personas. Su color debe contrastar con el de la hoja de la puerta para que sean fácilmente detectables. Los pestillos no se utilizarán, colocándose en su lugar muletillas de cancela fácilmente manipulables. Por el exterior contará con un sistema de desbloqueo en caso de emergencia.

B) Puertas de apertura automática

El sistema de accionamiento de las puertas puede ser por conmutador eléctrico, radar, rayos infrarrojos, detectores de funcionamiento estático, etc., que se activan desde un punto cercano a la puerta. El sistema de detección no debe dejar espacios muertos. La amplitud del área abarcada por los detectores debe tener en cuenta la altura de los usuarios en silla de ruedas, personas de talla baja y niños. El tiempo de apertura se ajustará al tiempo empleado en cruzar la puerta por una persona con movilidad reducida. Los sistemas de control de estas puertas deben ser visualmente detectables.

La puerta contará con un sistema de seguridad que evite el riesgo de aprisionamiento o colisión.

Características de los herrajes

-         Puerta abatible:    

o       Se utilizarán manillas y tiradores fácilmente manejables.

o       Longitud del tirador: 20-30 cm.

o       Localización del tirador: altura de 85-110 cm, a 20 cm del borde, alineado con la manilla.

-         Puerta corredera:

o       Localización del tirador vertical.

o       Separación de la puerta entre 3,5 y 4 cm. Contará con un tope que lo mantenga a una distancia mínima del marco de 5 cm.

Pasillos

·        Dimensiones: La anchura mínima del pasillo dependerá del trazado, del flujo de personas que por él circulen y de las características de las mismas. En  ningún caso su anchura será menor de 90 cm, aunque en edificios de uso público lo recomendable es una anchura mínima de 1,20 m. No debe presentar ningún obstáculo a una altura menor de 2,20 m.

·        Trazado: Cada 10 m, como máximo, el pasillo dispondrá de espacios en los que se pueda dibujar un círculo como mínimo de 1,50 m de diámetro, para así facilitar a las personas en sillas de ruedas el cambio de sentido de la marcha. Las esquinas y aristas se deben redondear o achaflanar.

·        Obstáculos: No existirán obstáculos en los pasillos. Los obstáculos a una altura menor de 2,20 m se empotrarán en los paramentos. Si esto no es posible, se colocarán  elementos que impidan el paso por debajo del obstáculo (respetando siempre las medidas mínimas del pasillo) y que sean detectables de forma visual y táctil.

Se eliminarán los desniveles a través de rebajes o rampas de pendiente adecuada.

·        Elementos auxiliares: Pueden utilizarse rodapiés, diferenciados cromáticamente de las paredes que aporten información y orienten. También los zócalos y bandas-guía pueden cumplir estas funciones. Del mismo modo pueden utilizarse pasamanos ergonómicos, de entre 40 y 50 mm de diámetro, situados a una altura de entre 95 y 105 cm y separados de la pared entre 45 y 55 mm. Es aconsejable instalar otro pasamanos entre los 65-75 cm de altura. La información táctil necesaria podría colocarse en los pasamanos aprovechando su existencia. En cualquier caso, hay que garantizar la correcta ubicación de los pasamanos para evitar que se conviertan en un obstáculo para cualquier persona con discapacidad.

¿Dónde conseguir más información?

·        Disability Access Information and Solutions. Internet:  www.access2go.co.uk/

·        Legislación sobre accesibilidad e infraestructuras y eliminación de barreras arquitectónicas. Internet:

www.miliarium.com/Paginas/Leyes/Edificacion/accesibilidad.asp

·        United Nations Enable. Accessibility for the Disabled
A Design Manual for a Barrier Free Environment
. Internet: www.un.org/esa/socdev/enable/designm/

¿Qué normativa y bibliografía existe que pueda ser de utilidad?

·        Comisión Nacional de Fomento de la Vivienda (2003): Anexo III Antropometría. En: Criterios de Diseño y Construcción para Vivienda Adaptable y Accesible. México DF. Internet: www.conafovi.gob.mx/Publicaciones/Vivienda%20Accesible.pdf

·        Dirección General de la Vivienda, la Arquitectura y el Urbanismo e IMSERSO (2002): Guía técnica de accesibilidad en la edificación 2001. (2ª edición). Ministerio de Fomento.

·        Guerrero Vega, J.M.; Rodríguez Mahou, C.; Peinado Margalef, N. ett al. (1994): Manual de accesibilidad. Ministerio de Asuntos Sociales, INSERSO.

·        Norma ISO 7176-5 Determination of dimensions, mass and manoeuvring space. NOTA: Los últimos borradores de esta norma (ISO/2nd CD 7176-5:2004) incorporan algunos valores de referencia de silla de ruedas.

·        ONCE (2003): Accesibilidad para personas con ceguera y deficiencia visual.

·        Para ampliar información véase el anexo al final de la guía.

 

 

Ficha: 1.6

Pregúntame ¿cómo hacer

accesible un baño o aseo? 

Descripción general

Un aseo o un baño es un espacio para la higiene, vital e imprescindible en cualquier edificio público o privado, donde además de las funciones fisiológicas se realizan otras actividades que tienen que ver con el cuerpo y sus cuidados. Estos espacios deben permitir el acceso, la movilidad interior y el uso del mismo a todas las personas que puedan utilizar el edificio o espacio donde se encuentran, incluidas las personas con discapacidad. Si en las dependencias sólo existe un baño o aseo, éste deberá ser accesible para todos los posibles usuarios. Si existen varios baños o aseos, al menos uno deberá ser utilizable por personas con cualquier tipo de discapacidad.

Elementos que garantizarán la accesibilidad integral

·  Señalización: El aseo y el baño accesible se identificará (señalizará) con el símbolo internacional de Accesibilidad (véase ficha 7.2).

·  Acceso: La puerta de entrada al aseo deberá tener una anchura libre de paso suficiente para permitir el acceso de las personas usuarias de silla de ruedas, bastones, etc. La puerta dispondrá de un cerrojo que permita conocer de la disponibilidad del baño desde el exterior. El herraje de apertura de la puerta será de fácil accionamiento y manipulación, la muletilla de cancela de la puerta será desbloqueable desde el exterior y su diseño y tamaño permitirá su utilización a las personas con problemas de movilidad en las manos. La manilla contrastará con la puerta y la puerta con el paramento en el que esté situada (ver ficha 1.5). La apertura de la puerta será preferiblemente hacia el exterior o se instalará una puerta corredera.

·  Dimensiones interiores: Las dimensiones interiores del aseo o baño permitirán la inscripción de un círculo de 1,50 m de diámetro libre de obstáculos y fuera de la confluencia del barrido de la puerta. Esto permitirá  a una persona usuaria de silla de ruedas o de bastones moverse de forma cómoda y segura.

·  Pavimento: El pavimento será no deslizante tanto en seco como en mojado, bien colocado, sin cejas ni resaltes distintos a los del propio material (véase ficha 2.1). El color del pavimento contrastará con el de los paramentos verticales. El revestimiento de los paramentos carecerá de brillo que produzca reflejos.

·  Mecanismos de control ambiental: Los mecanismos eléctricos permitirán una fácil manipulación y estarán dentro de la longitud de alcance de las personas usuarias de sillas de ruedas.

  Los interruptores serán del tipo de presión, de gran superficie, evitándose los de giro o palanca, los mecanismos se diferenciarán cromáticamente de la superficie donde se  sitúen (ver ficha 1.13).

·  Seguridad: Contará con un sistema de alarma visual y acústica en su interior que permita su utilización por todos los usuarios.

