LA ATENCIÓN AL
ALUMNADO CON DISCAPACIDAD

EN LA COMUNIDAD
AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA.
Han participado en la elaboración de
esta guía: Sebastián Sánchez Fernández, Eladio Bodas González, Marisa del Carmen
Martín, Carmen Arjona Pabón, Rafael Eloy Fedriani Real, Jesús Fernández
Bujalance, Francisco Jesús González Vázquez, José Gijón Puerta y Carlos María
Vázquez Reyes.
El reconocimiento de las diferencias es un principio básico en el
actual ordenamiento educativo que se hace efectivo en la respuesta individual y
personalizada a las necesidades educativas especiales del alumnado. La
finalidad es garantizar la indiscutible igualdad de oportunidades que le
permita la plena integración social a lo largo del ciclo vital.
En la última década se ha
avanzado mucho en los derechos de las minorías y de las personas con
discapacidad; no obstante, es necesario seguir avanzando en la igualdad en el
acceso a la educación y en la inserción sociolaboral, acorde a las habilidades
y capacidades personales, para lo cual éstas necesitan a lo largo de la
escolarización las adaptaciones y apoyos adecuados para superar las barreras
que dificultan su integración.
Que las personas con discapacidad
y los profesionales que les atienden conozcan cuáles son las medidas de
atención individualizada que ofrece el presente modelo educativo es la
intención principal de esta guía. La
Consejería de Educación y Ciencia publica una nueva edición revisada de la
misma desde el convencimiento de que en la medida en que mejore la información
sobre las ayudas y apoyos que el sistema educativo pone a disposición de este
colectivo de alumnos y alumnas estará mejor garantizada la igualdad de
oportunidades en educación.
CONSEJERA DE
EDUCACIÓN Y CIENCIA
El sistema educativo
y la colaboración de la familia.
Es
de sobra conocida y constatado por numerosos estudios e investigaciones, la
importancia que tiene que la escuela y las familias participen y colaboren codo
con codo en la consecución de los objetivos que se han marcado.
Los estudios a los que me refería concluyen, en líneas
generales, que en aquellas escuelas en las que las familias participan más en
la institución escolar y mantienen un grado alto de colaboración con el
profesorado, se reduce de modo considerable el índice de fracaso y se favorece
la adaptación social del alumnado, descendiendo notablemente la aparición de
conductas antisociales o inadaptadas en el seno de la familia, la escuela o la
sociedad.
Esta colaboración es esencial para la educación de todos los
alumnos y alumnas, pero especialmente para aquellos que alguna discapacidad.
Sin la estrecha colaboración de las familias no puede entenderse la educación
de este alumnado. Continuar la labor de la escuela, extender los aprendizajes
al ámbito de la vida diaria, lograr el máximo grado de autonomía personal y
desenvolvimiento social y lograr la integración social y laboral de la persona
con discapacidad, será sólo posible desde la colaboración estrecha entre los
educadores y las familias.
Para que exista esa colaboración debe haber previamente un
conocimiento mutuo. Facilitar el conocimiento de los medios y recursos del
sistema para la atención al alumnado con necesidades educativas especiales y,
por ende, la cooperación entre la escuela y la familia es el propósito del
presente documento.
Sebastián
Sánchez Fernández.
Director
General de Orientación Educativa y Solidaridad.
ADMISIÓN DEL ALUMNADO
LA ESCOLARIZACIÓN.
Una de las decisiones que más preocupa a las familias o a
los tutores legales de un alumno o alumna con necesidades educativas especiales
es la escolarización. En ese momento han de decidir si optan por un centro
ordinario o por un centro con una oferta educativa especializada.
De la normativa que regula el proceso, se han seleccionado
los aspectos más relevantes para facilitar a los padres y madres la comprensión
del mismo y la elección más adecuada.
Los pasos a seguir están
señalados en la Orden de 16 de febrero de 1999, sobre escolarización y
matriculación del alumnado en los centros docentes públicos y privados
concertados, y en las Instrucciones de la Viceconsejera de Educación y Ciencia,
de 22 de febrero de 2000, sobre planificación de la escolarización en los
centros docentes públicos y privados concertados no universitarios para el
curso académico 2000-01, siendo éstos los que a continuación se señalan:
1.
Los Consejos
Escolares de los centros hacen pública la relación de puestos escolares
vacantes, incluyendo los destinados a atender al alumnado con necesidades
educativas especiales por razón de discapacidad física, psíquica o sensorial.
2.
Las familias
recogen las solicitudes en el centro donde desean escolarizar a su hijo o hija,
teniendo en cuenta las vacantes que se ofrecen.
3.
Los centros
educativos envían los casos de alumnado con necesidades educativas especiales
al Equipo de Orientación Educativa para que realice la evaluación
psicopedagógica y emita el dictamen de escolarización. Es decir, el Equipo
valora la situación del niño y decide en qué condiciones debe escolarizarse y
qué atención educativa requiere.
4.
En los centros
docentes públicos, el Consejo Escolar estudia las solicitudes y adjudica los
puestos escolares vacantes. Para ello, tiene en cuenta el dictamen del Equipo
de Orientación Educativa y las condiciones de escolarización recomendadas y
disponibles en el centro. En los centros privados concertados estas funciones
corresponden a los titulares.
5.
Si hubiese más
solicitantes que puestos vacantes o las condiciones del centro no son adecuadas
para el caso, será el Delegado o Delegada Provincial quien resuelva.
A la hora de escolarizar al alumnado con necesidades
educativas especiales en centros ordinarios han de adoptarse criterios
flexibles. Cada caso debe ser considerado individualmente, ya que un mismo tipo
de discapacidad puede requerir una respuesta educativa diferente, dependiendo
de variados factores, entre otros: la capacidad adaptativa, la capacidad de
comunicación, los conocimientos que tiene el alumno o alumna…
Como criterio general, serán escolarizados en centros
ordinarios aquellos alumnos y alumnas cuyas necesidades educativas puedan ser
atendidas en alguna de las modalidades de escolarización existentes en los
centros ordinarios.
La escolarización en los centros específicos de educación
especial está pensada para los alumnos y alumnas que no puedan ser atendidos
debidamente en un centro ordinario, por requerir la aplicación de unas medidas
educativas específicas o de recursos humanos y técnicos no disponibles en los
centros ordinarios.
Recomendaciones
a las familias sobre el proceso de escolarización:
1. El
plazo de presentación de solicitudes para los alumnos de nuevo ingreso en un
centro será el comprendido entre el 1 y el 30 de abril de cada año.
Posteriormente, tras la resolución del proceso de escolarización, habrán de
formalizar la inscripción entre el 1 y el 15 de junio de cada año para los
centros de educación infantil, primaria y educación especial, y entre el 1 y el
15 de julio de cada año para la educación secundaria.
2. Los
alumnos y alumnas con discapacidad tienen un punto adicional a los que pudiera
obtener según el baremo establecido en la Orden de escolarización del curso
correspondiente, siempre que se acredite.
3. Es
conveniente aportar, en el momento de la solicitud, toda la información y
documentación relevante que posea la familia sobre la discapacidad y las necesidades
educativas especiales del alumno o alumna. De este modo, se facilita el proceso
de evaluación psicopedagógica y la correcta escolarización del alumnado.
4. Pueden
solicitar plaza en los centros públicos y en los privados concertados ya que,
según lo establecido en la normativa que regula el proceso, en el Decreto
72/1996, de 20 de febrero, por el que se regulan los criterios de admisión de
alumnos y alumnas en los centros docentes públicos y concertados de la
Comunidad Autónoma de Andalucía, a excepción de los universitarios, y en la Ley
Orgánica 9/1995, de 20 de noviembre, de Participación, Evaluación y Gobierno de
los Centros Docentes, éstos están obligados a escolarizar al alumnado con
necesidades educativas especiales. Esta obligatoriedad está sujeta a la
existencia de puestos escolares vacantes para este alumnado, de conformidad con
la planificación de la Consejería de Educación y Ciencia.
5. Cuando
una familia no esté de acuerdo con la decisión de escolarización puede
recurrir, en primer lugar, al Consejo Escolar de Centro, en el caso de los
centros docentes públicos, o ante el titular, en el caso de los centros
privados concertados. Y, posteriormente, puede reclamar ante el Delegado o la
Delegada Provincial, cuya resolución pondrá fin a la vía administrativa.
Para la
aclaración de dudas sobre el proceso de escolarización o la normativa que lo
regula pueden dirigirse a:
-
Los Directores
y Secretarios de los centros educativos donde solicitan la admisión.
-
El Servicio de
Inspección Educativa, telefónicamente o mediante entrevista personal, los días
de atención al público en las Delegaciones Provinciales.
-
Los Equipos de
Orientación Educativa, cuando se trate de aspectos relacionados con la
evaluación psicopedagógica o el dictamen de escolarización.
Los alumnos y alumnas con necesidades educativas especiales,
por razón de discapacidad, cursarán las mismas enseñanzas que el resto del
alumnado, al menos durante el período de escolaridad obligatoria.
El actual sistema educativo tiene por objetivo la atención
de todos los alumnos y alumnas en las condiciones de mayor integración posible,
pero sin olvidar que para determinados alumnos y alumnas la atención educativa
de mayor calidad requiere unas condiciones especiales que no siempre están
disponibles en los centros ordinarios.
En esta etapa, se integra al alumnado en los grupos y
centros ordinarios, siendo los objetivos los mismos que para el resto del
alumnado: el desarrollo máximo de sus capacidades psicomotrices, cognitivas,
comunicativas, afectivas y sociales.
Durante este período, los Equipos de Orientación Educativa
realizan un seguimiento de los casos y orientan al profesorado sobre la
atención educativa que debe prestárseles.
Cuando el tipo y el grado de discapacidad o la presencia de
diferentes discapacidades en un mismo alumno o alumna requieren una atención
que no puede ser prestada en los centros ordinarios, es posible escolarizar al
alumnado en un centro específico de educación especial, según lo recogido en el
R.D. 696/95 de ordenación de la atención educativa al alumnado con necesidades
educativas especiales.
Para el alumnado con necesidades educativas especiales
existen dos grandes opciones, cuya elección depende del tipo de centro y
modalidad educativa en el que sus necesidades educativas puedan ser
satisfechas:
a)
Las enseñanzas
correspondientes a la educación primaria
y a la educación secundaria obligatoria. Son cursadas por los alumnos con
necesidades educativas especiales que pueden integrarse en los grupos
ordinarios y siguen el currículo general con la prestación de apoyos y medidas
específicos.
b)
Las enseñanzas básicas obligatorias para el
alumnado con necesidades educativas especiales más gravemente afectado. Se
dirigen al alumnado con necesidades educativas especiales extensas y
permanentes, cuyas posibilidades de aprendizaje, comunicación y cognición,
requieren una reordenación global de las enseñanzas y una atención específica y
especializada.
La escolarización
se realiza en aulas o en centros específicos, y las enseñanzas se organizan en
ámbitos de conocimiento y desarrollo, desde los 6 a los 16-18 años, en 10
cursos, prorrogables en dos.
Al terminar este período, según las posibilidades del alumnado,
éste puede continuar en un programa de formación para la transición a la vida
adulta o en un programa de garantía social específico. El primero está más
enfocado a la adquisición de hábitos de autonomía personal y socialización. El
segundo es un programa pensado para la iniciación profesional o para la
inserción laboral.

Ordenación
de las enseñanzas destinadas al alumnado con necesidades educativas especiales,
establecida en la Ley 9/1999, de Solidaridad en la Educación.
Los alumnos y alumnas que siguen las enseñanzas en régimen
de integración, cuando concluyen el período de permanencia en la etapa
educativa anterior, promocionan a la etapa siguiente con las mismas atenciones
y condiciones de escolarización.
Para la atención educativa de este alumnado, los colegios e
institutos disponen de profesorado especializado en Educación Especial
(Pedagogía Terapéutica, Audición y Lenguaje, o ambas especialidades, según las
discapacidades predominantes que atienda el centro), monitor de Educación
Especial, además del Orientador del Equipo de Orientación Educativa o del
Departamento de Orientación, psicólogos o pedagogos.
Los centros e institutos se dotan de recursos o se autorizan
de acuerdo con la demanda de la zona educativa, para que cada una tenga los
centros necesarios, siguiendo un criterio de sectorización. Se ha procurado
especializarlos en un tipo de discapacidad preferente para ofrecer una atención
educativa de calidad, reuniendo los recursos humanos y técnicos necesarios.
La relación de institutos que en cada provincia están
autorizados para la integración en Educación Secundaria se han de consultar en
cada Delegación Provincial o en la página web de la Consejería de Educación y
Ciencia (www.cec.junta-andalucia.es).
Para decidir cuál es la modalidad
de escolarización más adecuada, los Equipos de Orientación Educativa tienen en
cuenta las características del alumnado y sus necesidades educativas.
El alumnado con necesidades educativas especiales
escolarizado en un centro ordinario podrá ser atendido en alguna de estas
modalidades de integración:
A) Integración total en grupo
ordinario a tiempo completo.
B) Integración en grupo ordinario en
períodos variables.
C) Atención educativa en aula
específica.
Es la modalidad en la que se
atiende al alumnado que puede seguir el desarrollo del currículo ordinario con
ayudas técnicas de acceso al currículo o con aplicación de medidas de
adaptación curricular o de refuerzo educativo.
El currículo que desarrolla este
alumnado es el correspondiente al Proyecto Curricular y a la Programación de
Aula del nivel de enseñanzas en el que se encuentra, con las medidas de
adaptación curricular de menor significación y de apoyo que cada caso requiere.
En la educación de este alumnado
interviene el equipo educativo correspondiente al grupo en el que está
integrado y su tutor es el mismo del grupo.
Los equipos educativos organizan
el apoyo educativo específico para este alumnado, a cargo del mismo profesorado
que imparte las distintas áreas o materias curriculares, de los maestros y
maestras especializados en Educación Especial o en Audición y Lenguaje o por
ambos de forma coordinada.