·  Aparatos sanitarios: Como característica general cabe señalar que han de contrastar en color con los paramentos a los que estén adosados.

o Lavabo: Siempre que sea posible se montará el lavabo sobre un bastidor que permitirá regular la altura de uso. El lavabo no tendrá pie ni mobiliario inferior que impida el acercamiento frontal de una persona usuaria  de silla de ruedas. Si el lavabo está encastrado en una encimera, el faldón no impedirá el acercamiento frontal de una persona usuaria de silla de ruedas, dejando una altura libre inferior mínima de 70 cm. El grifo se accionará mediante un mecanismo de presión o de palanca.

o Inodoro: El plano del asiento del inodoro estará colocado a 45-47 cm de altura para  facilitar la transferencia (paso desde la silla de ruedas al inodoro y viceversa), el asiento y levantamiento. El inodoro tendrá a un lado, y si es posible en los dos lados, un espacio libre suficiente para situar la silla de ruedas y realizar la transferencia (mayor o igual a 75 cm).

o Cisterna: El mecanismo de accionamiento de la cisterna permitirá su utilización a las personas con problemas de movilidad en las manos, bien mediante pulsador de gran superficie o palanca.

o Barras de ayuda: El inodoro dispondrá de dos barras de ayuda firmemente ancladas que permitan apoyarse o agarrarse con fuerza en la transferencia. La barra situada en el lado del espacio de aproximación deberá ser abatible, (si la aproximación se puede realizar por los dos lados del inodoro, ambas barras serán abatibles y se colocarán a 35 cm del eje del inodoro y a 70-75 cm de altura). Es conveniente que una de las barras disponga de un accesorio para colocar el papel higiénico.

o Accesorios: Todos los accesorios se colocarán dentro de la longitud de alcance de las personas usuarias de sillas de ruedas (véase Guía Técnica de Accesibilidad en la Edificación 2001 del Ministerio de Fomento para consultar longitudes de alcance).

o Espejo: La medida mínima del espejo debe ser de 46 cm de ancho por 137 cm de alto y colocado de tal forma que tanto una persona sentada como una persona de pie puedan verse en él. El espejo podrá ser inclinable aproximadamente en 10º. Se deben evitar los reflejos y destellos molestos.

o Urinario: La altura de colocación permitirá su utilización (al menos uno) a los niños y a las personas de talla baja. Su ubicación permitirá el acercamiento frontal de una persona usuaria de silla de ruedas. Al menos uno de los urinarios contará con asidero firmemente anclado al paramento.

o Iluminación: El nivel de iluminación en el interior del aseo o baño será suficiente: La iluminación general estará entre 100 y 300 luxes y la iluminación puntual entre 200 y 500 luxes.

·  Ducha: El plato de la ducha, que deberá tener unas dimensiones de 135x135 cm o 235x235 si se necesita la intervención de asistentes, no debe tener bordes para posibilitar el acceso con silla de ruedas de baño. El suelo debe impermeabilizarse con pendientes de desagüe de un 2% aproximadamente, pero sin dejar resaltes. La rejilla o sumidero debe tener orificios menores a 2 cm. La grifería debe ser alcanzable desde una posición sentada y desde el exterior del recinto de la ducha. Deberá estar dotada de asiento abatible o no fijo. La profundidad del asiento debe permitir el lavado de la espalda. Existen sillas de ruedas para ducha y también sin ruedas que hacen más cómoda y segura la higiene.

·  Bañera: El acceso a la bañera entraña grandes dificultades para personas con movilidad reducida. Este acceso podrá ser frontal o lateral, pero siempre requerirá el uso de un banco o asiento de apoyo. Es posible usar asientos de transferencia giratorios o grúas que faciliten este movimiento. El borde superior de la bañera deberá ser inferior a los 45 cm. El fondo de la bañera debe situarse a la misma altura del solado del cuarto de baño para evitar caídas, frecuentes entre las personas mayores. Este fondo debe ser antideslizante. Para ello podemos colocar una alfombrilla fijada al fondo. La grifería de la bañera debe ser alcanzable en un radio de 60 cm y colocada sobre la pared frontal o lateral. Si se utiliza una grúa habrá que dejar espacio libre bajo la bañera para que quepa la base de la grúa.

·  Toallero: La barra de la toalla no debe situarse a una altura superior a los 90 cm del suelo en una zona alcanzable desde la bañera o ducha y sin que se moje.

¿Dónde conseguir más información?

·        Ayudas técnicas para el baño en general. Véase el Catálogo de Ayudas Téncias del CEAPAT-IMSERSO. Internet: www.catalogo-ceapat.org/

·        Fabricantes y distribuidores de accesorios para aseos. Véase el Catálogo de Ayudas Téncias del CEAPAT-IMSERSO. Internet: www.catalogo-ceapat.org/

·        Fabricantes y distribuidores de aparatos sanitarios para personas con discapacidad. Véase el Catálogo de Ayudas Téncias del CEAPAT-IMSERSO. Internet: www.catalogo-ceapat.org/

·        Fabricantes y distribuidores de barras de ayuda. Véase el Catálogo de Ayudas Téncias del CEAPAT-IMSERSO. Internet: www.catalogo-ceapat.org/

·        Fabricantes y distribuidores de pavimentos  no deslizantes para interiores. Véase el Catálogo de Ayudas Téncias del CEAPAT-IMSERSO. Internet: www.catalogo-ceapat.org/

·        United Nations Enable. Accessibility for the Disabled
A Design Manual for a Barrier Free Environment
. Internet: www.un.org/esa/socdev/enable/designm/

¿Qué normativa y bibliografía existe que pueda ser de utilidad?

·        Cerezuela Martínez, J.B.; Moreno Fernández, M.J.; y Sánchez Herrero, M.J. (2000): Los Mayores y el Cuarto de Baño. Madrid: IMSERSO.

·        Comisión Nacional de Fomento de la Vivienda (2003): Anexo III Antropometría. En: Criterios de Diseño y Construcción para Vivienda Adaptable y Accesible. México DF. Internet: www.conafovi.gob.mx/Publicaciones/Vivienda%20Accesible.pdf

·        Danish Centre for Technical Aids for Rehabilitation and Education (1997): Design Guidelines for elderly and disabled persons’ housing.

·        Dirección General de la Vivienda, la Arquitectura y el Urbanismo (2002): Guía técnica de accesibilidad en la edificación 2001. (2ª edición). Ministerio de Fomento. Capítulo 5.

·        Guerrero Vega, J.M.; Rodríguez Mahou C.; Peinado Margalef, N. et al. (1994): Manual de accesibilidad. Ministerio de Asuntos Sociales, INSERSO.

·        Legislación Estatal, Autonómica y Municipal sobre accesibilidad.

·        ONCE (2003): Accesibilidad para personas con ceguera y deficiencia visual.

·        UNE 41523 Accesibilidad en la edificación. Espacios higiénico-sanitarios.

·        Para ampliar información véase el anexo al final de la guía.

 

 

Ficha: 1.7

Pregúntame ¿cómo hacer

accesible un vestuario?

Descripción general

Los vestuarios juegan un papel importante para el desarrollo de determinadas actividades, especialmente laborales y deportivas. Las actividades de cambio de ropa o preparación para el desarrollo de estas actividades suelen suponer momentos adecuados para contribuir al establecimiento y mantenimiento de redes sociales interpersonales.

El diseño de los vestuarios debe garantizar su utilización segura y cómoda por parte de cualquier persona que pueda utilizar el resto de las actividades del edificio donde se encuentran los vestuarios, ya sea un centro de trabajo o un complejo deportivo.

Elementos que garantizarán la accesibilidad integral

Los vestuarios constituyen un elemento incorporado a un edifico, por lo que la accesibilidad al vestuario deberá comprender la accesibilidad al edificio y la movilidad interior hasta llegar a los vestuarios:

·        Exterior y acceso: Para poder acceder al vestuario es necesario que exista un itinerario accesible hasta el mismo desde las áreas de acceso y diversas instalaciones deportivas, así como desde las saunas, duchas y aseos. Los pasillos y puertas de acceso a los vestuarios deben cumplir los requisitos de accesibilidad que se proponen en la ficha 1.5.