Para complementar la acción del
equipo, se cuenta con la colaboración del Orientador u Orientadora del Equipo
de Orientación Educativa o del Departamento de Orientación, según los casos, y
del profesorado especializado del centro, en los términos establecidos en la
normativa vigente y en las intervenciones previstas en la adaptación curricular
elaborada para cada caso.
Es la modalidad en la que se
atiende al alumnado que, por razón de su discapacidad, requiere una atención
personalizada específica y que puede integrarse parcialmente, en mayor o menor
medida, según los casos, en los grupos ordinarios. El grado de integración
varía en función de las necesidades educativas que el alumnado presenta, de sus
competencias curriculares, de las adaptaciones curriculares y de los medios
personales y materiales que precisa.
El currículo que cursa este
alumnado toma como referencia el Proyecto Curricular y la Programación de Aula
del grupo de referencia, adaptado con el grado de significación que cada uno de
los casos requiera.
La atención educativa que se
realiza en el aula ordinaria supone la planificación y desarrollo de
actividades, comunes o adaptadas, con respecto a las planificadas con carácter
general para el grupo. Estas actuaciones las realiza el profesorado que imparte
las áreas en las que se integra el alumnado con necesidades educativas
especiales.
La
intervención sobre los aspectos más específicos de la adaptación curricular
individualizada se realiza en el aula de apoyo, por parte del profesorado
especialista en Educación Especial o en Audición y Lenguaje, en los términos
establecidos en la normativa vigente y en dicha adaptación curricular.
Según el grado
de integración y el tiempo de permanencia en el aula ordinaria o en la de
apoyo, la tutoría recae bien sobre el tutor o tutora del grupo de referencia, o
bien sobre el profesorado especializado.
¿Cómo
es la atención educativa en aula específica?
Se atiende en esta modalidad al
alumnado cuyas necesidades educativas especiales y grado de desfase curricular
requieren un currículo adaptado significativamente.
El referente será el conjunto de
capacidades enunciadas en los objetivos de la enseñanza básica, incidiendo
especialmente en: el conocimiento de sí mismos, la adquisición de la autonomía
personal, el conocimiento y participación en el medio físico y social, el
desarrollo de la comunicación y el lenguaje.
También puede ser atendido en
esta modalidad el alumnado con discapacidad psíquica que presenta trastornos
del comportamiento, cuyas alteraciones dificultan el normal desarrollo de las
actividades dentro del aula ordinaria.
Cuando sus características y
posibilidades lo permiten, el alumnado está integrado en grupos ordinarios, en
aquellas áreas o materias en las que tenga mayores posibilidades de
relacionarse con el resto del grupo o realizar actividades compartidas de tipo
deportivo, artístico, complementarias o lúdico-recreativas.
La docencia directa, la atención
educativa especializada y la tutoría de este alumnado recae sobre los maestros y
maestras especializados en Educación Especial o en Audición y Lenguaje que
atienden el aula específica de educación especial.
La coordinación entre
los profesionales que atienden al alumnado con necesidades educativas
especiales con discapacidad.
La coordinación de los
profesionales que intervienen con el alumnado con discapacidad recae sobre el
personal que tiene la responsabilidad de la tutoría. Para mejorar la calidad de
la atención educativa, es necesario que los profesionales participen,
coordinadamente, en las acciones y actividades dirigidas a este tipo de
alumnado.
La necesidad de estar coordinados
no se limita al profesorado. Es igualmente necesaria con otros profesionales:
los intérpretes de lengua de signos, los miembros de los equipos específicos
para el apoyo educativo de sordos, ciegos o motóricos.
Las necesidades educativas
especiales que puede presentar un alumno o alumna con discapacidad varían desde
las transitorias y poco relevantes a las más graves y permanentes. En estos
casos, la escolarización puede realizarse en los centros de educación especial,
si se aprecia, de forma razonada, que las necesidades educativas especiales que
presentan no pueden ser satisfechas, adecuadamente, en el centro ordinario.
¿Qué
alumnado es atendido en los centros específicos?
Se escolarizan en centros
específicos de educación especial los alumnos y alumnas con necesidades
educativas especiales permanentes asociadas a trastornos graves del desarrollo,
retraso mental (severo o profundo) o afectado por plurideficiencias.
¿Con
qué profesionales cuentan los centros específicos?
La docencia y los tratamientos
especializados que requiera este alumnado son responsabilidad de los maestros y
maestras especialistas en pedagogía terapéutica y en audición y lenguaje.
Asimismo, los centros disponen de monitores de educación especial, psicólogos,
pedagogos, fisioterapeutas y trabajadores sociales según las características y
necesidades del alumnado de cada centro.
¿Cuántos
alumnos y alumnas se escolarizan por unidad?
La ratio profesor/alumno en las aulas y centros específicos
de Educación Especial ha sido establecida en las instrucciones de la
Viceconsejería de Educación y Ciencia para el curso 2000-01:
-
Unidades para
la atención de alumnos con discapacidad psíquica: 6 – 8.
-
Unidades para
la atención de alumnos con discapacidad Sensorial: 6 – 8.
-
Unidades para
la atención de alumnos con discapacidad Física/Motórica: 8 – 10.
-
Unidades para
la atención de alumnos con autismo o trastornos psicóticos: 3 – 5.
-
Unidades para
la atención de alumnos con plurideficiencias: 4 – 6.
-
Unidades que
atienden varias discapacidades: 5 alumnos o alumnas como máximo.
¿Qué enseñanzas se cursan en los
centros específicos de Educación Especial?
-
Los centros específicos aplican un currículo muy diversificado para
estos escolares, con el objetivo de desarrollar al máximo sus posibilidades y
capacidades. Para cada alumno o alumna se prepara una adaptación curricular
ajustada a su perfil.
-
Por otro lado, los centros específicos también intervienen en el
proceso de integración sociolaboral, mediante el desarrollo de Programas de
Garantía Social y Programas de Transición a la Vida Adulta.
La
especialización de algunos centros específicos.
Determinados centros específicos
han especializado su oferta al alumnado con un mismo tipo de discapacidad.
Ofrecen una respuesta singular en cuanto al tipo de equipamiento, especialización
del profesorado y personal complementario. Estos centros atienden al alumnado,
en régimen ordinario o con servicio de residencia escolar, cuando proviene de
localidades alejadas u otras provincias.
Su finalidad es preparar al
alumnado para la integración en el sistema ordinario lo antes posible, en
cuanto la evolución del alumno y las características del centro de integración
así lo aconsejen.
En Andalucía existen algunos
centros de estas características: el Centro de Recursos “Luis Braille” de la ONCE,
para ciegos y deficientes visuales, en Sevilla; el Centro de Educación Especial
para Sordos “Rancho de los Colores”, de Jerez de la Frontera, y el Centro
“Sagrada Familia”, de Granada, privado concertado, ambos especializados en la
educación de alumnado con discapacidad auditiva; y el Colegio Público de
Educación Especial “Aben Basso”, para alumnos con discapacidad motórica, en
Sevilla.
ATENCIÓN EDUCATIVA
LAS MEDIDAS CURRICULARES PARA LA ATENCIÓN A LAS NECESIDADES
EDUCATIVAS ESPECIALES DEL ALUMNADO CON DISCAPACIDAD.
Un alumno o alumna tiene necesidades educativas especiales
cuando tiene dificultades, mayores que el resto de sus compañeros, para acceder
a los aprendizajes que le corresponden por su edad. Para compensar esas
dificultades requiere determinadas ayudas especiales.
La consideración de que un alumno o alumna tiene necesidades
educativas especiales tiene en cuenta, además de las dificultades de
aprendizaje del alumnado, que el profesorado, individual y colectivamente, ha
agotado todos los recursos ordinarios a su alcance para responder a ellas.
Entonces, precisa una ayuda educativa especial, que se diferencia de la que se
oferta a la mayoría de los compañeros.
En la medida que la educación obligatoria es un derecho de
todos los alumnos y alumnas, resulta obligado hacer todo lo posible para que
todos ellos aprendan y progresen y, por tanto, se trata de buscar y agotar
todas las vías, métodos y medios de enseñanza que les permita aprender y
alcanzar los objetivos educativos.
No es justo excluir a ningún alumno o alumna de esa
finalidad, por muy graves que sean sus dificultades. Siempre se puede avanzar,
siempre se puede aprender, y está en manos de todos hacer posible esa empresa.
Ahora bien, no todos los alumnos pueden aprender lo mismo.
En algunos casos, existirá una diferencia significativa entre lo que ciertos
alumnos podrán aprender en comparación con la mayoría.
Las medidas que se emplean abarcan desde ayudas concretas,
que necesita el alumnado en determinados momentos para superar alguna
dificultad, hasta ayudas permanentes y continuas a lo largo de su
escolarización.
Las ayudas son, por tanto, el refuerzo educativo, las
adaptaciones curriculares o los programas de diversificación curricular.
Cuando las necesidades que presenta el alumno o alumna no
pueden ser suficientemente atendidas con los medios educativos ordinarios, se
necesita algún tipo de intervención “extra”. Esta intervención es lo que se
entiende por refuerzo educativo. Es decir, el conjunto de actividades
educativas que complementan, consolidan o enriquecen la acción educativa
ordinaria y principal.
¿Quién lo aplica?
Algunas de estas actividades las puede realizar el tutor o
tutora en su grupo de clase, mientras que otras pueden requerir la intervención
de profesores más especializados: profesor de apoyo para la educación especial,
profesor de audición y lenguaje.
¿En qué consiste el
refuerzo educativo?
El refuerzo educativo que presta el tutor o tutora puede ser
de distinta índole, según las necesidades de cada alumno o alumna. En algunos
casos, la intervención se situará en la ayuda personalizada y específica para
la adquisición de ciertos aprendizajes en los que el alumno presenta
dificultades. Otras veces, el refuerzo va a consistir en la aplicación de
métodos especializados que requieren técnicas y estrategias específicas.
Por último, con algunos alumnos y alumnas es necesario
trabajar capacidades básicas, que la mayoría del alumnado desarrolla mediante
los procedimientos educativos convencionales, como son: capacidad de
discriminación, de formación de conceptos, de solución de problemas, de manejo
de la memoria, de procesamiento de la información y que son aplicables en
distintos contextos de actuación.
Son las modificaciones necesarias para compensar las
dificultades de aprendizaje de los alumnos y alumnas con necesidades educativas
especiales.
Las adaptaciones curriculares son un continuo. En un extremo
están los cambios habituales que el profesorado introduce en su enseñanza y, en
el otro extremo, están las adaptaciones que se apartan significativamente del
currículo. Es el caso del alumnado con dificultades de aprendizaje más
permanentes y severas, que reciben una enseñanza que se diferencia notablemente
de la que reciben sus compañeros de clase o edad. En este caso sería injusto
ofrecerles las mismas condiciones de enseñanza que a los alumnos sin tales
dificultades.
Las modificaciones necesarias pueden afectar a los elementos
de acceso al currículo, las ayudas técnicas o personales; y a los elementos del
currículo: qué han de aprender los niños, cómo y cuándo han de hacerlo.
¿Qué son las
adaptaciones de acceso al currículo?
Las adaptaciones de acceso al currículo son las
modificaciones o la provisión de recursos espaciales, materiales o de
comunicación que van a facilitar que algunos escolares con necesidades
educativas especiales, puedan desarrollar las enseñanzas previstas para ellos.
¿Qué elementos del
currículo se modifican?
Las adaptaciones curriculares son las modificaciones que se
realizan desde la programación en objetivos, contenidos, metodología,
actividades, criterios y procedimientos de evaluación para atender a las
necesidades individuales.
Siguiendo la lógica del continuo, podemos hablar de
adaptaciones curriculares poco significativas y adaptaciones curriculares
significativas.
¿Cuándo se considera
que la adaptación es poco significativa?
Son aquellas decisiones que no modifican, sustancialmente,
la programación propuesta para el grupo-clase. En algunos casos, van a ser
adaptaciones en la metodología que va a implicar una ayuda más individualizada
del profesorado. En otros casos, va a suponer adaptaciones en los contenidos
tomando decisiones sobre rescatar contenidos trabajados anteriormente, o
introduciendo cambios en la secuenciación de los mismos o eliminando algún
contenido que no se considere básico. A veces, hay que realizar adaptaciones en
los procedimientos e instrumentos de la evaluación, como en el caso de alumnado
con problemas de comunicación o en el caso de alumnos con dificultades.
¿Cuándo se considera
que la adaptación es significativa?
Se considera una medida excepcional ya que implica la
selección de contenidos y los objetivos esenciales en las diferentes áreas, que
se consideran básicos para cada alumno o alumna. Por tanto, las adaptaciones
curriculares tienen como resultado una enseñanza que se aparta muy
significativamente de la que reciben otros alumnos de la misma edad.
En este sentido, es necesario que el proceso esté sujeto a
un mayor control, sobre todo, en lo que respecta a la tarea de explicar y
registrar las adaptaciones propuestas, especialmente con relación a los
contenidos y objetivos a trabajar en las áreas curriculares en las que los
alumnos muestran dificultades.
Por otro lado, también es necesario que el profesorado sea
muy riguroso a la hora de la evaluación del alumnado y, además, que intervengan
especialistas (los Equipos de Orientación Educativa) para que ésta sea lo más
completa posible. Ha de recoger diferentes aspectos y precisar cuáles son las
necesidades del alumno o alumna y, por tanto, cuáles son las ayudas que han de
facilitársele y cuáles, entonces, las adaptaciones más adecuadas.
¿Qué contiene el
documento de adaptación curricular?
Cuando es necesario aplicar una adaptación curricular
individualizada significativa, se elabora un documento escrito que contendrá
los siguientes apartados:
-
Datos
personales y escolares del alumno o alumna.
-
Informe o
valoración de la competencia curricular del alumno o alumna
-
Delimitación
de las necesidades educativas especiales del alumno o alumna.
-
Determinación
del currículo adaptado que seguirá el alumno o alumna.
-
Mecanismos de
seguimiento de la adaptación curricular
-
Especificación
de los recursos necesarios ( profesorado, materiales )
-
Las
adaptaciones curriculares individualizadas significativas deben ser aprobadas y
supervisadas por la Administración Educativa.
¿Qué papel tienen las
familias en el proceso de elaboración de una adaptación curricular
individualizada significativa ?
La familia del alumno o alumna al que se le va a aplicar una
adaptación curricular individualizada recibirá información sobre la adaptación
y podrá realizar las sugerencias que considere oportunas. En caso de desacuerdo
podrá reclamar ante el Director del centro y, en caso de que persista, ante el
servicio de Inspección Educativa que resolverá.
¿En qué consiste la diversificación
curricular?
La diversificación curricular es
una medida excepcional, dirigida al alumnado del segundo ciclo de la educación
secundaria. Sólo debe aplicarse cuando se han agotado las medidas anteriores,
si el alumno o alumna tiene dificultades generalizadas en la mayor parte de las
áreas del currículo, y se prevé que sólo con la permanencia de uno o dos años
más en el segundo ciclo, no alcanzará los objetivos establecidos en la etapa de
Educación Secundaria.
Consiste en organizar las enseñanzas de manera distinta a
como lo están habitualmente, de forma que al alumnado se le presentan los
contenidos nucleares de las áreas que configuran la Educación Secundaria
(matemáticas, lengua y literatura, tecnología, biología etc.), en torno a dos
grandes ámbitos de aprendizaje: el socio-lingüístico y el
científico-tecnológico. Todo ello desde una perspectiva metodológica
motivadora, globalizada y participativa.
Y después de la
secundaria, ¿qué?
Una vez finalizado el período de la enseñanza obligatoria,
se le proporciona a cada estudiante un Consejo Orientador sobre su futuro
académico y profesional, en el que se le informa de las propuestas que en su
caso se consideran adecuadas.
Si el alumno o alumna ha
conseguido el título de Graduado en Educación Secundaria puede:
-
Iniciar sus
estudios en Bachillerato.
-
Iniciar sus
estudios en Formación Profesional.
Si el alumno o alumna no ha
conseguido el Título en Educación Secundaria puede acceder a un Programa de
Garantía Social.
¿Qué es un Programa
de Garantía Social?
Un Programa de Garantía Social es un curso para jóvenes que
no han obtenido el título de Graduado en Enseñanza Secundaria.
Tiene una doble vertiente: formación general y formación
elemental para una ocupación laboral.
¿Quién puede
realizarlo?
Va dirigido al alumnado que se encuentre en la franja de
edad comprendida entre los 16 y los 20 años, y que por no haber alcanzado los
objetivos de la Enseñanza Secundaria Obligatoria, no haya obtenido el título de
Graduado en Enseñanza Obligatoria, lo que les va a impedir continuar estudios
de Bachillerato o de Formación Profesional.
También podrá cursarlo aquel alumnado que, por
circunstancias especiales de índole diversa, se encuentre sin escolarizar,
siempre que cumpla el requisito de edad.
¿Dónde se puede
cursar un Programa de Garantía Social?
En general, en centros públicos
de Educación Secundaria o en Centros Específicos de Educación Especial,
dependientes de la Consejería de Educación y Ciencia de la Junta de Andalucía.
De estos centros encontrará en esta guía un listado completo que incluye
direcciones y teléfonos de contacto, así como los diferentes Perfiles
Ocupacionales que se imparten en cada uno de ellos.
También existen centros concertados y privados que imparten
este tipo de programas, así como ayuntamientos y asociaciones sin ánimo de
lucro que colaboran con la Consejería de Educación desarrollando Programas de
Garantía Social. Para mayor información, pueden dirigirse a las Delegaciones
Provinciales de la Consejería de Educación.
¿Qué NO es un
Programa de Garantía Social?
Los Programas de Garantía Social son una opción final que
ofrece el Sistema Educativo a los alumnos que, por diversas circunstancias, no
han podido obtener el título de Graduado en Enseñanza Secundaria.
No son, ni deben ser, en ningún
caso, una manera de desviar a los alumnos que no obtienen buenos resultados
académicos hacia opciones profesionalizadoras. Es necesario, por tanto que, previamente
a cursar un Programa de Garantía Social, un alumno complete su escolarización
obligatoria, incluyendo la aplicación de todas las medidas disponibles para que
el alumno pueda obtener el título de Graduado en Enseñanza Secundaria
Obligatoria y, de esta forma pueda continuar, si lo desea, sus estudios de
Formación Profesional o Bachillerato.
¿Cuál es la duración
de los Programas de Garantía Social?
Su duración es variable, entre uno y dos cursos académicos
para los Programas de Garantía Social que se imparten en los centros docentes y
de un año para los que se realizan en ayuntamientos y asociaciones sin ánimo de
lucro.
¿Cuáles son los
objetivos de los Programas de Garantía Social?
Por un lado, los Programas de Garantía Social pretenden
ofrecer una formación básica que permita a los alumnos proseguir sus estudios
de Formación Profesional, mediante una prueba de acceso a los Ciclos Formativos
de Grado Medio, en la que se tendrá en cuenta haber cursado el Programa, si
está relacionado con la Familia Profesional elegida.
Por otro lado, dotar a los alumnos de una cualificación
profesional básica, que pueda facilitarles su incorporación al mundo laboral.
¿Cuáles son los
contenidos que se imparten en los Programas de Garantía Social?
Los Programas de Garantía Social atienden dos ámbitos
complementarios de la formación del alumnado, en consonancia con los objetivos
propuestos:
-
Un ámbito
general, para mejorar la formación básica del alumno, esencial para una buena
cualificación profesional.
-
Un ámbito
profesionalizador, referido a los diferentes perfiles ocupacionales. Esta
formación puede incluir períodos de prácticas en empresas relacionadas con el
perfil del programa.
¿Qué certificación se
obtiene al terminar un Programa de Garantía Social?
Al finalizar un Programa de Garantía Social, se expide al
alumno una certificación de haber cursado el mismo, indicándose en ella el
grado de aprovechamiento.
¿Cómo se puede
solicitar un Programa de Garantía Social?
Del 1 al 30 de Abril de cada año, se puede solicitar la admisión
en un Programa de Garantía Social, en los centros docentes de la Consejería de
Educación y Ciencia, para el curso siguiente. Es importante asesorarse en el
propio centro, a través del profesor tutor o del Departamento de Orientación,
de todo lo referente al programa que se quiera solicitar.
¿Dónde se puede
obtener información sobre los Programas de Garantía Social?
En primer lugar, a través del profesor tutor o del
Departamento de Orientación del centro educativo en el que se halle
escolarizado el alumno.
En segundo lugar, en las Delegaciones Provinciales de la
Consejería de Educación y Ciencia, cuya relación telefónica se incluye en esta
guía.
¿Cuáles son las Administraciones públicas que tienen la
competencia?
Las ayudas públicas de carácter
individual para sufragar los gastos que origina la educación de los alumnos con
necesidades educativas especiales son competencia del Ministerio de Educación y
Cultura. Desde las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Educación y
Ciencia, de la Junta de Andalucía, se tramitan las solicitudes de ayudas
individuales al estudio que cada año en el mes de junio convoca el Ministerio.
¿Qué cubren estas
ayudas?
a)
Ayudas
individuales directas para las enseñanzas de educación especial.
-
Para la
enseñanza.
-
Para
transporte escolar.
-
Para
residencia escolar.
-
Transporte
para traslado de fin de semana en centros de educación especial.
-
Transporte
urbano.
-
Reeducación
pedagógica y del lenguaje.
b)
Subsidios de
Educación Especial para familias numerosas con hijos con discapacidad o
incapacitados para el trabajo.
Se conceden únicamente bajo el concepto de transporte y
comedor.
¿Dónde se tramitan
las solicitudes?
En los centros donde el
solicitante esté escolarizado y en los Negociados de Becas de las Delegaciones
Provinciales de la Consejería de Educación y Ciencia. Igualmente, a través de
las oficinas de Correos, según lo establecido en la Ley que regula el
Procedimiento Administrativo.
Plazo
de solicitud, requisitos y documentación necesarios.
El plazo de solicitud suele
extenderse hasta el 30 de septiembre de cada año. Los requisitos y la
documentación se establecen en la convocatoria anual.
Ayudas económicas para la adquisición
de libros y material curricular.
A través de la
convocatoria anual que realiza el Ministerio de Educación y Cultura, los
representantes legales de alumnos y alumnas con necesidades educativas
especiales pueden solicitar ayudas económicas para sufragar los gastos de
adquisición de libros y materiales curriculares. La ayuda no cubre la totalidad
de los gastos.
Se solicita en
los centros educativos, por medio de los cuales se difunde la convocatoria y se
distribuyen los impresos de solicitud.
Los requisitos
y la documentación, que debe aportarse, se recogen en la convocatoria de cada
año, que suele aparecer en el mes de septiembre.
Los alumnos y alumnas con necesidades educativas especiales
acceden a estos servicios como el resto del alumnado. No obstante, se les
considera especialmente en el baremo de ayudas para el servicio de comedor,
reconociendo con dos puntos sus necesidades educativas especiales.
El servicio de comedor escolar está regulado por el Decreto
192/1997, de 29 de julio, publicado en el Boletín Oficial de la Junta de
Andalucía, nº 92, de 9 de agosto de 1997. La organización y el funcionamiento
de los mismos está regulada en la Orden de 11 de agosto de 1997.
El objeto del servicio escolar de
transporte es facilitar el desplazamiento del alumnado desde su localidad de
residencia al centro escolar propuesto por la Administración Educativa. Dicho
servicio es gratuito para alumnos de Primaria y Secundaria Obligatoria residentes
en núcleos de población dispersa o que no dispongan de centro escolar.
Establece la normativa que lo regula, que los vehículos han
de disponer de las adaptaciones necesarias para el acceso de este alumnado y el
apoyo de un monitor de transporte tanto para la entrada como para la salida en
el autobús como durante el trayecto del viaje.
La organización y gestión del
servicio de transporte escolar y de estudiantes están reguladas en el Real
Decreto 2296/1983, de 25 de agosto y en la Orden de 25 de marzo de 1997 de las
Consejerías de Obras Públicas y Transporte y de Educación y Ciencia. Esta Orden
se complementa con las Instrucciones dicta la Dirección General de Formación
Profesional y Solidaridad en el Educación, para cada curso escolar.
Las normas citadas pueden consultarse en los boletines
oficiales correspondientes, en los centros educativos con servicio de comedor,
en la Delegaciones Provinciales, o en la página web de la Consejería de
Educación y Ciencia en el apartado dedicado a la normativa.
¿Existen otras ayudas para el alumnado
con discapacidad?
a) Ayudas de rehabilitación.
Las
ayudas de rehabilitación tienen por objeto contribuir a sufragar los gastos de
tratamiento cuando la persona con discapacidad no pueda ser atendida en centros
propios, subvencionados o concertados por el Instituto Andaluz de Servicios
Sociales o en otros organismos públicos en régimen de gratuidad.
b) Ayudas para
estimulación precoz
Las ayudas para estimulación precoz se destinan a evitar los procesos degenerativos y potenciar el desarrollo de las capacidades físicas, psíquicas o sensoriales de los niños de 0 a 4 años con discapacidad reconocida como minusvalía o posible minusvalía.
c) Ayudas para
recuperación médico-funcional
Las ayudas para la recuperación médico-funcional se destinan a la aplicación de terapias adecuadas para conseguir la rehabilitación física, psíquica o sensorial de las personas con discapacidad reconocida como minusvalía o posible minusvalía, potenciando los recursos residuales mediante todas o algunas de las técnicas de fisioterapia, psicomotricidad o terapia del lenguaje.
¿Qué son los
servicios de Orientación Educativa?.
Son los recursos específicos del
Sistema Educativo destinados a la orientación educativa y profesional. Están
constituidos por los Equipos de Orientación Educativa (EOEs) y por los
Departamentos de Orientación. Ambos, con relación al alumnado, desempeñan unas
funciones generales destinadas a la atención y apoyo de los procesos de
enseñanza -aprendizaje y orientación– desarrollo de la población escolar en
general y, muy particularmente, de la población escolar que presenta
necesidades educativas especiales.
LOS EQUIPOS DE
ORIENTACIÓN EDUCATIVA.
Los Equipos de Orientación Educativa están formados por
diversos profesionales de la psicología, la pedagogía, la medicina, la
logopedia, la enseñanza y del ámbito del trabajo social, que desarrollan sus
funciones y tareas en los centros públicos de Educación Infantil, Educación
Primaria, Educación Secundaria, Educación de las Personas Adultas y Residencias
Escolares, que integran una zona educativa.
Su trabajo se distingue por el carácter interdisciplinar y
especializado de sus intervenciones, por sus funciones de apoyo y complemento a
las actividades educativas desarrolladas por los mismos centros y por su
contribución a la dinamización pedagógica y a la innovación educativa. Sus
actuaciones las llevan a cabo mediante el desarrollo de programas de
intervención dirigidos al profesorado, al alumnado y a las familias.
¿Qué funciones
desempeñan en relación con el alumnado con necesidades educativas especiales?
En relación con la población escolar que presenta
necesidades educativas especiales, a los Equipos de Orientación Educativa les
corresponde, entre otras funciones, la realización de la evaluación
psicopedagógica, de la que derivan las orientaciones necesarias que permitan el
ajuste de la respuesta educativa del centro a las necesidades educativas de las
personas objeto de estudio. También, les corresponde orientar la elaboración y
aplicación de las medidas de adaptación curricular y realizar su seguimiento y
la evolución. Del mismo modo, elaboran el dictamen de escolarización para
aquellos casos que lo necesiten, indicando la modalidad y las condiciones de
escolarización más adecuadas.
¿Cuántos equipos y
profesionales existen?
En Andalucía existen 144 Equipos de Orientación Educativa,
de los que 136 son equipos de zona y 8 son Equipos Técnicos Provinciales para
la Orientación Educativa y Profesional, con sedes dependientes de las
respectivas Delegaciones Provinciales de la Consejería de Educación y Ciencia.
De ellos, funcionan 3 equipos específicos, para la atención educativa del
alumnado con discapacidad motórica y otros 2 equipos para la atención educativa
del alumnado con discapacidad auditiva y 8 equipos para la atención educativa
del alumnado con discapacidad visual.