·        Pavimento: Debe cumplir las condiciones de accesibilidad descritas en la ficha 2.1. Es recomendable disponer de desagües enrasados con el suelo, con rejillas adecuadas para evitar atrapamientos de las ruedas de las sillas o de los bastones.

·        Dimensiones: La superficie dedicada a vestuarios dependerá del número de personas que se prevean en las instalaciones en hora punta. Los vestuarios podrán ser individuales o colectivos. Los individuales deben medir al menos 1,50 m x 1,80 m, y debe contar con un asiento abatible (si es posible regulable en altura), barras de apoyo abatibles, espejo y percha situada en la zona de alcance. La puerta de entrada al vestuario no debe interferir en el espacio libre de maniobra. Al menos el 5% de los vestuarios individuales debe ser accesible.

En los vestuarios colectivos pueden instalarse cabinas individuales de unas dimensiones mínimas de 1,85 por 1,70 m, que pueden estar cerradas con cortinas, lonas u otros tejidos. Dentro del vestuario existirá un espacio mínimo de paso de 90 cm con lugares de giro de 1,50 m de diámetro, como máximo cada 10 m. La anchura mínima frontal entre asientos debe ser de 1,80 m.

Las puertas de los vestuarios individuales y de las cabinas de los vestuarios colectivos deberían contar con un espacio inferior abierto y cerrojos con señales de libre u ocupado para conocer la disponibilidad del mismo y desbloqueables desde el exterior.

·        Bancos y perchas: En general deben cumplir las condiciones de accesibilidad propuestas en la ficha 2.5. A su lado debe existir un espacio libre que permita a las personas con movilidad reducida o silla de ruedas realizar una aproximación paralela al borde lateral del banco. Los bancos serán estables y de color contrastado. Deben colocarse perchas de color contrastado con los paramentos verticales a diferentes alturas (1,40 cm y 1,10 cm, para personas en silla de ruedas o talla baja). El acercamiento a las perchas debe estar libre de obstáculos.

·        Taquillas: Deben ser fácilmente alcanzables por una persona en posición sentada. Para ello han de colocarse a una altura máxima de 1,22 m sobre una bancada de 30 cm. Las taquillas deben disponer de pestillos y tiradores fácilmente manejables (ver apartado manillas, tiradores y pestillos de la ficha 1.5). Las taquillas serán de color diferente en cada una de sus filas y coincidirá con el color del llavero que se entrega. Cada una de las taquillas estará correctamente rotulada en macrocaracteres contrastados en relieve y en braille. La numeración deberá situarse encima de la cerradura para facilitar su localización táctil.

·        Espejos: La medida mínima de los espejos que se localicen en el vestuario debe ser de 46 cm de ancho por 137 cm de alto y colocado de tal forma que tanto una persona sentada en el banco como una persona de pie puedan verse en él.

¿Dónde conseguir más información?

·        Disability Access Information and Solutions. Internet: www.access2go.co.uk/

·        Legislación sobre accesibilidad e infraestructuras y eliminación de barreras arquitectónicas. Internet:

www.miliarium.com/Paginas/Leyes/Edificacion/accesibilidad.asp

¿Qué normativa y bibliografía existe que pueda ser de utilidad?

·        Casado, D. (comp.) (2002): Curso básico sobre accesibilidad (con seguridad) del medio físico. Selección de materiales. Real Patronato sobre Discapacidad.

·        Comisión Nacional de Fomento de la Vivienda (2003): Anexo III Antropometría. En: Criterios de Diseño y Construcción para Vivienda Adaptable y Accesible. México DF. Internet: www.conafovi.gob.mx/Publicaciones/Vivienda%20Accesible.pdf

·        Legislación autonómica sobre accesibilidad y supresión de barreras arquitectónicas.

·        North Carolina Office on Disability and Health (2001): Removing Barriers to Health Clubs and Fitness Facilities. A Guide for Accommodating All Members, Including People with Disabilities and Older Adults. Internet:

 www.fpg.unc.edu/~ncodh/FitnessGuide.pdf

·        U.S. Architectural and Transportation Barriers Compliance Board (2002): ADA Accessibility Guidelines for Recreation Facilities. Internet: www.access-board.gov/recreation/final.pdf

·        Para ampliar información véase el anexo al final de la guía.

 

  

Ficha 1.8

Pregúntame sobre

accesibilidad en cocinas

Descripción general

El diseño de una cocina convencional en una vivienda entraña grandes dificultades para que personas con distintos tipos de discapacidad puedan mantener suficientes niveles de autonomía personal. Observando unas sencillas y económicas recomendaciones podemos mejorar mucho la accesibilidad de las cocinas y facilitar nuestro trabajo diario en ellas.

Por otra parte, en las cocinas existen multitud de riesgos de los que no siempre somos conscientes, en forma de productos químicos de limpieza, objetos cortantes, gas, aparatos eléctricos, etc. A los que son más sensibles las personas con discapacidad y las personas mayores.

Recomendaciones sobre accesibilidad

A continuación destacaremos de manera sintética las principales recomendaciones para mejorar la accesibilidad en las cocinas:

Riesgos en la cocina: recomendaciones

A continuación se ofrecen recomendaciones relacionadas con la seguridad en las cocinas:

·        Es interesante instalar un detector de gas y humo conectados a avisadores acústicos o luminosos, según las necesidades del usuario.

·        Revisar la instalación eléctrica poniendo atención en el estado de las bases de enchufe. Las bases muy cercanas a fregaderos deberían anularse o protegerse mediante tapas estancas.

·        No limpiar enchufes, extractores o cualquier elemento que tenga conexión eléctrica con paños húmedos si no está desenchufado.

·        Evitar la colocación de cortinas cerca de los fogones. No es mala idea tener un pequeño extintor en lugar adecuado para utilizar en caso de emergencia.

·        Las cocinas de gas no deberían colocarse junto a la ventana, pues podría apagarse el fuego y provocar un accidente. Si no hay posibilidad de otra ubicación habrá que asegurarse de que la ventana está cerrada mientras se cocina .Se pueden instalar también cocinas de inducción o vitrocerámicas, que tienen la ventaja de disponer de testigos luminosos de calor residual y existen modelos con mandos de presión, giro o sensores digitales. Las cocinas de inducción no funcionarán a menos que el recipiente que se coloque sea el adecuado (debe tener hierro) y el foco de calor residual es de intensidad y duración menor, pero el campo magnético que generan puede afectar a implantes activos (prótesis) o estimuladores cardiacos (marcapasos).

·        Si la persona trabaja sentada, solo podrá acceder a los fogones colocados más al borde de la encimera y no a los que están en segundo plano.

·        Cuidado con los productos de limpieza y antigrasas. Los envases deberían ser fácilmente identificables por personas con deficiencias de la vista. Deben estar bajo llave si en la vivienda hay usuarios que puedan ingerirlos sin tener conciencia del peligro (niños, personas con demencia, personas con discapacidad intelectual grave...).

·        Si la persona tiene problemas de memoria se puede colocar un reloj con temporizador y avisador para recordar que ha dejado un recipiente al fuego.

·        Mantener el suelo seco y limpio para evitar resbalones y caídas.

·        Cuando el aceite arde no debemos intentar apagarlo con agua. Se debe utilizar una tapadera grande.

Ayudas técnicas para la cocina

Muchas de las tareas de cocina requieren mucho tiempo y son laboriosas, amén de la dificultad que pueden tener para personas con dificultades en la movilidad o en la manipulación. Por ello, no se debe desdeñar la idea de trabajar sentados y utilizar pequeños electrodomésticos que nos faciliten algunas tareas como la picadora, el abrelatas eléctrico, batidora con varias funciones, incluso un microondas, que evitará que usemos el fuego en más de una ocasión.