Para el apoyo a la educación integrada del alumnado con
ceguera o deficiencia visual, la Consejería de Educación y Ciencia tiene
suscrito un convenio con la ONCE, en virtud del cual funcionan los 8 equipos
citados en el párrafo anterior. Todos ellos están constituidos por
profesionales de ambas instituciones. La Consejería de Educación y Ciencia
aporta 60 profesionales (48 maestros y 12 profesores de ESO).
Los profesionales que, en la actualidad, integran los
Equipos de Orientación Educativa son pedagogos, psicólogos, médicos, logopedas,
maestros, con funciones de compensación educativa, y trabajadores sociales.
Las direcciones de estos equipos pueden consultarse al final
de esta guía.
LOS
DEPARTAMENTOS DE ORIENTACIÓN DE LOS INSTITUTOS DE EDUCACIÓN SECUNDARIA.
Son los recursos internos de orientación de los Institutos
de Educación Secundaria, integrados por un psicólogo o un pedagogo y, según las
características del centro, por un especialista en Audición y Lenguaje o un
especialista en Pedagogía Terapéutica.
El total de Departamentos de Orientación Educativa en la ESO
asciende a 766.
¿Cuáles son sus
funciones con respecto al alumnado con necesidades educativas especiales?
Los Departamentos de Orientación colaboran con los
Departamentos didácticos en la prevención y detección temprana de los problemas
de aprendizaje, en la elaboración de la programación y en la realización de las
adaptaciones curriculares dirigidas al alumnado que las precise. De igual modo,
hacen la evaluación psicológica y pedagógica previa a la toma de decisiones
educativas y participan en la elaboración del consejo orientador sobre el
futuro académico y profesional de los alumnos y alumnas que concluyen su
escolarización en el centro.
LOS INTÉRPRETES DE LENGUA DE SIGNOS ESPAÑOLA
EN EL SISTEMA EDUCATIVO.
Desde el curso 1995-96, la Consejería de Educación y Ciencia
y la Federación Andaluza de Asociaciones de Sordos (FAAS) vienen desarrollando,
en virtud de un acuerdo de colaboración, una experiencia educativa mediante la
cual alumnos y alumnas sordos utilizan los servicios de interpretación de
Lengua de Signos en las sesiones de clase. La función del intérprete no es
docente, su tarea consiste en facilitar la comunicación y la traducción de las
explicaciones del profesorado, la interpretación de gráficas y de otros
materiales complejos.
Esta medida está especialmente dirigida al alumnado con
grandes limitaciones en el empleo del lenguaje oral, que se comunica
fundamentalmente a través de la Lengua de Signos y cuya familia y él mismo han
solicitado expresamente el recurso.
La relación de centros que, al amparo del acuerdo de
colaboración con la Consejería de Educación y Ciencia, disponen de intérprete
de lengua de signos se incluye al final de esta guía.
LA ATENCIÓN EDUCATIVA
AL ALUMNADO CON PROBLEMAS DE SALUD.
1.
El Programa de
Educadores y Educadoras en Centros Sanitarios (Aulas Hospitalarias) que atiende
a los niños y niñas hospitalizados por períodos de media y larga duración, en
la red de hospitales del Servicio Andaluz de Salud.
2.
El Programa de
Atención Educativa Domiciliaria en el que intervienen profesores itinerantes en
coordinación con el profesorado de los centros educativos de referencia.
El
Programa de Educadores y Educadoras en Centros Sanitarios, más conocido como el
programa de aulas hospitalarias, se lleva a cabo en los centros hospitalarios
del Servicio Andaluz de Salud. Los profesores y profesoras de estas aulas, con
dependencia orgánica de la Consejería de Educación y Ciencia, se encuentran
adscritos al Equipo de Orientación Educativa de la zona donde está ubicado el
hospital y trabajan en coordinación con los responsables provinciales del Área
de Solidaridad y Compensación Educativa.
En
el curso 2000-01 funcionan 30 unidades hospitalarias para la atención del
alumnado con enfermedades que requieren hospitalización durante el período de
escolarización obligatoria, en las cuales atiende a una media diaria de 322
escolares hospitalizados.
Este
programa está en funcionamiento desde mayo de 1988, mediante un compromiso
institucional entre las Consejerías de Salud y de Educación y Ciencia.
El
Programa de Atención Educativa Domiciliaria se inició en el año 1995. Desde el
año 1999, se desarrolla mediante un convenio de colaboración entre la
Consejería de Educación Ciencia y la fundación “Save The Children” (antes
Fundación Cooperación y Educación FUNCOE).
La
Consejería de Educación y Ciencia ha renovado, con fecha 16 de marzo de 2000,
el convenio de colaboración con “Save The Children”, con el objetivo de
impulsar, conjuntamente, el programa de atención domiciliaria a niños y niñas
enfermos de larga duración, para darles continuidad a su proceso de
aprendizaje.
La
atención domiciliaria se realiza en coordinación con el maestro o maestra tutor
del centro de referencia, donde el alumnado está matriculado, para facilitar la
integración posterior o la escolarización parcial (durante los períodos en los
que el alumnado pueda asistir) y la organización de las enseñanzas con el
referente del currículo ordinario y su grupo de referencia.
El
objetivo del programa es normalizar y mejorar su calidad de vida durante
períodos de tiempo más o menos largos que pueden provocar retrasos en la
adquisición de conocimientos, destrezas y habilidades, baja autoestima y fracaso
escolar.
Corresponde
a las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Educación y Ciencia la
determinación de las circunstancias que concurren en los escolares afectados
por enfermedades que originan su permanencia en sus domicilios, así como
autorizar que sean atendidos por los profesionales de “Save the Children”.
Los
centros escolares son los encargados de comunicar a la Delegación Provincial
los casos que se vayan presentando y los Equipos de Orientación Educativa
valorarán e informarán respecto de cada escolar que solicite la atención
educativa domiciliaria; a lo cual se unirá el correspondiente diagnóstico
clínico.
El
pasado año 1999 fueron atendidos en sus hogares alrededor de 75 escolares.
LA
AGENCIA EUROPEA PARA EL DESARROLLO DE LAS NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES
LA AGENCIA EUROPEA DE LA EDUCACIÓN ESPECIAL.
En
el mes de noviembre de 1999, Andalucía se incorporó a la Agencia Europea para
el Desarrollo en Necesidades Educativas Especiales. La participación de la
Comunidad Autónoma de Andalucía se canaliza a través de la Consejería de
Educación y Ciencia. La finalidad de está actuación es contribuir al logro de
los objetivos establecidos en la Ley 9/99 de Solidaridad en la Educación,
especialmente la mejora de la calidad de la atención que recibe el alumnado con
necesidades educativas especiales.
Es un organismo de coordinación, colaboración y cooperación internacional cuya finalidad es mantener, transmitir y difundir el conocimiento disponible en cada uno de los países miembros acerca de la educación del alumnado con necesidades educativas especiales para que cada uno de ellos se beneficie de las experiencias, innovaciones, materiales, programas, equipamiento y tecnología desarrollados para compensar las necesidades educativas de este alumnado, adaptándolos a sus peculiaridades y demandas concretas.
Fundamentalmente,
se preocupa por recoger, procesar y distribuir información sobre buenas
prácticas e innovaciones en el ámbito de la educación del alumnado con
necesidades educativas especiales en todos los países socios de la Agencia.
Y también el
fomento de la investigación y la difusión de los resultados en esta área así
como la creación de un foro europeo en materia de perfeccionamiento profesional,
incluyendo la organización de cursos, seminarios, conferencias y visitas de
estudio.
Por otro lado,
desde la Agencia se complementará la aplicación de programas en el marco de la
Unión Europea, de la O.C.D.E., del Consejo de Europa y del Consejo Nórdico, así
como en el de otros organismos internacionales.
¿Quiénes son sus destinatarios?
La
información se dirige no sólo a los expertos en educación y a las autoridades
educativas, sino, fundamentalmente, al profesorado y a los profesionales que
intervienen con este alumnado en los centros educativos.
En cualquier caso, la información
está al alcance de cualquier persona interesada en los campos de la educación
especial y de la educación compensatoria: investigadores, profesorado ordinario
y especializado, equipos directivos, expertos en perfeccionamiento y
actualización profesional, asesores de Centros de Profesores..., servicios de
orientación educativa, servicios de inspección educativa y a las familias,
federaciones o asociaciones, u otras entidades.
Centros
de interés
Para el trienio 1999-2002, se han
propuesto tres nuevos centros de interés sobre los que se ha comenzado la
recogida de información sobre buenas prácticas en el aula, programas de
formación para la transición a la vida adulta y la utilización, difusión e
investigación sobre las nuevas tecnologías aplicadas a la educación especial.
Puede hacerse a través de la red
de representantes: nacionales, de la comunidad autónoma o de la provincia. La
forma más rápida es la comunicación electrónica, vía Internet, a través de la
cual es posible obtener la información incluida en la base de datos y en la
biblioteca de la Agencia. Además de las informaciones generales, cada país
dispone de una página con formato homogéneo, donde refleja lo que considera más
importante de su estructura y funcionamiento (www.european-agency.org).
La página web oficial de la
Agencia en Internet, se perfecciona y amplía continuamente, ofrece información
detallada para la realización de estudios comparativos y un panorama
actualizado de tendencias crecientes o decrecientes en los distintos centros de
interés sobre los que trabaja la Agencia.
La
Agencia Europea en Andalucía
La
Consejería de Educación y Ciencia de la Junta de Andalucía está representada
por la Dirección General de Orientación Educativa y Solidaridad. En cada una de
las ocho Delegaciones Provinciales de Educación y Ciencia, hay un representante
de la Agencia, concretamente el responsable del área de las necesidades
educativas especiales del Equipo Técnico Provincial para la Orientación
Educativa y Profesional.
Desde
la Consejería de Educación y Ciencia se coordina la participación y el
desarrollo de los trabajos y programas propuestos por la Agencia en cada
período, a través de los representantes provinciales
La siguiente relación reúne las disposiciones legales que,
en el ámbito de la atención educativa al alumnado con necesidades educativas
especiales por razón de discapacidad, tienen mayor relevancia; bien porque
determinan líneas generales de actuación o porque desarrollan aspectos muy
concretos para la educación del colectivo.
De cada norma se presenta un extracto del contenido
relacionado con el alumnado con necesidades educativas especiales. La consulta
del texto completo de cada documento puede realizarse en los Boletines
Oficiales de la Junta de Andalucía o en la base de datos de disposiciones
legislativas de la página web de la Consejería de Educación y Ciencia de la
Junta de Andalucía.
|
NORMATIVA
REGULADORA DE LA EDUCACIÓN INFANTIL |
|
|
DENOMINACIÓN |
ASPECTOS QUE
ABORDA SOBRE ACNEE |
|
Decreto 107/92, de 9 de junio, por el
que se establece las enseñanzas correspondientes a la educación infantil en
Andalucía (BOJA 20-6-1996). |
·
Compromiso
con un modelo de escuela comprensiva y abierta a la diversidad. ·
Incluye la
orientación y la acción tutorial como función docente, entre cuyas funciones
destacan: el conocimiento de las necesidades educativas del alumnado y la
adopción de medidas de atención. ·
Establece la
aplicación de medidas de adaptación curricular. |
|
Orden de 16 de marzo de 1993, por la
que se establecen criterios y orientaciones para la elaboración de Proyectos
Curriculares de Centro y secuenciación de contenidos en la Educación Infantil
(BOJA 6-5-1993). |
·
Orienta la
elaboración de los proyectos curriculares considerando las características
del alumnado con discapacidad. ·
Aporta sugerencias
para la priorización, selección y organización de los contenidos,
considerando las características del alumnado al que va destinado. |
|
Orden de 1 de febrero de 1993, por la
que se regula la evaluación en Educación Infantil en la Comunidad Autónoma
Andaluza (BOJA 23-2-1993). |
·
Determina un
procedimiento de evaluación del aprendizaje del alumnado, que parte de la
evaluación inicial y se concreta en la evaluación continua y formativa, para
asegurar la aplicación de las medidas de apoyo pertinentes y el seguimiento
de la evolución de las mismas. ·
En el
informe de evaluación individualizado, recoge una síntesis de las
dificultades de aprendizaje y de las medidas específicas que se adoptaron. |
|
NORMATIVA
REGULADORA DE LA EDUCACIÓN PRIMARIA |
|
|
DENOMINACIÓN |
ASPECTOS QUE
ABORDA SOBRE ACNEE |
|
Decreto 105/92, de 9 de junio, por el
que se establecen las Enseñanzas correspondientes a la Educación Primaria en
Andalucía (BOJA 20-6-1992). |
·
Compromiso
con un modelo de escuela comprensiva y abierta a la diversidad. ·
Incluye la
orientación y la acción tutorial como función docente, entre cuyas funciones
destacan: el conocimiento de las necesidades educativas del alumnado y la
adopción de medidas de atención. ·
Establece la
aplicación de medidas de adaptación curricular. |
|
Orden de 5 de noviembre de 1992, por
la que se establecen criterios y orientaciones para la elaboración de
Proyectos Curriculares de Centro y secuenciación de contenidos en la
Educación Primaria (BOJA 12-12-1992). |
·
Orienta la
elaboración de los proyectos curriculares considerando las características
del alumnado con discapacidad. ·
Aporta
sugerencias para la priorización, selección y organización de los contenidos,
considerando las características del alumnado al que va destinado. |
|
Orden de 1 de febrero de 1993, por la
que se regula la evaluación en Educación Primaria en la Comunidad Autónoma
Andaluza (BOJA 23-2-1993). Adaptada por la Orden de 2 de junio de 1993. |
·
Determina un
procedimiento de evaluación del aprendizaje del alumnado, que parte de la
evaluación inicial y se concreta en la evaluación continua y formativa, para
asegurar la aplicación de las medida de apoyo pertinentes y el seguimiento de
la evolución de las mismas. ·
En el
informe de evaluación individualizado, recoge una síntesis de las
dificultades de aprendizaje y de las medidas específicas que se adoptaron. |
|
NORMATIVA
REGULADORA DE LA EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA |
|
|
DENOMINACIÓN |
ASPECTOS QUE
ABORDA SOBRE ACNEE |
|
Decreto 106/92, de 9 de junio, por el
que se establecen las Enseñanzas correspondientes a la Educación Secundaria
Obligatoria en Andalucía (BOJA 20-6-1992). Modificado por el Decreto
262/1996, de 28 de mayo (BOJA 17-8-1996) |
·
Compromiso
con un modelo de escuela comprensiva y abierta a la diversidad. ·
Incluye la
orientación y la acción tutorial como función docente, entre cuyas funciones
destacan: el conocimiento de las necesidades educativas del alumnado y la
adopción de medidas de atención. ·
Establece la
aplicación de medidas de adaptación curricular. |
|
Orden de 1 de febrero de 1993, por la
que se regula la evaluación en Educación Secundaria Obligatoria en la
Comunidad Autónoma Andaluza (BOJA 23-2-1993). |
·
Determina un
procedimiento de evaluación del aprendizaje del alumnado, que parte de la
evaluación inicial y se concreta en la evaluación continua y formativa, para
asegurar la aplicación de las medida de apoyo pertinentes y el seguimiento de
la evolución de las mismas. ·
En el
informe de evaluación individualizado, recoge una síntesis de las
dificultades de aprendizaje y de las medidas específicas que se adoptaron. |
|
Orden de 28 de octubre de 1993, por
la que se establecen criterios y orientaciones para la elaboración de
Proyectos Curriculares de Centro y secuenciación de contenidos, así como la
distribución horaria y de materias optativas en la Educación Secundaria
Obligatoria (BOJA 7-12-1993). |
·
Orienta la
elaboración de los proyectos curriculares considerando las características
del alumnado con discapacidad. ·
Aporta
sugerencias para la priorización, selección y organización de los contenidos,
considerando las características del alumnado al que va destinado. |
|
Orden de 20 de julio de 1995, por la
que se regulan los programas de diversificación curricular en la Comunidad
Autónoma de Andalucía durante el período de implantación anticipada de la
Educación Secundaria Obligatoria (BOJA 29-8-1995). |
·
Define los
programas de diversificación curricular y sus destinatarios. No es una medida
específica para el alumnado con necesidades educativas especiales, pero está
abierta a éste colectivo. ·
Su finalidad
es reordenar el currículum de tercero y cuarto de E.S.O. para facilitar la
obtención de la titulación básica. |
|
Orden de 21 de febrero de 2000, por
la que se regula la optatividad en la Enseñanza Secundaria Obligatoria (BOJA
2000). |
·
Crea nuevas
optativas de refuerzo en las áreas de Matemáticas y en 1º, 2º y 3º de E.S.O. ·
Amplía el
catálogo de optativas para responder a los intereses y motivaciones diversas
del alumnado. |
|
Instrucciones de 19 de septiembre de
2000, de la Dirección General de Planificación y Ordenación Educativa, sobre
la organización y realización con carácter experimental de actividades de
atención a la diversidad en los centros que imparten Educación Secundaria
Obligatoria incluidos en el Plan de Apoyo a centros docentes de Zonas de
Actuación Educativa Preferente. |
·
Su finalidad
es facilitar la superación de los problemas de aprendizaje que puedan
provocar desfases en el proceso formativo e incidir en el rendimiento de
dicho alumnado, teniendo una mayor importancia estas actividades en los
centros incluidos en Plan de Apoyo a centros docentes de Zonas de Actuación
Educativa Preferente por las características socioeducativas de los mismos. |
|
NORMATIVA
REGULADORA DEL BACHILLERATO |
|
|
DENOMINACIÓN |
ASPECTOS QUE
ABORDA SOBRE ACNEE |
|
Decreto 126/1994, de 7 de junio, por
el que se establecen las Enseñanzas correspondientes al Bachillerato en
Andalucía (BOJA 26-7-1994). |
·
Incluye la
orientación y la acción tutorial como función docente, entre cuyas funciones
destacan: el conocimiento de las necesidades educativas del alumnado y la
adopción de medidas de atención. ·
Establece la
aplicación de medidas de adaptación curricular. |
|
Orden de 29 de julio de 1994, por la
que se establecen orientaciones y criterios para la elaboración de Proyectos
Curriculares de Centro, así como los horarios lectivos, los itinerarios
educativos y las materias optativas del Bachillerato (BOJA 10-8-1994). |
·
Orienta la
elaboración de los proyectos curriculares considerando las características
del alumnado con discapacidad. ·
Aporta
sugerencias para la priorización, selección y organización de los contenidos,
considerando las características del alumnado al que va destinado. |
|
NORMATIVA
REGULADORA DE LA ATENCIÓN EDUCATIVA AL ALUMNADO CON NEE |
|
|
DENOMINACIÓN |
ASPECTOS QUE
ABORDA SOBRE ACNEE |
|
Ley 9/ 1999, de 18 de noviembre de
2000, de Solidaridad en la Educación (BOJA 2-12-1999). |
· Su objeto es
garantizar la igualdad de oportunidades en la educación mediante actuaciones
de compensación. · El principio general
de las actuaciones previstas es “alcanzar dentro del Sistema Educativo los
objetivos establecidos con carácter general” para todo el alumnado. · Son destinatarios de
esta Ley, los alumnos y alumnas: -
Con discapacidad física, psíquica, sensorial y con trastornos del
comportamiento en sus diversos tipos y grados. -
Provenientes de familias y sectores desfavorecidos por factores
socioculturales. -
Residentes en el medio Rural. -
Hijos de familias de temporeros y profesiones itinerantes. -
Pertenecientes a minorías étnicas o culturales. -
Afectados por enfermedad, hospitalizados. -
Sometidos a resoluciones judiciales. · Entre los objetivos
que se propone, destacan los siguientes: -
Mejorar las condiciones de escolarización del ACNEE -
Potenciar el valor de la interculturalidad. -
Desarrollar actitudes de comunicación y respeto. -
Garantizar la continuidad de la escolarización. -
Impulsar la coordinación y colaboración institucional. ¨ Entre los programas a
través de los cuales se trabajará en pro de la consecución de los objetivos
de la Ley figuran: -
Programas de colaboración y apoyo familiar. -
Programas que fomenten la investigación y renovación pedagógica. -
Programas para la elaboración de materiales curriculares y de apoyo que
faciliten la intervención del profesorado y de los centros docentes en la
formación del ACNEE. -
Programas de compensación educativa en centros con alumnado de sectores
desfavorecidos socioculturalmente. -
Programas de seguimiento escolar de “lucha contra el absentismo”, que
garanticen la continuidad de la escolarización. -
Programas de Garantía Social. -
Programas para la erradicación del analfabetismo. ¨ Entre las actuaciones
a través de las cuales se trabajará en pro de la consecución de los objetivos
de la Ley figuran: - La escolarización del alumnado con necesidades educativas especiales mediante una distribución equilibrada y disminución de ratio la profesor/alumno. -
Medidas para asegurar la continuidad del proceso educativo. -
Servicios complementarios a la escolarización: transporte, comedor,
residencias. -
Incentivos al profesorado por los destinos en puestos de difícil
desempeño. -
Atención específica y preferente por parte de los servicios de
orientación y de formación a los centros que atienden alumnado con
necesidades educativas especiales. -
Participación en programas de
cooperación con otras Administraciones y con otros países de la Unión
Europea. |
|
Ley 1/1999, de 31 de marzo, de
atención a las personas con discapacidad en Andalucía (BOJA 17-4-1999). |
·
Establece la
atención integral a las personas con discapacidad en cuanto a salud,
educación, integración laboral, servicios sociales, ocio, cultura, deporte,
accesibilidad arquitectónica, etc. ·
El título
III: -
Reconoce el
derecho a la atención educativa específica, a la prevención, detección y
atención temprana, a la evaluación psicopedagógica, al uso de sistemas de
comunicación alternativos, medios técnicos, didácticos y nuevas tecnologías. -
Establece la
escolarización en régimen de integración y sólo cuando no se puedan atender
las necesidades se realizará en centros específicos. -
Reconoce la
prioridad en el acceso a la educación postobligatoria y la dotación de
medios. -
Se
compromete la convocatoria de becas y ayudas económicas individuales para el
desplazamiento, residencia y manutención. -
Establece la
orientación educativa y laboral para el alumnado con discapacidad y sus
familias al término de la escolarización. |
|
Orden de 13 de julio de 1994, por la
que se regula el procedimiento de diseño, desarrollo y aplicación de
adaptaciones curriculares en los Centros docentes de Educación Infantil,
Primaria y Secundaria de la Comunidad Autónoma de Andalucía (BOJA 10-8-1994). |
·
Define las
adaptaciones curriculares y sus modalidades. ·
Establece un
procedimiento para su elaboración, aplicación y seguimiento. ·
Determina
qué agentes intervienen en su elaboración y aplicación. ·
Establece
cómo se realizará la supervisión y autorización de esta medida por parte de
la Inspección Educativa. |
|
Orden de 18 de noviembre de 1996, por
la que se complementan y modifican las órdenes de la Consejería de Educación
y Ciencia sobre Evaluación en las Enseñanzas de Régimen General establecidas
por la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del
Sistema Educativo en la Comunidad Autónoma de Andalucía (BOJA 12-12-1996). |
·
Establece
los criterios para la evaluación de los alumnos con necesidades educativas
especiales: adecuación de los criterios generales o adopción de los
establecidos en su adaptación curricular. ·
Se regula la
flexibilización del período de escolarización y la permanencia de un curso
más sobre los establecidos con carácter general en las etapas de infantil,
primaria y secundaria para los alumnos con necesidades educativas especiales. ·
Se regula la
exención de determinadas áreas o materias en el bachillerato para alumnos con
trastornos graves de la visión, audición o motricidad. ·
Determina la
posibilidad de fragmentar el bachillerato para el alumnado con necesidades
educativas especiales y las medidas de evaluación en formación profesional. |
|
Orden de 9 de septiembre de 1997, por
la que se regulan determinados aspectos de la organización y el
funcionamiento de las Escuelas Públicas de Educación Infantil y de los
Colegios Públicos de Educación Primaria de la Comunidad Autónoma de Andalucía
(BOJA 9-9-1997). |
·
Dedica el
capítulo VII a la “integración del alumnado con necesidades educativas
especiales” y en él desarrolla las funciones del maestro de apoyo a la
integración, la organización del apoyo y las intervenciones especializadas. ·
En el
capítulo VIII se establecen normas para la organización de los centros
específicos de educación especial. |
|
Orden de 9 de septiembre de 1997, por
la que se regulan determinados aspectos de la organización y el
funcionamiento de los Institutos de Educación Secundaria de la Comunidad
Autónoma de Andalucía (BOJA 9-9-1997). |
·
Dedica el
capítulo VII a la “integración del alumnado con necesidades educativas
especiales” y en él se dan orientaciones para la organización de la atención
a este alumnado. |
|
Instrucciones de 5 de julio de 1999,
de las Direcciones Generales de Planificación y Ordenación Educativa y de
Orientación Educativa y Solidaridad, para la organización de la atención
educativa del alumnado con necesidades educativas especiales, por razón de
discapacidad, en los Institutos de Educación Secundaria autorizados para la
integración, a partir del curso 1999-2000. |
·
Determina el
procedimiento de evaluación y decisión de escolarización en los I.E.S. ·
Define las
modalidades de atención educativa en estos centros. ·
Delimita la
responsabilidad del orientador, los departamentos didácticos y los profesores
especialistas. |
|
Orden de 28 de marzo de 2000, por la
que se convocan plazas subvencionadas de Residencia Escolar o Escuela Hogar
para facilitar la escolarización del alumnado en los niveles de educación
obligatoria en el curso 2000-01 (BOJA 11-4-2000). |
·
Establece
las condiciones y el procedimiento para la solicitud de convenios con
entidades y asociaciones sin ánimo de lucro para concertar plazas de
internado para alumnado con necesidades educativas especiales gravemente
afectados. |
|
NORMATIVA
REGULADORA DE LA ADMISIÓN Y MATRICULACIÓN DEL ALUMNADO |
|
|
DENOMINACIÓN |
ASPECTOS QUE
ABORDA SOBRE ACNEE |
|
Decreto 72/1996, de 20 de febrero,
por el que se regulan los criterios de admisión de alumnos y alumnas en los
Centros docentes públicos y concertados de la Comunidad Autónoma de
Andalucía, a excepción de los universitarios (BOJA 12-3-1996). |
·
Dedica el
capítulo IV a la escolarización del ACNEE. ·
En el
capítulo V se establecen las funciones de las comisiones de escolarización y
su actuación con respecto a la escolarización del ACNEE |
|
Orden de 16 de febrero de 1999, sobre
escolarización y matriculación de alumnos y alumnas en los Centros Docentes
Públicos y Privados Concertados, a excepción de los universitarios (BOJA
25-2-1999). |
·
Establece,
que los centros darán publicidad en su tablón de anuncios de los puestos escolares
vacantes, incluyendo los destinados a atender al ACNEE por razón de
discapacidad, de conformidad con la planificación de la Consejería de
Educación y Ciencia. ·
Recuerda, la
obligatoriedad de escolarizar al ACNEE por parte de los centros públicos y privados
concertados (conforme al Decreto 72/1996, artículo 22). ·
Establece la
concesión de un punto adicional, en los criterios de admisión en los alumnos
y alumnas con minusvalías físicas, psíquicas o sensoriales, y la forma de
acreditar dicha minusvalía. ·
Recoge entre
las funciones de las Comisiones de Escolarización de la localidad: -
Arbitrar
medidas para la escolarización del ACNEE perteneciente a minorías con
condiciones sociales y culturales que dificulten su integración escolar. -
Garantizar
la escolarización del ACNEE con discapacidad en los centros de la localidad
y, en su caso, elevar a la Comisión Provincial de Escolarización los casos no
resueltos que precisan unas condiciones específicas no disponibles en la
zona. |
|
Instrucciones, de 22 de febrero de 2000,
de la Viceconsejería de Educación y Ciencia, sobre la planificación de la
escolarización en los centros docentes públicos y privados concertados, no
universitarios, para el curso académico 2000-01. |
·
Establece la
ratio profesor/alumno con necesidades educativas especiales : °
En unidades
ordinarias: 3 alumnos con necesidades educativas especiales por grupo, como
máximo. °
En unidades
y centros específicos de Educación Especial: -
D. Psíquica:
6–8. -
D.