También existen ayudas técnicas que facilitan estas tareas, como los peladores, tablas para cortar con pinchos para sujetar el alimento, mesitas con ruedas para desplazar objetos con seguridad y comodidad, abrebotes, etc.

¿Dónde conseguir más información?

·        Centro Estatal de Autonomía Personal y Ayudas Técnicas (CEAPAT-IMSERSO). Internet: www.ceapat.org.

·        Cocinas adaptadas Scavolini. Internet: www.scavolini.com

·        Instituto de Biomecánica de Valencia. Internet: www.ibv.com

¿Qué normativa y bibliografía existe que pueda ser de utilidad?

·        Cerezuela Martínez, J.B.; Moreno Fernández, M.J.; y Sánchez Herrero, M.J. (2000): Los mayores y su cocina. Madrid: IMSERSO.

·        Comisión Nacional de Fomento de la Vivienda (2003): Anexo III Antropometría. En: Criterios de Diseño y Construcción para Vivienda Adaptable y Accesible. México DF. Internet: www.conafovi.gob.mx/Publicaciones/Vivienda%20Accesible.pdf

·        Dirección General de la Vivienda, la Arquitectura y el Urbanismo e IMSERSO (2002): Guía técnica de accesibilidad en la edificación 2001. (2ª edición). Ministerio de Fomento.

·        España. Ley 38/1999, de Ordenación en la edificación.

·        España. Real Decreto 556/1989, de 19 de mayo, por el que se arbitran medidas mínimas sobre accesibilidad en los edificios.

 

 

Ficha 1.9

 Pregúntame sobre accesibilidad

en el salón y el comedor

de las viviendas

Descripción general

El salón o el salón-comedor es la parte de las viviendas donde más tiempo empleamos cuando estamos en casa o en casa de amigos o familiares. Es necesario, por tanto, solucionar cualquier problema de accesibilidad que impida una estancia agradable para todo tipo de usuarios. Tanto si alguno de los usuarios de la vivienda tiene algún tipo de discapacidad, como si esperamos la visita de una persona con limitaciones de movilidad o sensoriales, debemos tener en cuenta algunas consideraciones para hacer de este elemento un lugar confortable.

Muchas de las adaptaciones que hay que hacer, si no todas, pasan por modificar o cambiar el mobiliario, su disposición o ambos en el espacio de la estancia.

Recomendaciones sobre accesibilidad

Los principales aspectos relacionados con la accesibilidad en un salón-comedor son los siguientes:

¿Dónde conseguir más información?

·        Centro Estatal de Autonomía Personal y Ayudas Técnicas (CEAPAT-IMSERSO). Internet: www.ceapat.org.

·        Instituto de Biomecánica de Valencia (IBV). Internet: www.ibv.org

¿Qué normativa y bibliografía existe que pueda ser de utilidad?

·        Cerezuela Martínez, J.B.; Moreno Fernández, M.J.; y Sánchez Herrero, M.J. (2000): Los mayores y las zonas de estar. Madrid: IMSERSO.

·        España. Real Decreto 556/1989, de 19 de mayo, por el que se arbitran medidas mínimas sobre accesibilidad en los edificios.

·        España. Ley 38/1999, de Ordenación en la edificación.

·        Para ampliar información véase el anexo al final de la guía.

 

 

Ficha: 1.10

Pregúntame sobre

accesibilidad en dormitorios

Descripción general

Los dormitorios de las personas con discapacidad o personas mayores deben estar adaptados a sus capacidades para resultar accesibles. Es necesario solucionar cualquier problema que impida una estancia agradable y cómoda, tanto en el domicilio particular como en alojamientos durante viajes o estancias en hoteles, albergues, u otro tipo de establecimientos de hospedaje (véase fichas 5.4 y 5.12).

Al igual que en la ficha anterior, muchas de las adaptaciones que hay que hacer, si no todas, pasan por modificar o cambiar el mobiliario, su disposición o ambos en el espacio de la estancia.

Recomendaciones sobre accesibilidad

Las principales recomendaciones para mejora la accesibilidad en dormitorios son las siguientes:

·        Como en cualquier estancia en una vivienda de una persona con movilidad reducida, la anchura mínima recomendable de cualquier espacio de paso de 90 cm, con lugares de giro de 1,50 m de diámetro como mínimo cada 10 m necesario para poder girar una silla de ruedas con comodidad.

·        El cabecero y el piecero resultan muy útiles a muchas personas con movilidad reducida, porque les permite agarrarse a ellos para acostarse o levantarse y cambiar de posición en la propia cama. En muchos casos, es aconsejable disponer de una cama articulada regulable por el propio usuario cuando está acostado, lo que se consigue mediante un motor y un mando eléctrico.

·        Para las personas con movilidad reducida resulta interesante también disponer de grúas de transferencia, que permitan mover a la persona desde la cama a la silla de ruedas y viceversa. La grúa puede ser fija, móvil o de techo.

·        Si existen alfombras es conveniente fijarlas al suelo con una red antideslizante de goma o con cinta adhesiva de doble cara, para evitar que se mueva y provoque un resbalón o un tropiezo.

·        Es conveniente que los cajones tengan un asa de bordes redondeados en lugar de  pomo, que puedan abrirse con una sola mano y que, además, dispongan de un tope para que no puedan caer y rodamientos para que la fuerza empleada sea mínima.

·        Es interesante colocar cantoneras de goma en las esquinas de los muebles, para evitar hacerse daño en caso de golpe o tropiezo, especialmente en la mesita de noche, esquinas de la cama, etc.

·        Los interruptores y bases de enchufe deberán estar también dentro del alcance de la persona (véase ficha 1.13) y ser de color contrastado. Además, sería conveniente que incorporasen un piloto luminoso para localizarlos fácilmente en penumbra u oscuridad.

·        La iluminación de la estancia debe ser suficiente para permitir una lectura cómoda, y se puede concentrar mediante lámparas de pie o de pared sobre las mesitas de noche.

·        Si hay que arrastrar muebles, como sillas, alguna mesita, etc. es buena idea colocar discos deslizantes de fieltro o teflón en la base de las patas de estos muebles, facilitando así su deslizamiento sin esfuerzo.

·        Para recoger cosas del suelo sin necesidad de agacharnos se pueden utilizar unas pinzas de largo alcance. También sería ideal disponer de mandos a distancia para manejar los aparatos de uso más habitual: la televisión, el aire acondicionado, equipos de música, etc. Es interesante adquirir teléfonos inalámbricos que nos permita conversar sentados cómodamente o mientras nos desplazamos a otras estancias.

·        El dormitorio debe contar con ayudas técnicas que permitan el acceso a la información a través de señales acústicas, visuales y táctiles, por ejemplo, teléfonos adaptados. En el caso de personas con discapacidades auditivas es necesario instalar avisadores luminosos para timbres. Sería recomendable poder contar con Internet dentro de la dependencia.

·        Además, disponer de itinerarios libres de obstáculos entre la cama y la entrada de la habitación es adecuado para todas las personas.

¿Dónde conseguir más información?

·        Centro Estatal de Autonomía Personal y Ayudas Técnicas (CEAPAT-IMSERSO). Internet: www.ceapat.org

·        Instituto de Biomecánica de Valencia (IBV): www.ibv.org

¿Qué normativa y bibliografía existe que pueda ser de utilidad?

·        Cerezuela Martínez, J.B.; Moreno Fernández, M.J.; y Sánchez Herrero, M.J. (2000): Los mayores y su hogar. Madrid: IMSERSO.

·        Comisión Nacional de Fomento de la Vivienda (2003): Anexo III Antropometría. En: Criterios de Diseño y Construcción para Vivienda Adaptable y Accesible. México DF. Internet: www.conafovi.gob.mx/Publicaciones/Vivienda%20Accesible.pdf

·        España. Real Decreto 556/1989, de 19 de mayo, por el que se arbitran medidas mínimas sobre accesibilidad en los edificios.

·        IMSERSO/IBV (1995): Guía de recomendaciones para diseño y selección de mobiliario para personas mayores. IMSERSO

·        Poveda et al. (2000): Manual del usuario de grúas de transferencia. Instituto de Biomecánica de Valencia.

 

 

Ficha: 1.11

Pregúntame sobre

accesibilidad en áreas de

recepción y mostradores

Descripción general

Las zonas de los edificios de uso público, donde se realiza una atención personal al ciudadano, tanto en centros de titularidad pública como privada (consultas, notarías, corredurías, hoteles, bares, tiendas, despacho de billetes, bancos, comercios, etc.), suelen contar con mostradores en las áreas de recepción o en las área de prestación de servicios. Estos mostradores o áreas de atención al ciudadano o consumidor deben estar diseñadas de manera que faciliten la interacción de la persona visitante con el trabajador que le atiende. Un diseño inadecuado de estos espacios y mostradores puede suponer, además de una gran incomodidad para muchas personas con discapacidad, incluso una discriminación. Al contrario también puede ocurrir, es decir, que el trabajador sea una persona con discapacidad y deba de atender a usuarios o consumidores sin discapacidad. En ambos casos, ha de preverse la adecuación de estos espacios a los requisitos de movilidad, maniobrabilidad, detección, alcance, seguridad y comunicación que se precisen para hacer accesible el servicio.

Elementos que aseguran la accesibilidad integral

Despachos de atención al público:

Las principales características de accesibilidad en los despachos de atención al público son las siguientes:

·        La puerta de acceso deberá tener como mínimo 80 cm, estar señalizada y con contraste cromático con los paramentos circundantes (véase ficha 1.5).

·        En el despacho deberá haber un espacio de circulación y de maniobra libre para que el usuario con movilidad reducida pueda desenvolverse de al menos 150 cm de diámetro.

·        El mobiliario deberá ser polivalente, especialmente cuando se disponga de una mesa que se utilice para firmar documentos. Esta mesa debe permitir el acercamiento de una Persona con Movilidad Reducida (PMR) en silla de ruedas. Es conveniente que se disponga de sillas regulables, o  por lo menos con dos alturas de asiento,  para personas con dificultad al levantarse o sentarse.

·        La iluminación sobre la mesa o el mostrador deberá alcanzar los 500 lux.

·        Disposición, por parte del personal de atención al público, de unas pautas elementales sobre cómo dirigirse a la persona con limitaciones en la actividad (véase ficha 7.5).

·        El personal de atención al público debe contar con conocimiento básico de lengua de signos o asistencia de un intérprete de lengua de signos, bien presencial o por sistema de videoconferencia.

Mostradores:

Los mostradores y elementos similares tienen una gran variedad de funciones como: espacio para mostrar productos de una tienda, venta de billetes, espacio de despacho de documentación o simplemente información. Estos mostradores deben cumplir ciertos requisitos de accesibilidad:

·        Disposición de varias alturas de mostrador (110 y 80 cm) y espacio inferior libre para permitir la aproximación del usuario.

·        Iluminación y contraste suficiente para poder ser detectado con facilidad por personas con limitaciones visuales.

No debe haber mamparas de cristal ya que disminuyen la audición y crean dificultades por reflejos. Si existe intercomunicador debe dotarse de bucle magnético y con la instalación conmutada con la anterior de altavoz convencional y amplificador. Las indicaciones o señales acústicas se acompañarán siempre con señales visuales equivalentes. Lo ideal sería contar con sistemas de videoconferencia que permitan la conexión con un intérprete de lengua de signos.

 

Zonas de espera:

Es muy importante para la accesibilidad y para la calidad de vida en general que estas zonas se diseñen correctamente, por lo que precisan de lo siguiente:

·        Una dimensión acorde a las necesidades de uso en los periodos de tiempo de máximo uso, en función del número de personas previstas.

·        Disponibilidad de asientos cuando el tiempo de espera se prevea superior a 15 minutos y espacio para sillas de ruedas en la zona de espera. Estos asientos deben ser firmes y de la altura adecuada, para permitir levantarse con facilidad.

·        No utilizar exclusivamente la megafonía para llamar a las personas o dar avisos, ésta debe acompañarse por elementos visuales detectables por personas con limitaciones auditivas.

Dimensiones mínimas de algunos elementos

A continuación se ofrecen parámetros adecuados o rangos mínimos para una serie de elementos, de acuerdo con el trabajo de Capdevilla (1998):

-         Altura corriente de mostrador: 110 cm

-         Altura accesible en mostradores: 72~80 cm

-         Intensidad luminosa: 500 lux mínimo

-         Altura mínima bajo mesa o mostrador >72 cm

-         Profundidad libre a nivel de rodillas >60 cm

-         Profundidad libre a nivel de pies >75 cm

-         Anchura mínima debajo de mesas >86 cm

¿Dónde conseguir más información?

·        Centro Estatal de Autonomía Personal y Ayudas Técnicas (CEAPAT-IMSERSO). Internet: www.ceapat.org.

·        Signalia – Servicios para la accesibilidad (Información a través de la Fundación CNSE).

·        United Nations Enable. Accessibility for the Disabled A Design Manual for a Barrier Free Environment. Internet: www.un.org/esa/socdev/enable/designm/

¿Qué normativa y bibliografía existe que pueda ser de utilidad?

·        Capdevila, M. (1998): Manual de accesibilidad arquitectónica. Consellería de Benestar Social. Generalitat Valenciana

·        Dirección General de la Vivienda, la Arquitectura y el Urbanismo/IMSERSO (2002): Guía técnica de accesibilidad en la edificación 2001. (2ª edición). Ministerio de Fomento.

·        Normativa sobre accesibilidad de las Comunidades Autónomas y municipios.

·        Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de personas con discapacidad.

·        Para ampliar información véase el anexo al final de la guía.

 

 

Ficha: 1.12

Pregúntame sobre

accesibilidad en señales y

paneles informativos interiores

Descripción general

Las señales y paneles informativos interiores proporcionan información diversa sobre el interior de un edificio, como la localización de determinados lugares, las condiciones de accesibilidad, la advertencia de determinados peligros, normas de seguridad, la celebración de determinados eventos, etc. Su función es facilitar a cualquier usuario la orientación y la comprensión del edificio, de sus componentes y de las actividades desarrolladas en su interior. Para diseñar y distribuir las señales y paneles de tal forma que la mayor parte de las personas pueda percibir y entender la información que contienen, han de tenerse en cuenta una serie de elementos que presentamos a continuación. Una inadecuada disponibilidad de la información puede poner en peligro a las personas que no puedan acceder a la información en los formatos adecuados.

Elementos que garantizarán la accesibilidad integral

A continuación señalamos algunos elementos que nos ayudarán a mejorar la accesibilidad de los paneles informativos interiores:

·  Condiciones ambientales: El ruido y la iluminación deben ser controlados. Si se ofrece información acústica, la intensidad sonora del mensaje debe ser como mínimo 15 dB mayor que el sonido ambiental. La iluminación será preferentemente indirecta para evitar reflejos.

·  Ubicación de los rótulos: Las señales y paneles informativos estarán situados junto a la entrada del edificio público y serán fácilmente localizables.

  Ni la señal, ni su soporte, pueden suponer un riesgo para las personas con discapacidad visual. Toda la información puede tener que ser leída a distancias muy cortas (lo ideal sería que la persona pudiese acercarse hasta 5 cm), por lo que se situará de forma que el usuario pueda acercarse, sin colocar obstáculos delante.

  Para determinar la altura a la que se colocarán las señales y paneles informativos hay que contemplar esencialmente el tipo de señal o panel informativo del que se trata, pero también la  altura de percepción del receptor, que varía en función de su altura y de su posición. También ha de tenerse en cuenta el ángulo de visión, que se encuentra entre 27 y 30º. Como norma general, el panel o señal se colocará a una altura entre 1,45-1,75 m, centrado a 1,60 m (incluidas las señales y paneles con información táctil). Además, es aconsejable contar con una doble señalización táctil a una altura entre 95-125 cm, centrada a 1,10 m, en las  zonas específicas donde haya gran concurrencia de niños.