Sensorial: 6–8. -
D.
Física/Motórica: 8–10. -
Autismo o T.
Psicóticos: 3–5. -
Plurideficiencias:
4–6. -
Máximo 5
alumnos en unidades que atienden varias discapacidades. ·
Determina el procedimiento de escolarización
del ACNEE por razón de discapacidad: -
Criterios para resolver la
escolarización:
existencia de vacantes, características del alumno, especialización del
centro, recursos de que dispone y lo solicitado por los representantes del
alumno. -
Dictamen de escolarización: ° Competencia de los EOE. Se realiza cuando
se ingresa por vez primera en el sistema educativo o cuando se promociona a
la educación secundaria. ° Contendrá: evaluación psicopedagógica,
estimación de ayudas, apoyos y adaptaciones, propuesta de modalidad de
escolarización. ° El EOE lo comunica a los
representantes legales del alumno o alumna. -
Modalidades de escolarización: grupo ordinario a tiempo
completo, grupo ordinario en periodos variables, aula específica en centro
ordinario, centro específico. (Para la escolaridad obligatoria.) -
Resolución del proceso de
escolarización, cuando los recursos existentes en el centro no son adecuados:
el EOE remite el
dictamen al Servicio de Inspección, para que informe al Delegado Provincial y
que éste decida teniendo en cuenta la disponibilidad de centros y recursos y
la opinión de los padres. -
Edad límite para la
escolarización en centros de educación primaria: 14 años. -
Edad límite para la
escolarización en centros de educación secundaria: 20 años. |
RELACIÓN DE RECURSOS
RELACIÓN PROVINCIALIZADA DE CENTROS ESPECÍFICOS DE EDUCACIÓN
ESPECIAL
ALMERÍA:
|
TITULARIDAD |
NOMBRE |
DIRECCIÓN |
CÓDIGO
POSTAL |
LOCALIDAD |
TELÉFONO |
|
PÚBLICO |
PROVINCIAL
PRINCESA SOFÍA |
Carrera
Alhadra, 61 |
04009 |
ALMERÍA |
950 14 36 16 |
|
PÚBLICO |
CENTRO DE
APOYO INTEGRACIÓN DE SORDOS “ROSA RELAÑO “ |
Carrera de
los Limoneros, 15 |
04006 |
ALMERÍA |
950 26 75 82 |
|
CONCERTADO |
ASPRODESA |
C/ Estadio,
s/nº |
04700 |
EL EJIDO
(San Agustín) |
950 53 61 53 |
|
CONCERTADO |
TRADE
“JESÚS” |
C/ José
Maria Acosta, 16 |
04002 |
ALMERÍA |
950 27 30 40 |
CÁDIZ:
|
TITULARIDAD |
NOMBRE |
DIRECCIÓN |
CÓDIGO
POSTAL |
LOCALIDAD |
TELÉFONO |
|
PÚBLICO |
VIRGEN DE LA
ESPERANZA |
Avda. Ramón
Puyol, 1 |
11202 |
ALGECIRAS |
956 66 09 79 |
|
CONCERTADO |
INST.PSICOPEDAGÓGICO
CRUZ ROJA (AFANAS) |
José Cadalso, s/nº |
11012 |
CÁDIZ |
956 25 04 84 |
|
CONCERTADO |
MERCEDES
CARBÓ (AFANAS
PUERTO) |
Pol. Ind.
Las Salinas C/ Embalse,
s/nº |
11500 |
EL PUERTO DE
SANTA MARÍA |
956 54 34 33 |
|
CONCERTADO |
ÁNGEL DE LA
GUARDA (AFANAS S.
FERNANDO / aulas) |
Juan
Sebastián Elcano, s/nº |
11100 |
SAN FERNANDO |
956 80 00 33 |
|
PÚBLICO |
VIRGEN DEL
AMPARO |
Vía Parque,
s/nº |
11300 |
LA LÍNEA DE
LA CONCEPCIÓN |
956 17 00 43 |
|
CONCERTADO |
MERCEDES
CARBÓ |
Virgen
Milagrosa, 130 |
11500 |
PUERTO DE
SANTA MARIA |
956 853853 |
|
CONCERTADO |
VIRGEN DEL
PILAR (AFANAS) |
Pago de la
Jara, s/nº |
11540 |
LA JARA |
956 38 90 19 |
|
PÚBLICO |
CENTRO DE
EDUCACIÓN ESPECIAL PARA SORDOS “RANCHO DE LOS COLORES” |
Rancho de
Colores, s/nº |
11408 |
JEREZ DE LA
FRONTERA |
956 23 70 17 |
|
PÚBLICO |
NTRA. SRA.
DE LA MERCED |
Afanas, s/nº |
11405 |
JEREZ DE LA
FRONTERA |
956 18 26 08 |
|
PÚBLICO |
PUEBLOS
BLANCOS |
Ctra. de
Jerez, s/nº |
11650 |
VILLAMARTÍN |
956 73 04 93 |
|
CONCERTADO |
VIRGEN DE
LOURDES |
Cruz Verde,
73 |
11510 |
PUERTO REAL |
956 83 13 76 |
|
CONCERTADO |
S.A.R.
INFANTA DÑA. CRISTINA |
Santo
Entierro, s/nº |
11100 |
SAN FERNANDO |
956 89 73 53 |
CÓRDOBA:
|
TITULARIDAD |
NOMBRE |
DIRECCIÓN |
CÓDIGO
POSTAL |
LOCALIDAD |
TELÉFONO |
|
CONCERTADO |
MARIA
MONTESSORI (APROSUB) |
Ctra.
Badajoz-Granada, Km.328 |
14840 |
CASTRO DEL
RÍO |
957 37 01 94 |
|
PÚBLICO |
VIRGEN DE LA
ESPERANZA |
Encarnación
Agustina, 1 |
14002 |
CÓRDOBA |
957 48 21 69 |
|
CONCERTADO |
MARIA
MONTESSORI (APROSUB) |
Avda. del
Brillante, 76 |
14012 |
CÓRDOBA |
957 27 49 50 |
|
CONCERTADO |
SANTO ÁNGEL |
Beato Henares, s/nº |
14009 |
CÓRDOBA |
957 20 14 68 |
|
CONCERTADO |
SAN JORGE
(AMARA) |
Cervantes, 5 |
14900 |
LUCENA |
957 50 06 94 |
|
CONCERTADO |
NIÑO JESÚS |
San Juan de
Dios, 16 |
14940 |
CABRA |
957 52 05 10 |
|
CONCERTADO |
NTRA. SRA.
DEL ROSARIO (APROSUB) |
Ctra.
Estación, s/nº |
14200 |
PEÑARROYA-PUEBLONUEVO |
957 57 05 96 |
|
CONCERTADO |
EL MOLINILLO (APROSUB) |
Avda. del
Trabajo, 20 |
14550 |
MONTILLA |
957 65 20 05 |
|
CONCERTADO |
MANUEL
BENÍTEZ (APROSUB) |
Félix
Rodríguez de la Fuente, s/nº |
14700 |
PALMA DEL
RÍO |
957 64 35 79 |
GRANADA:
|
TITULARIDAD |
NOMBRE |
DIRECCIÓN |
CÓDIGO
POSTAL |
LOCALIDAD |
TELÉFONO |
|
CONCERTADO |
PURÍSIMA
CONCEPCIÓN |
Ctra. de
Pulianas, 35 |
18013 |
GRANADA |
958 20 02 11 |
|
CONCERTADO |
CLÍNICA SAN
RAFAEL |
San Juan de
Dios, 19 |
18001 |
GRANADA |
958 27 57 00 |
|
CONCERTADO |
SANTA TERESA
DE JESÚS (ASPROGRADES) |
Santa Adela,
35 Barriada del
Zaidín |
18007 |
GRANADA |
958 81 24 09 |
|
CONCERTADO |
SAGRADA
FAMILIA |
Ctra. de la
Sierra, 1 |
18008 |
GRANADA |
958 22 46 38 |
|
CONCERTADO |
NUESTRA
SEÑORA DE LA ESPERANZA |
Avda.
Colmenar, s/nº |
18500 |
GUADIX |
958 60 06 00 958 66 07 45 |
|
CONCERTADO |
LUIS PASTOR
(APROSMO) |
Ctra. del
Puntalón Cortijo El
Conde |
18600 |
MOTRIL |
958 60 37 02 |
|
PÚBLICO |
JEAN PIAGET |
Avda. de la
Diputación, s/nº |
18100 |
ARMILLA |
958 57 16 26 958 59 72 62 |
HUELVA:
|
TITULARIDAD |
NOMBRE |
DIRECCIÓN |
CÓDIGO
POSTAL |
LOCALIDAD |
TELÉFONO |
|
CONCERTADO |
NUESTRA SRA.
DE LOS MILAGROS (ASPROMÍN) |
Camino Real,
s/nº |
21650 |
EL CAMPILLO |
959 58 82 39 |
|
PÚBLICO |
SAGRADA
FAMILIA |
Ctra.
Huelva-Sevilla, km. 636 Apartado de
correos 53 |
21008 |
HUELVA |
959 22 11 66 |
|
CONCERTADO |
VIRGEN DE LA
CINTA (ASPAPRONIAS) |
Plgno. San
Sebastián, s/nº |
21006 |
HUELVA |
959 22 30 33 |
|
CONCERTADO |
CASA HOGAR
EL CRISTO ROTO |
Alto de la
Era, s/nº |
21500 |
GIBRALEÓN |
959 30 00 00 |
JAÉN:
|
TITULARIDAD |
NOMBRE |
DIRECCIÓN |
CÓDIGO
POSTAL |
LOCALIDAD |
TELÉFONO |
|
CONCERTADO |
PSICOPEDAGÓGICO
VIRGEN DE LA CAPILLA |
Ctra.
Circunvalación, s/nº |
23002 |
JAÉN |
953 23 13 07 |
|
CONCERTADO |
VIRGEN DE
LINAREJOS (APROMPSI) |
Plaza de la
Iglesia, 3 |
23700 |
LINARES |
953 69 24 60 |
|
PÚBLICO |
ANTONIO
MACHADO |
Ctra. de
Baeza, s/nº |
23400 |
ÚBEDA |
953 75 36 11 |
MÁLAGA:
|
TITULARIDAD |
NOMBRE |
DIRECCIÓN |
CÓDIGO
POSTAL |
LOCALIDAD |
TELÉFONO |
|
PÚBLICO |
SANTA ROSA
DE LIMA |
Barriada
Portada Alta Correg.
Carlos Garrafa, s/nº |
29007 |
MÁLAGA |
952 33 33 84 |
|
CONCERTADO |
DULCE NOMBRE
MARIA |
Manuel del
Palacio, 17 |
29017 |
MÁLAGA |
952 29 04 99 |
|
CONCERTADO |
LA PURÍSIMA
(SORDOS) |
Dr. Escassi,
12 |
29010 |
MÁLAGA |
952 30 57 46 |
|
CONCERTADO |
CIMPER |
Carlos Haya,
156 |
29010 |
MÁLAGA |
952 39 53 95
|
|
CONCERTADO |
C.E.P.E.R. |
Cerraja,
s/nº Puertosol-Puerto
Torre |
29190 |
MÁLAGA |
952 43 19 00 |
|
PÚBLICO |
REINA SOFÍA |
Santa
Catalina, s/nº |
29200 |
ANTEQUERA |
952 84 38 15 |
|
CONCERTADO |
A.P.R.O.N.A. |
C/ José Luis
Díez, s/nº |
29680 |
ESTEPONA |
952 80 32 84 |
|
CONCERTADO |
ASPANDEM |
Edificio El
Arquillo Avda.
Príncipe de Asturias, s/nº |
29670 |
S. PEDRO DE
ALCÁNTARA |
952 78 11 45 |
SEVILLA:
|
TITULARIDAD |
NOMBRE |
DIRECCIÓN |
CÓDIGO
POSTAL |
LOCALIDAD |
TELÉFONO |
|
CONCERTADO |
SAN JUAN DE
DIOS "N.P.
JESÚS DEL GRAN PODER" |
Ctra.
Sevilla-Málaga, km. 14 |
41500 |
ALCALÁ DE
GUADAíRA |
955 68 74 00 |
|
CONCERTADO |
TALITA KUM |
Ctra. Alcalá
de Guadaíra, km. 1’5 |
41500 |
ALCALÁ DE
GUADAíRA |
955 61 16 68 |
|
PÚBLICO |
JOSÉ BLANCO
WHITE (DIPUTACIÓN) |
Ctra. de
Isla Menor, s/nº Cortijo El
Cuarto |
41014 |
BELLAVISTA |
954 69 08 00 |
|
PÚBLICO |
VIRGEN
MACARENA |
Juan de
Robles, 9 |
41009 |
SEVILLA |
954 38 61 58 |
|
PÚBLICO |
VIRGEN
ESPERANZA |
Recaredo, 41 |
41003 |
SEVILLA |
954 42 19 61 |
|
CONCERTADO |
INSTITUTO
DOCTOR SACRISTÁN |
Isaac Peral,
3 |
41013 |
SEVILLA |
954 61 48 50 |
|
CONCERTADO |
DISPENSARIO
SAN PELAYO |
Álvar Núñez
Cabeza de Vaca, 4 |
41007 |
SEVILLA |
954 51 19 28 |
|
CONCERTADO |
ATUREM |
Avda. de
Kansas City, 66 |
41007 |
SEVILLA |
954 52 08 18 |
|
CONCERTADO |
INSTITUTO DE
PSICOPEDIATRÍA |
Ctra. de
Málaga, km. 4 (Bda.