  En los itinerarios interiores se colocarán señales de direccionamiento al principio, al final y en los cambios de dirección intermedios. Si el itinerario es muy largo, las señales o planos de situación aparecerán con más frecuencia, para reforzar el mensaje. El lenguaje y nomenclatura utilizados en estas señales deben ser claros, fáciles de entender y uniformes a lo largo de todo el recorrido.

  En el caso de planos de pisos, directorios, maquetas..., se colocarán en lugares destacados. Los planos y directorios se ubicarán en el vestíbulo principal, lo más cerca posible de la puerta de entrada.

  Se colocarán tantas señales y paneles informativos como resulte necesario, pero siempre teniendo en cuenta que demasiadas señales, sobrecargarán al receptor. No se protegerán con cristaleras u otros elementos, ya que estos dificultan tanto la localización como el poder interactuar con los mismos.

·  Modalidad sensorial del mensaje: La información relevante se presentará, al menos, de forma visual y acústica, aunque también se podrá presentar de forma táctil.

·        Señalización visual:

o       La información debe ser claramente visible y comprensible (frases cortas y simples).

o       El color de los caracteres debe contrastar suficientemente con el del fondo y éste, a su vez, con el de su entorno. A continuación presentamos un listado de combinaciones de colores para conseguir un adecuado contraste:

-         Símbolo blanco sobre fondo azul oscuro.

-         Símbolo negro sobre fondo amarillo.

-         Símbolo verde sobre fondo blanco.

-         Símbolo rojo sobre fondo blanco.

-         Símbolo azul sobre fondo blanco.

-         Símbolo negro sobre fondo blanco.

-         Símbolo amarillo sobre fondo negro.

-         Símbolo blanco sobre fondo     rojo.

-         Símbolo blanco sobre fondo verde oscuro.

 

o       Los colores y símbolos se utilizarán de acuerdo a códigos o formas normalizadas.

o       El tamaño de los caracteres dependerá de la distancia a la que se vaya a ver la información.

-         Distancia de lectura: 5 m. Tamaño de letra: 14,0 cm.

-         Distancia de lectura: 4 m. Tamaño de letra: 11,2 cm.

-         Distancia de lectura 3 m. Tamaño de letra: 8,4 cm.

-         Distancia de lectura 2 m. Tamaño de letra: 5,6 cm.

-         Distancia de lectura 1 m. Tamaño de letra: 2,8 cm.

 

·        Señalización acústica:

o       Será una información audible pero no molesta. La señal ha de amplificarse a través de bucles magnéticos para usuarios de prótesis auditivas (audífono e implante coclear) y así facilitar la percepción de información por parte de personas con limitaciones para la audición.

o       Antes de que la información sea emitida se lanzará una señal de aviso o introducción para llamar la atención.

·        Señalización táctil:

o       Se proporciona a través de texturas rugosas, y caracteres en altorrelieve y en braille.

o       Las texturas rugosas se utilizarán para pavimentos.

o       En el caso de escaleras o rampas, la señalización táctil se colocará en el borde lateral interno de los pasamanos, en el arranque de las mismas, con el texto boca abajo.

o       Los caracteres en vista y altorrelieve se ubicarán en la parte superior de la señal, centrados o justificados a la izquierda; los caracteres en braille se ubicarán en la parte inferior izquierda.

o       Leer táctilmente es muy costoso, por lo que debe reservarse a indicadores identificativos de habitaciones o espacios, y a símbolos específicos.

·      Señalización de seguridad: Hay que evitar que cualquier obra o alteración del edificio se convierta en un peligro para una persona con discapacidad, especialmente en el caso de la persona con discapacidad visual. (véase capítulo VII de la guía “Accesibilidad para personas con ceguera y deficiencia visual”. ONCE).

·      Señalización de accesibilidad: Las condiciones de accesibilidad del edificio serán señalizadas mediante el símbolo internacional de accesibilidad (S.I.A). El uso del S.I.A. indica la prioridad de acceso para las personas con movilidad reducida pero no su uso exclusivo. Además de este símbolo pueden ser utilizados otros específicos para señalizar la eliminación de barreras para personas con otros tipos de discapacidad. En muchos casos se requiere una normalización de símbolos referidos a estas otras discapacidades (véase ficha 7.2).

·      Paneles informativos: Deben ser fácilmente perceptibles y contener información simple y de fácil  comprensión, cualquiera que sea la modalidad sensorial en la que se presente.

Su altura debe ser adecuada para cualquier usuario, incluidos los usuarios de silla de ruedas y personas de talla baja.

Los paneles y expositores horizontales ofrecen más problemas para las personas en silla de ruedas o personas de corta estatura. Una solución puede ser instalar expositores horizontales inclinados en un ángulo adecuado para que cualquier persona pueda explorarlos. Habrá que prestar especial atención a la ausencia de reflejos y deslumbramientos.

·      Mapas, planos y maquetas: Deberían ser reproducidos, al menos, de forma visual y táctil. Un plano táctil útil para las personas con discapacidad visual requiere un conocimiento de cómo se debe reflejar la información. Pueden utilizarse diferentes texturas para representar diferentes tipos de información.

¿Dónde conseguir más información?

·        Disability Access Information and Solutions. Internet: www.access2go.co.uk/

·        Legislación sobre accesibilidad e infraestructuras y eliminación de barreras arquitectónicas. Internet:

www.miliarium.com/Paginas/Leyes/Edificacion/accesibilidad.asp

·        Taller a distancia de Diseño para Todos. Internet: www.accesible.com.ar/

¿Qué normativa y bibliografía existe que pueda ser de utilidad?

·        Dirección General de la Vivienda, la Arquitectura y el Urbanismo (2002): Guía técnica de accesibilidad en la edificación 2001. (2ª edición). Ministerio de Fomento.

·        Legislación autonómica sobre accesibilidad y supresión de barreras arquitectónicas.

·        ONCE (2003): Accesibilidad para personas con ceguera y deficiencia visual.

·        Norma UNE 170001-1:2001 Accesibilidad global. Criterios para facilitar la accesibilidad al entorno. Parte 1: requisitos DALCO.

·        Norma UNE 170001-2:2001 Accesibilidad global. Criterios para facilitar la accesibilidad al entorno. Parte 2: sistema de gestión de la accesibilidad global.

·        UNE 41500 IN Accesibilidad en la edificación y el urbanismo. Criterios generales de diseño

·        U.S. Architectural and Transportation Barriers Compliance Board (2002): ADA Accessibility Guidelines for Buildings and Facilities. Transportation facilities. Internet:

www.access-board.gov/adaag/html/adaag.htm

·        U.S. Architectural and Transportation Barriers Compliance Board (2004): Access Board Issues New Guidelines for Accessible Design. Internet:

www.access-board.gov/ada-aba.htm

·        Para ampliar información véase el anexo al final de la guía.

 

 

Ficha: 1.13

Pregúntame sobre accesibilidad

en las instalaciones de la vivienda

Descripción general

Las personas con limitaciones funcionales, ya sean producto de una discapacidad, permanente, o transitoria, o de la edad avanzada, encuentran serias dificultades y en muchas ocasiones se enfrentan con obstáculos que, en mayor o menor medida, les impide el acceso adecuado y satisfactorio a las instalaciones de las viviendas.

Se deben y se pueden tomar medidas para paliar estas carencias, teniendo en cuenta una serie de factores que pueden facilitar mucho el uso de los interfaces de dichas instalaciones (interruptores, llaves de paso, termostatos, etc.).

Por otro lado, cada día se extiende más en los hogares el uso de la domótica: sistemas de gestión técnica de las instalaciones que permiten un uso y control de las mismas de una forma más cómoda y accesible.

Elementos que aseguran la accesibilidad integral

Para que se produzca la completa integración de las personas con su entorno se tienen que satisfacer los requisitos DALCO (Deambulación, Aprehensión, Localización y Comunicación), que se relacionan directamente con las capacidades humanas.

Por otro lado, se sabe que las acciones relacionadas con los elementos del interfaz instalado son siempre las mismas: ubicación, condición de uso, material, tamaño, forma, color y verificación del resultado.

A continuación  se presenta un listado de las posibles vinculaciones entre los elementos a analizar de la interacción interfaz-usuario y los requisitos DALCO:

 

-         Ubicación: Relacionado con los requisitos DALCO de Deambulación, Aprehensión y Localización.        

-         Condición de uso: Relacionado con los requisitos DALCO de Aprehensión y Comunicación.                    

-         Material: Relacionado con el requisito DALCO de Aprehensión.

-         Tamaño: Relacionado con los requisitos DALCO de Aprehensión y Localización.         

-         Forma: Relacionado con los requisitos DALCO de Aprehensión y Localización.            

-         Color: Relacionado con los requisitos DALCO de Localización. 

-         Verificación del resultado: Relacionado con el requisito DALCO de Comunicación.                         

Ubicación: Para ser accesible, un interfaz debe estar instalado en un lugar que permita la deambulación. La ubicación debe facilitar la aprehensión y su accionamiento, y además ser fácilmente localizable (no estar oculto detrás de muebles, por ejemplo), por lo que se ubicaran en la parte frontal.

Condición de uso: El tipo de acción (presión, fuerza, motricidad fina o gruesa, presencia, voz, etc.) debe ser sencilla en la medida de lo posible (evitar movimientos de giro de muñeca o brazo, por ejemplo) y proporcionar información del estado que produce (piloto rojo o señal acústica si está accionado, por ejemplo).

Material: Además de la seguridad, sería conveniente que se tengan en cuenta aspectos como posibles reacciones alérgicas, un diseño libre de aristas u otros elementos que puedan ocasionar lesiones, que no sean conductores de calor, y la robustez para que no falle en condiciones difíciles.

Tamaño: Un tamaño adecuado de los interfaces y sus componentes facilitaría a las personas con limitación de la manipulación y del movimiento el manejo adecuado de los interfaces. Por otro lado, aumentar el tamaño del interfaz es también una forma de compensar las dificultades de localización que pueden tener las personas con limitaciones visuales.

Forma: Partes móviles como palancas, pulsadores, etc. son más cómodas de utilizar. Además, para ser localizables, distintos elementos deben tener la misma forma mientras posean la misma función.

Color: El color de los interfaces debe contrastar con el entorno para facilitar su localización.

Verificación del resultado: Hay personas con ciertas limitaciones sensoriales que pueden tener problemas a la hora de saber si el uso de una interfaz ha dado resultado o no. Es necesaria la inclusión conjunta de dispositivos visuales y sonoros, que indiquen si la instalación funciona en el momento que se hace uso de dichos interfaces. Así se evitarían algunos peligros como los inherentes al manejo de hornos, vitrocerámicas, gas, etc. por personas con limitaciones visuales, por ejemplo.

Instalaciones domóticas

La domótica ayuda a gestionar las instalaciones de una vivienda de una manera más cómoda para los usuarios, mediante la automatización de determinadas tareas. De esta forma procuramos adaptar las instalaciones a las necesidades del usuario y no el usuario a las condiciones de las instalaciones.

Domótica para personas con limitaciones funcionales

La automatización y control de elementos puede incluir, por ejemplo, la iluminación, persianas y toldos, puertas y ventanas, cerraduras, climatización, riego y el funcionamiento de electrodomésticos. Se pueden incluir alarmas de intrusión pero también alarmas técnicas y alarmas personales en caso de necesidad de ayuda urgente.

Además del control y automatización se pueden adaptar los interfaces a las necesidades y capacidades de las personas que van a utilizar el sistema; pueden ser pulsadores o commutadores, mandos a distancia o navegadores web. Estos dispositivos evitan la necesidad de desplazarse para controlar distintos dispositivos operativos en la casa.

También es posible utilizar interfaces de reconocimiento de voz para personas que lo necesitan. Incluso se puede utilizar el propio cuerpo como interfaz. Por ejemplo, se puede encender la luz cuando una persona está presente en una habitación o llamar a un ascensor cuando se acerca a la puerta. También se puede detectar si hay alguna puerta o ventana abierta y por ejemplo apagar todas las luces al salir de casa.

Domótica para personas con discapacidad intelectual

En estos casos el objetivo es facilitar las tareas diarias y garantizar la seguridad. Para facilitar las tareas diarias se pueden agrupar funciones para, por ejemplo, permitir al usuario pulsar un botón al salir de casa que apaga todas las luces, corta la electricidad de la cocina y activa el sistema de alarma, etc.

Para mejorar la seguridad puede ser interesante el uso de alarmas de escapes de agua y gas, alarmas de humos/incendios, etc. También es importante que las alarmas de agua y gas corten de forma automática el suministro y que todas las incidencias puedan, si es necesario, mandar un aviso a terceros fuera de la casa (familiares, vecinos, profesionales del servicio de teleasistencia) que puedan ayudar a resolver el problema.

También el servicio de videoconferencia puede ser de gran valor para personas con discapacidad intelectual. Por un lado, el hecho de poder ver y hablar con otras personas de confianza puede hacerle sentir más seguro estando solo sin que, a lo mejor, tengan que esperar hasta la visita del día siguiente o desplazarse a su casa para resolver pequeños problemas. Este servicio también permite la comunicación mediante lengua de signos con personas sordas.

Estos servicios facilitan la independencia de las personas con discapacidad.  La instalación de sistemas que controlen la ocurrencia de algún peligro (por ejemplo mediante alarmas predefinidas) puede disminuir la necesidad de asistencia personal por parte de monitores o terceras personas. Se puede, además, sustituir parte de la ayuda in situ necesaria para resolver pequeños problemas cotidianos por videoconferencia.

La instalación domótica

Cada usuario deberá decidir qué tipo de instalación domótica necesita incorporar en su vivienda o puesto de trabajo. Actualmente las posibilidades de control del entorno de una manera automatizada son muy poderosas. Cada usuario deberá también contemplar su restricción presupuestaria a la hora de decidir cuántos y qué elementos puede “domotizar”.

Los constructores deberán contemplar la futura adaptación domótica de un edificio aunque en el momento de la construcción no esté previsto. Ello afectará al cableado necesario para poder después poder instalar los elementos domóticos, aunque la tendencia futura es utilizar redes inalámbricas.

¿Dónde conseguir más información?

·        Guía de Domótica para personas con discapacidad. Internet: http://www.guia-domotica.com/index.html

·        Casadomo, revista digital de domótica. Internet: www.casadomo.com/

·        Instituto de Biomecánica de Valencia (IBV). Internet: www.ibv.com

¿Qué normativa y bibliografía existe que pueda ser de utilidad?

·        CEIS (2003): Accesibilidad universal en los interfaces del sistema eléctrico de baja tensión.

·        Guía ISO/IEC 71 (también adoptada como guía del CEN/CENELEC 6) "Guía para que los responsables de las normas aborden las necesidades de las personas mayores y de las personas discapacitadas".

·        Norma UNE 170001-1: 2001 Accesibilidad global. Criterios para facilitar la accesibilidad al entorno, Parte 1: Requisitos DALCO.

·        Para ampliar información véase el anexo al final de la guía.

 

 

Ficha: 1.14

Pregúntame sobre

accesibilidad en los sistemas

de protección contra incendios

 y planes de evacuación

Descripción general

Ante una catástrofe o accidente que precise de una evacuación de emergencia, las personas con discapacidad juegan siempre con desventaja. Una de las asignaturas pendientes de la legislación y la normativa es desarrollar protocolos concretos en materia de accesibilidad en los sistemas de protección contra incendios y planes de evacuación.