Torreblanca de los Caños) |
41016 |
SEVILLA |
954 25 46 25 |
|
CONCERTADO |
LUIS BRAILLE
(ANTES S. LUIS GONZAGA) |
Ctra.
Alcalá, km. 4’6 Apartado 430 |
41016 |
TORREBLANCA
DE LOS CAÑOS |
954 51 57 11 |
|
CONCERTADO |
MARUJA DE
QUINTA |
Plaza de
Gibaxa, 4 |
41710 |
UTRERA |
954 85 08 22 |
|
CONCERTADO |
ARCO |
Patricio
Sáenz, 15 |
41003 |
SEVILLA |
954 37 83 11 |
|
PÚBLICO |
ABEN BASSO
(PARAL.CEREBRALES) |
Avda. de
Jerez, 26 |
41012 |
SEVILLA |
954 68 00 37 |
|
CONCERTADO |
PABLO
MONTESINOS |
C/ Miletos,
s/nº Plg. San
Pablo, BarRIO C |
41007 |
SEVILLA |
954 51 28 29 |
|
PÚBLICO |
NTRA.SRA.DE
LA MERCED |
Plaza de la
Merced |
41640 |
OSUNA |
954 81 11 57 |
EQUIPOS
DE ORIENTACIÓN EDUCATIVA
RELACIÓN
DE EQUIPOS POR PROVINCIAS
PROVINCIA: ALMERÍA
SEDE DE LOS EQUIPOS DE ZONA
|
NOMBRE |
DIRECCIÓN
POSTAL |
TELÉFONO |
|
C/ Ingenio, 1 04770 ADRA |
950-22 58 30 |
|
|
ALCAZABA |
Arcipreste de Hita, 26 04006 ALMERÍA |
950-22 58 30 |
|
ARGAR |
Ctra. de Águilas 04610 CUEVAS DE ALMANZORA |
950-45 68 72 |
|
BENÍNAR |
Parque Rodríguez de la Fuente s/n 04760 BERJA |
950-49 25 62 |
|
CAMPOS DE NÍJAR |
C/ Jardín, 11 04117 SAN ISIDRO |
950-36 71 10 |
|
FILABRES |
C/ Rodríguez Carmona, 7 04200 TABERNAS |
950-35 24 06 |
|
HUÉRCAL-OVERA |
C/ Paseo de la Alameda, 10 04600 HUÉRCAL-OVERA |
950-47 05 01 |
|
MÁRMOL |
C/ Mercado. Edif. Casino s/n 04860 OLULA DEL RÍO |
950-44 14 21 |
|
MILLARES |
C/ Artes de Arcos, s/n 04400 ALHAMA de ALMERÍA |
950-64 07 49 |
|
MÓNSUL |
C/ Arcipreste de Hita, 26 04006 ALMERÍA |
950-22 97 31 |
|
MURGI (PONIENTE) |
Avda. Oasis, s/n 04700 EL EJIDO |
950-57 21 06 |
|
SABINAL |
C/ Juan de Austria, 74 04720 AGUADULCE |
950-34 07 23 |
|
URCI |
C/ Arcipreste de Hita, 22 04006 ALMERÍA |
950-22 78 22 |
|
VÉLEZ |
C/ Mesón, 1 04820 VÉLEZ RUBIO |
950-41 03 85 |
|
Sede |
Dirección |
Teléfono y otras comunicaciones |
|
Delegación Provincial |
Paseo de la Caridad, 125. Finca Santa Isabel, s/n. 04008 ALMERÍA |
950-23 23 78 Fax 950- 23 02 73 |
PROVINCIA: CÁDIZ
SEDE DE LOS EQUIPOS DE ZONA
|
NOMBRE |
DIRECCIÓN
POSTAL |
TELÉFONO |
|
BAHÍA I-CHICLANA |
C/ Churruca, 20 11130 CHICLANA DE LA FRONTERA |
956-40 04 95 |
|
BAHÍA II-SAN FERNANDO |
C/ Real, 210 11100 SAN FERNANDO |
956-88 58 88 |
|
BAHÍA III-PUERTO STA. MARÍA |
Av.Menesteo,s/n 11500 EL PUERTO SANTA MARÍA |
956-54 15 04 |
|
BAHÍA IV-PUERTO REAL |
Paseo de las Canteras s/n 11510 PUERTO REAL |
956-83 20 11 |
|
BAJO GUADALQUIVIR I |
C/ Pérez Galdós, 17 11540 SANLÚCAR DE BARRAMEDA |
956-38 80 00 |
|
BAJO GUADALQUIVIR II |
C/ Buenavista, 3 11520 ROTA |
956-84 01 31 |
|
CÁDIZ |
Avda. de la Bahía, 27 11012 CÁDIZ |
956- 26 66 68 |
|
CAMPO GIBRALTAR I-LA LÍNEA |
C/ Cartagena, s/n 11300 LA LÍNEA DE LA CONCEPCIÓN |
956-76 04 18 |
|
CAMPO GIBRALTAR II |
C/ Lanzarote, s/n 11203 ALGECIRAS |
956-63 44 26 |
|
CAMPO GIBRALTAR III |
Edificio Los Regidores s/n 11360 SAN ROQUE |
956-78 12 76 |
|
JEREZ DE LA FRONTERA |
Alameda Cristina, 11 11403 JEREZ DE LA FRONTERA |
956-34 00 40 956-34 52 23 |
|
LA JANDA I |
Avda de Andalucía, s/n 11150 VEJER DE LA FRONTERA |
956-45 01 07 |
|
LA JANDA II |
C/ San Juan, 12 11170 MEDINA-SIDONIA |
956-41 24 44 |
|
SIERRA I-ARCOS |
Av de la Constitución s/n 11630 ARCOS DE LA FRONTERA |
956-70 30 16 |
|
SIERRA II-VILLAMARTÍN |
C/ Prado del Rey, s/n 11650 VILLAMARTÍN |
956-73 04 84 |
|
SIERRA III-OLVERA |
Pza. de la Concordia, s/n 11690 OLVERA |
956-13 13 01 |
|
SIERRA IV UBRIQUE |
C/ Jesús, 76 11600 UBRIQUE |
956- 46 28 57 |
SEDE DEL EQUIPO PROVINCIAL
|
Sede |
Dirección |
Teléfono y otras comunicaciones |
|
C/ Antonio López, 1 y 3 11004 CÁDIZ |
956-00 68 87 Fax 956-80 91 93 |
PROVINCIA: CÓRDOBA
SEDE DE LOS EQUIPOS DE ZONA
|
NOMBRE
|
DIRECCIÓN
POSTAL |
TELÉFONO |
|
BAENA |
C/ Duque de Rivas, 5 14850 BAENA |
957-69 13 99 |
|
LUCENA |
Complejo los Santos 14900 LUCENA |
957-51 34 57 |
|
MONTILLA |
CEP. Apartado nº 2 14550 MONTILLA |
957-65 50 63 |
|
MONTORO |
Avda. Estación, s/n 14600 MONTORO |
957-16 08 79 |
|
PALMA DE RÍO |
Avda. Sta. Ana,s/n. Edif. Serv. Múlt. 14700 PALMA del RÍO |
957-64 56 74 |
|
PEÑARROYA-PUEBLONUEVO |
Maestro José Torrellas, s/n 14200 PEÑARROYA-PUEBLON. |
957-56 05 31 |
|
POZOBLANCO |
Avda. Marcos Redondo, s/n 14400 POZOBLANCO |
957-13 17 58 |
|
PRIEGO |
C/ Río, 50 14800 PRIEGO DE CÓRDOBA |
957-70 00 34 |
|
PUENTE GENIL |
C/ Cruz del Estudiante, 37 14500 PUENTE GENIL |
957-60 71 74 |
|
SECTOR BRILLANTE-SAN JOSÉ |
C/ Rey Heredia, 22 14003 CÓRDOBA |
957-47 12 36 |
|
SECTOR CAÑERO-SANTUARIO |
||
|
SECTOR CIUDAD JARDÍN |
||
|
SECTOR LEVANTE-ALCOLEA |
||
|
SECTOR PALMERAS |
||
|
SECTOR SUR-CENTRO |
SEDE DEL EQUIPO PROVINCIAL
|
Sede |
Dirección |
Teléfono y otras comunicaciones |
|
Delegación Provincial |
14004 CÓRDOBA |
957-00 11 75 Fax 957-00 12 60 |
PROVINCIA: GRANADA
SEDE DE LOS EQUIPOS DE ZONA
|
NOMBRE |
DIRECCIÓN
POSTAL |
TELÉFONO |
|
ALBAYZÍN-CENTRO |
18010-GRANADA |
958-22 59 69 |
|
ALBUÑOL |
C/ Carretera de la Plaza s/n 18700 ALBUÑOL |
958-82 64 99 |
|
ALHAMA DE GRANADA |
Ctra. Granada s/n 18120 ALHAMA DE GRANADA |
958-36 00 90 |
|
ALMUÑÉCAR |
C/ Amelia Sánchez Alcázar 18690 ALMUÑÉCAR |
958-63 31 41 |
|
BAZA |
C/ Jabalcón s/n. Apartado 13 18800 BAZA |
958-70 09 52 |
|
GRANADA – CARTUJA |
C/ Conde Torrepalma s/n 18011 GRANADA |
958-15 17 09 |
|
GRANADA-CHANA |
Avda. Francisco de Ayala s/n 18014 GRANADA |
958-29 10 52 |
|
GUADIX |
Sta Mª del Buen Aire, 7 18500 GUADIX |
958-66 43 53 |
|
HUÉSCAR |
C/ Cruz s/n 18830 HUÉSCAR |
958-74 07 72 |
|
IZNALLOZ |
Las Palmas 3 18550 IZNALLOZ |
958-38 48 74 |
|
LOJA |
Avda. Pérez del Álamo s/n 18300 LOJA |
958-32 02 17 |
|
MONTEFRÍO |
Residencia Escolar 18270 MONTEFRÍO |
958-33 61 96 |
|
MOTRIL |
C/ Vílchez, 6-1º B 18600 MOTRIL |
958-82 59 54 |
|
ÓRGIVA |
C/ Ramón y Cajal s/n 18400 ÓRGIVA |
958-78 54 75 |
|
SANTA FE |
C/ Sta Fe de Bogotá, s/n 18320 SANTA FE |
958-44 12 99 |
|
UGÍJAR-CÁDIAR |
Escuelas s/n 18480 CÁDIAR |
958-76 70 96 |
|
VALLE DE LECRÍN |
C/ San Ramón 2 18650 DÚRCAL |
958-78 00 28 |
|
ZAIDÍN |
C/ Cataluña, 17 18007 GRANADA |
958-12 25 79 |
SEDE DEL EQUIPO PROVINCIAL
|
Sede |
Dirección |
Teléfono y otras comunicaciones |
|
Delegación Provincial |
C/ Duquesa, 22 18001- GRANADA |
958-02 90 11 Fax-958-02 90 76 |
PROVINCIA: HUELVA
SEDE DE LOS EQUIPOS DE ZONA
|
NOMBRE |
DIRECCIÓN
POSTAL |
TELÉFONO |
|
Plaza San Francisco, 5 21410 ISLA CRISTINA |
959-34 33 86 |
|
|
COSTA II |
Avda. Pintor José Caballero 21100 PUNTA UMBRÍA |
959-31 63 23 |
|
CUENCA MINERA |
C/ Virgen del Reposo s/n 21600 VALVERDE DEL CAMINO |
959-55 34 60 |
|
EL ANDÉVALO |
Pza de la Cebadilla 21550 PUEBLA DE GUZMÁN |
959-38 91 20 |
|
EL CONDADO |
Avda. 28 de Febrero, 167 21710 BOLLULOS PAR DEL CDO. |
959-40 80 69 |
|
HUELVA-SECTOR I |
Ctra.Circunvalación, s/n. Bda. la Orden 21005 HUELVA |
959-15 14 26 |
|
HUELVA-SECTOR II |
||
|
HUELVA-SECTOR III |
||
|
HUELVA-SECTOR IV |
||
|
SIERRA |
C/ Monasterio de la Rábida s/n 21200 ARACENA |
959-12 63 67 |
SEDE DEL EQUIPO PROVINCIAL
|
Sede |
Dirección |
Teléfono y otras comunicaciones |
|
Delegación Provincial |
21003 HUELVA |
959-28 37 10 Fax: 959-28 40 08 E-mail-etpoephu@averroes.cec.junta-andalucia.es |
PROVINCIA: JAÉN
SEDE DE LOS EQUIPOS DE ZONA
|
NOMBRE |
DIRECCIÓN
POSTAL |
TELÉFONO |
|
ALCALÁ LA REAL |
23680 ALCALÁ LA REAL |
953-58 10 78 |
|
ANDÚJAR |
Carretera de los Villares s/n 23740 ANDÚJAR |
953-51 37 76 |
|
BAEZA-ÚBEDA |
C/ Acera San Antonio s/n. Apdo.nº 63 23440 BAEZA |
953-74 18 26 |
|
CAZORLA -PEAL DEL BECERRO |
Prolong. Ximénez Rada, s/n 23470 CAZORLA |
953-72 19 21 |
|
HUELMA |
C/ Federico Gª Lorca s/n 23560 HUELMA |
953-39 08 08 |
|
JAÉN I |
Polígono del Valle C.P. “S. José de Calasanz” 23009 JAÉN |
953-26 37 09 |
|
JAÉN II |
C/ San Lucas, 2 23005 JAÉN |
953-26 12 49 |
|
JAÉN III |
Carretera del Neveral, s/n. Apdo. nº 494 23080 JAÉN |
953-23 18 39 |
|
LA CAROLINA |
Pza. Sor Primitiva, s/n 23200 LA CAROLINA |
953-68 09 62 |
|
LINARES-SECTOR I |
Corredera San Marcos, 40 23700 LINARES |
953-65 07 32 |
|
LINARES-SECTOR II |
||
|
ORCERA |
C/ Joaquín Paya, 7 23370 ORCERA |
953-48 20 02 |
|
TORREDONJIMENO-MARTOS |
C/ Ruiz Jiménez, 4 23650 TORREDONJIMENO |
953-57 27 17 |
|
VILLACARRILLO-VILLANUEVA |
Avda. Constitución, 5 23330 VNUEVA DEL ARZOBISPO |
953-45 10 10 |
SEDE DEL EQUIPO PROVINCIAL
|
Sede |
Dirección |