Actualmente un grupo de trabajo formado por diferentes profesionales del ámbito de la arquitectura, bomberos y expertos en discapacidad está elaborando un prontuario sobre “Accesibilidad e incendios”. El grupo de trabajo está potenciado por el Consejo Superior de los Colegios de Arquitectos de España y la Comisión de Coordinación de Centros de Asesoramiento Tecnológico y coordinado por el Colegio de Arquitectos de Aragón. Como resultado de este trabajo se podrá contar con indicaciones claras para conseguir edificios que cumplan las leyes de evacuación y los criterios de accesibilidad.

Aspectos relacionados con la accesibilidad

En el actual marco normativo internacional apenas existen medidas concretas que afecten al colectivo de personas con discapacidad más allá de las recomendaciones generales y alusiones muy vagas, remitiendo a los procedimientos de emergencia que debe seguir cualquier persona en caso de evacuación o incendio.

La única luz que un organismo de normalización o legislación arroja sobre el tema se puede encontrar en el Reino Unido, donde la Norma británica BS 5588-8:1999 (Fire precautions in the design, construction and use of buildings – Part 8: Code of practice for means of escape for disabled people) desarrolla un procedimiento de evacuación para personas con discapacidad.

En España, el artículo 20 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, sobre medidas de emergencia, obliga al empresario a analizar las posibles situaciones de emergencia, a adoptar las medidas necesarias en materia de primeros auxilios, en la lucha contra incendios y en la evacuación de los trabajadores.

Existen normas, manuales, documentos técnicos que pueden servir de guía en la elaboración de un plan de emergencia o un plan de evacuación. En este sentido no se abundará en una cuestión ya suficientemente documentada; sin embargo, se hace necesario tener en cuenta el hecho de estar refiriéndonos a un colectivo de especiales características, el de personas con algún tipo de discapacidad. En empresas en las que algún puesto de trabajo está ocupado por una de estas personas será necesario tener una especial consideración del hecho. La cuestión se hace más evidente y necesaria cuando se trata de empresas en las que la mayor parte de trabajadores pertenecen a este colectivo; este es el caso de los Centros Especiales de Empleo (Empresas reguladas según el artículo 41 de la LISMI y el R.D. 1368/1985, de 17 de julio).

Aunque, como ya se ha dicho, las normas y documentos técnicos referidos anteriormente no establecen métodos ni procedimientos especiales para estos colectivos, sí que en algunos momentos hacen alusión a los mismos. Por otro lado, cuando tratan cuestiones generales referidas a los aspectos que se han de considerar en la elaboración de planes de emergencia se cae en la cuenta de la importancia que pueden tener estas personas en las consecuencias derivadas de tales situaciones. Basten para ello los siguientes ejemplos.

«El componente más difícil de evaluar en la seguridad humana es la sensibilidad de los ocupantes expuestos». Esta frase se cita en el Manual de Protección contra Incendios de la norteamericana National Fire Protection Association (NFPA) refiriéndose a las características de los ocupantes de un edificio en el que se puede dar una situación de emergencia. En general, todos estos documentos técnicos establecen entre los factores de riesgo que se han de considerar, las características de los ocupantes de los edificios.

De forma más explícita la NFPA se refiere a determinados colectivos cuando dice: “Los problemas de incendios en edificios en los que residan personas con discapacidad permanente o temporal, como guarderías y hospitales, se deben resolver sobre la base del diseño del edificio, una formación adecuada del personal y la posibilidad de proteger a los ocupantes en el edificio hasta que sea posible su evacuación”. Las personas con discapacidad se encuentran con una variedad de limitaciones que hacen aumentar su riesgo en caso de incendio: problemas sensoriales, problemas de movilidad, como la necesidad de usar silla de ruedas, y problemas intelectuales como retraso mental. Existen cuestiones más concretas en las que esta norma se refiere a este tipo de población, como por ejemplo, cuando habla de los métodos de cálculo de la anchura de las salidas, estableciendo dos principios básicos en función de las características esperadas de los ocupantes:

·         Método del caudal: Este método utiliza la teoría de la evacuación en un período máximo de tiempo. Los caudales se establecen a 60 personas por minuto y por unidad de paso de 22 pulgadas (56 cm) a través de pasos horizontales y puertas.

·         Método de la capacidad: Este método está basado en la teoría que supone que hay bastantes escaleras en el edificio para albergar a todos los ocupantes del mismo, sin necesidad de ningún movimiento al exterior. En teoría se supone que las escaleras son una zona segura dentro de la barrera creada por sus cierres y, por tanto, la evacuación al exterior puede realizarse posteriormente de forma más lenta y compatible con las posibilidades físicas de cada persona.

«En instalaciones en las cuales se encuentran enfermos (físicos o mentales), ancianos u ocupantes dormidos o incapacitados [con discapacidad] por cualquier razón, la evacuación por el método del caudal no es la adecuada; el método de la capacidad es más adecuado».

Recomendaciones sobre accesibilidad en planes de evacuación e incendios

Según las actuaciones contempladas en la norma británica referida anteriormente, se pueden hacer las siguientes recomendaciones para evacuaciones en caso de emergencia de personas con discapacidad:

·        Se creará una brigada de voluntarios que se encargarán exclusivamente de la asistencia para la evacuación de personas con discapacidad.

·        Antes y durante la asistencia a una persona con discapacidad en una evacuación se le preguntará cómo desea ser asistido, pues en la mayoría de los casos sabrá mejor que nadie cómo se le debe ayudar.

·        En el caso de personas con ceguera o con discapacidad visual se les dará la mano, siempre que las personas lo precisen y lo soliciten, desde delante mientras se descienden escaleras, y se les ofrecerá el brazo para desplazamientos horizontales.

·        Las personas sordas requieren medios visuales o táctiles para ser avisados de una emergencia.

·        Las personas con movilidad reducida (PMR: usuarios de sillas de ruedas, personas mayores, embarazadas, etc.) pueden necesitar asistencia para descender escaleras.

·        Los usuarios de silla de ruedas pueden ser evacuados por escalera con ayuda de dos personas. También puede que no deseen exponerse a una caída durante la evacuación. Están en su derecho. En tal caso se les deberá asistir para evacuarlos a las zonas de protección temporal previamente establecidas (escaleras, rellanos, huecos en los itinerarios de evacuación), evitando obstruir la evacuación del resto del personal hasta que el flujo de evacuados disminuya o reciba la asistencia del personal de evacuación profesional y cuerpos de seguridad (bomberos, protección civil, etc.).

¿Dónde conseguir más información?

·        Centro Estatal de Autonomía Personal y Ayudas Técnicas (CEAPAT-IMSERSO). Internet: www.ceapat.org

·        National Fire Protection Association (NFPA). Internet: www.nfpa.org/

·        NBE-CPI/96: Condiciones de protección contra incendios en los edificios. Internet: www.mtas.es/insht/legislation/RD/nbe_cpi.htm

·        Nota técnica de Prevención NTP 490. Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo. Internet: www.mtas.es/insht/ntp/ntp_490.htm

Legislación asociada

·        España. Ley de Prevención de Riesgos Laborales. Artículo 20. Internet:  www.mtas.es/insht/legislation/L/lprl.htm#articulo20

·        España. Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad.

·        España. Real Decreto 556/1989, de 19 de mayo, por el que se arbitran medidas mínimas sobre accesibilidad en los edificios.

·        Norma ISO 8421-6:1987 Fire protection -- Vocabulary -- Part 6: Evacuation and means of escape.

·        Norma Británica 5588-8:1999 Fire precautions in the design, construction and use of buildings – Part 8: Code of practice for means of escape for disabled people.

·        Para ampliar información véase el anexo al final de la guía.