Teléfono y otras comunicaciones |
|
Delegación Provincial |
23007 JAÉN |
953-00 37 64 953-00 37 65 Fax: 953-00 38 06 |
PROVINCIA: MÁLAGA
SEDE DE LOS EQUIPOS DE ZONA
|
NOMBRE |
DIRECCIÓN
POSTAL |
TELÉFONO |
|
ALHAURÍN EL GRANDE |
C/ José Albarracín, s/n 29120 ALHAURÍN EL GRANDE |
952-59 48 97 |
|
ÁLORA – GUADALORCE I |
C/ Negrillos, 8 29500 ÁLORA |
952-49 71 97 |
|
ANTEQUERA |
Urbanización Santa Catalina, s/n 29200 ANTEQUERA |
952-84 00 13 |
|
ARCHIDONA |
C/ Santo Domingo, 49 29300 ARCHIDONA |
952-71 40 27 |
|
ESTEPONA |
Avda. San Lorenzo, 19-1º 29680 ESTEPONA |
952-79 04 55 |
|
FUENGIROLA-MIJAS COSTA |
Avda.Virgen de Fátima, 2 29650 LAS LAGUNAS, MIJAS- COSTA |
952-58 35 14 |
|
GUADALORCE II-COÍN |
C/ Cárcel, 1 29100 COÍN |
952-45 34 11 |
|
MÁLAGA: CENTRO |
C/ López Domínguez, 6 29013 MÁLAGA |
952-26 95 22 |
|
MÁLAGA: CTRA. DE CÁDIZ |
Avda. Virgen de Belén, 5-7 29004 MÁLAGA |
952-24 33 60 |
|
MÁLAGA: ESTE |
Avda. Gutiérrez Mata s/n 29018 MÁLAGA |
952-29 81 16 |
|
MÁLAGA: NORTE I |
Avda. de las Postas, s/n 29014 MÁLAGA |
952-26 91 92 |
|
MÁLAGA: NORTE II |
Avda. de la Palmilla, 22 29011 MÁLAGA |
952-28 69 16 |
|
MÁLAGA: OESTE |
Avda. Lope de Vega, 7 29010 MÁLAGA |
952-61 32 00 |
|
MARBELLA |
Avda. Cánovas del Castillo s/n 29600 MARBELLA |
952-82 09 66 |
|
NERJA |
C/ Diputación, 2 29780 NERJA |
952-52 36 58 |
|
RONDA-CORTES |
C.P.E.E. “Los Pinsapos”. Barriada El Fuerte 29400 RONDA |
952-87 53 73 |
|
VÉLEZ-MÁLAGA |
G.E. Manuel Valle, Bajo 29700 MÁLAGA |
952-50 68 23 |
SEDE DEL EQUIPO PROVINCIAL
|
Sede |
Dirección |
Teléfono y otras comunicaciones |
|
Delegación Provincial |
Avda. de la Aurora, s/n. Edificio de Servicios Múltiples 29071 MÁLAGA |
95-103 80 20 Fax: 95-103 80 24 E-mail: etpoepma@averroes.cec.junta-andalucia.es |
PROVINCIA: SEVILLA
SEDE DE LOS EQUIPOS DE ZONA
|
NOMBRE |
DIRECCIÓN
POSTAL |
TELÉFONO |
|
C/ Alcalá de Ebro, s/n 41500 ALCALÁ DE GUADAÍRA |
955-68 19 20 |
|
|
CASTILLEJA CUESTA |
C/ Príncipe de Asturias, 26 41950 CASTILLEJA DE LA CUESTA |
954-16 01 50 |
|
CORIA DEL RÍO-SAN JUAN |
C/ Cervantes, 38 41100 CORIA DEL RÍO |
954-77 32 95 |
|
DOS HERMANAS |
C/ Cristóbal Colón, s/n 41700 DOS HERMANAS |
954-72 98 02 |
|
ÉCIJA |
Avda. Miguel de Cervantes, 19 41400 ÉCIJA |
955-90 24 07 |
|
ESTEPA |
Plaza del Carmen, 2 41560 ESTEPA |
955-91 38 15 |
|
LA RINCONADA |
C/ 28 de Febrero, s/n 41309 LA RINCONADA |
955-79 77 80 |
|
LA VEGA |
C/ Blas Infante, 14 41440 LORA DEL RÍO |
955-80 30 44 |
|
LEBRIJA |
C/ Huracán, 35 41740 LEBRIJA |
955-97 17 71 |
|
LOS ALCORES |
C/ Pastora y Pavón 41410 CARMONA |
954-14 22 50 |
|
LOS PALACIOS |
C/ Muñoz Seca s/n 41720 LOS PALACIOS Y VILLAFCA. |
955-81 54 01 |
|
MARCHENA |
C/ Virgen de los Desamparados, s/n 41620 MARCHENA |
955-84 56 12 |
|
MORÓN DE LA FRONTERA |
Avda. Mancera, s/n 41530 MORÓN DE LA FRA. |
954-85 26 26 |
|
PILAS |
Plaza Isabel II, 26 41840 PILAS |
954-75 14 96 |
|
SANLÚCAR LA MAYOR |
C/ Juan Delgado, 2 41800 SANLÚCAR LA MAYOR |
955-71 92 80 |
|
SEVILLA-DISCAPACIDADES
AUDITIVAS |
C/ San José de Calasanz, 6 41010 SEVILLA |
954-28 24 59 |
|
SEVILLA-ESPECÍFICOS |
Avda.Ronda del Tamarguillo, s/n. Deleg. Prov. de Educación
y Ciencia 41010 SEVILLA |
954-93 91 16 |
|
SEVILLA-HÍSPALIS |
Avda. San Juan de la Cruz s/n 41006 SEVILLA |
954-92 02 69 |
|
SEVILLA-MACARENA |
C/ Recaredo, 41 41008 SEVILLA |
954-53 22 62 |
|
SEVILLA-NORTE |
Pza. Luis Cernuda, s/n 41010 SEVILLA |
954-35 20 85 |
|
SEVILLA-PALMETE |
C/ Azorín, s/n 41006 SEVILLA |
954-65 76 87 |
|
SEVILLA-PINO MONTANO |
C/ Corral de los Barquilleros, s/n 41008 SEVILLA |
954-94 74 48 |
|
SEVILLA-PORVENIR-BELLAVISTA |
C/ Doña Clarines, s/n 41013 SEVILLA |
954-61 96 95 |
|
SEVILLA-SUR |
Avda. La Paz, 111 41013 SEVILLA |
954-61 28 10 |
|
SEVILLA-TARTESSOS |
Avda. Éfeso, Plgno. San Pablo B/C. Apdo. 13342 41007 SEVILLA |
954-25 14 83 |
|
SEVILLA-TORREBLANCA |
C/ Príncipe de Asturias, s/n 41016 SEVILLA |
954-67 14 08 |
|
SEVILLA-TRIANA-REMEDIOS |
C/ Coruña, s/n 41010 SEVILLA |
954-34 06 19 |
|
SIERRA-NORTE |
C/ Mesones, 33 41450 CONSTANTINA |
955-88 00 25 |
|
UTRERA |
Avda de Los Palacios s/n 41710 UTRERA |
955-86 21 92 |
|
VEGA ALTA |
C/ Doctor Fléming, 1 41210 GUILLENA |
955-78 53 02 |
SEDE DEL EQUIPO PROVINCIAL
|
Sede |
Dirección |
Teléfono y otras comunicaciones |
|
Delegación Provincial |
Ronda del Tamarguillo s/n. “Antiguo Matadero” 41005 SEVILLA |
955-03 42 91 955-03 42 92 Fax: 954-03 43 04 |
RELACIÓN
DE EQUIPOS PARA EL APOYO EDUCATIVO AL ALUMNADO CON CEGUERA O DEFICIENCIA
VISUAL.
|
DIRECCIÓN |
C.P. |
LOCALIDAD |
TELÉFONO |
FAX |
|
|
Equipo de Apoyo a la Educación Integrada de Algeciras. |
Baluarte, s/n. |
11201 |
ALGECIRAS (Cádiz) |
956-630111 |
956-631292 |
|
Equipo de Apoyo a la Educación Integrada de Almería. |
C/ Reyes Católicos, 11 |
04001 |
ALMERÍA |
950-252211 |
950-275571 |
|
Equipo de Apoyo a la Educación Integrada de Cádiz. |
c/ Tamarindos, 8 |
11007 |
CÁDIZ |
956-258700 |
956-252362 |
|
Equipo de Apoyo a la Educación Integrada de Córdoba. |
C/ Dr. Manuel Ruiz Maya, 8 |
14004 |
CÓRDOBA |
957-411012 |
957-412784 |
|
Equipo de Apoyo a la Educación Integrada de Granada. |
Plaza del Carmen, s/n |
18009 |
GRANADA |
958-220011 |
958-220811 |
|
Equipo de Apoyo a la Educación Integrada de Huelva. |
Alameda Sundheim, 5 |
21003 |
HUELVA |
959-281711 |
959-262315 |
|
Equipo de Apoyo a la Educación Integrada de Jaén. |
C/ Mesa, 20 |
23001 |
JAÉN |
953-235088 |
953-235035 |
|
Equipo de Apoyo a la Educación Integrada de Jerez de la
Frontera. |
C/ Polvera, 26 |
11403 |
JEREZ FTRA. (CÁDIZ) |
956-330458 |
956-348409 |
|
Equipo de Apoyo a la Educación Integrada de Málaga. |
C/ Cuarteles, 8 |
29002 |
MÁLAGA |
952-341111 |
952-361600 |
|
Equipo de Apoyo a la Educación Integrada de Sevilla. |
Centro de Recursos Educativos “Luis Braille”. Apartado Correos 13297 |
41080 |
SEVILLA |
95-4515711 |
95-4677929 |
RELACIÓN
DE EQUIPOS PARA EL APOYO EDUCATIVO AL ALUMNADO CON DISCAPACIDAD MOTÓRICA.
|
|
DIRECCIÓN |
C.P. |
CIUDAD |
TELÉFONO |
|
|
Delegación Provincial de la Consejería de Educación. |
CEP de Almería. Aula 5. Paseo de la Caridad, 125 |
04008 |
ALMERÍA |
950-232378 |
|
|
EQUIPO ESPECÍFICO PARA LA ATENCIÓN DEL ALUMNADO CON
DISCAPACIDAD MOTÓRICA DE CÁDIZ |
Delegación Provincial de la Consejería de Educación. |
Plza. de Mina, 18 |
11071 |
CÁDIZ |
956-006887 |
|
EQUIPO ESPECÍFICO PARA LA ATENCIÓN DEL ALUMNADO CON
DISCAPACIDAD MOTÓRICA DE MÁLAGA |
Centros de apoyo a la Integración de Deficientes Visuales
(CAIDV). |
Avda. Lope de Vega, 7 |
29071 |
MÁLAGA |
95-2613306 |
|
EQUIPO ESPECÍFICO PARA LA ATENCIÓN DEL ALUMNADO CON
DISCAPACIDAD MOTÓRICA DE SEVILLA |
Delegación Provincial de la Consejería de Educación. |
41005 |
SEVILLA |
95-4939116 |
|
RELACIÓN
DE EQUIPOS PARA EL APOYO EDUCATIVO AL ALUMNADO CON DISCAPACIDAD AUDITIVA.
|
|
DIRECCIÓN |
C.P. |
CIUDAD |
TELÉFONO |
|
|
EQUIPO ESPECÍFICO PARA LA ATENCIÓN DEL ALUMNADO CON
DISCAPACIDAD AUDITIVA. |
Delegación Provincial de la Consejería de Educación. |
C/ Duquesa, 22 |
18071 |
GRANADA |
958-242706 |
|
EQUIPO ESPECÍFICO PARA LA ATENCIÓN DEL ALUMNADO CON
DISCAPACIDAD AUDITIVA. |
Delegación Provincial de la Consejería de Educación. |
C.P. “San José de Calasanz”. C/ San José de Calasanz, 6 |
41010 |
SEVILLA |
95-4282459 |
RELACIÓN DE INSTITUTOS Y CENTROS DE SECUNDARIA CON
SERVICIOS
DE INTÉRPRETES DE LENGUA DE SIGNOS.
* ALMERÍA:
·
I.E.S. “Azcona”, C/ Fernando de Herrera, 1. 04006 ALMERÍA.
Teléfono: 950.22.64.42
·
I.E.S. “Los Ángeles”. C/ Maestría, 2. 04009 ALMERÍA
Teléfono: 950.23.28.59
* CÁDIZ:
·
I.E.S. “La Granja”. Avenida de Fernando Portillo, s/n. 11405
JEREZ DE LA FRONTERA. Teléfono: 956.18.14.70
·
I.E.S. “Seritum”, C/ Amsterdan, s/n. 11407 JEREZ DE LA
FRONTERA. Teléfono:
956.33.02.06
·
I.E.S. “Pablo Ruiz Picasso”, Avda. de la Diputación, s/n.
11130 CHICLANA DE LA FRONTERA. Teléfono: 956.40.29.18
·
I.E.S. “Mediterráneo”, Avenida de María Auxiliadora, s/n.
11300 LA LÍNEA DE LA CONCEPCIÓN. Teléfono: 956.76.21.98
·
I.E.S. “Fernando Quiñones”, C/ Caulina, s/n. 11405 CÁDIZ.
Teléfono: 956.30.30.86
* CÓRDOBA:
·
Escuela de Arte “Mateo Inurria”. Plaza de la Trinidad, 1.
14003 CÓRDOBA. Teléfonos: 957.29.51.00 y 957.29.01.27
·
Centro de Formación Profesional “Lope de Vega”. Ctra. de
Extremadura, s/n. 14290 FUENTEOBEJUNA. Teléfono: 957.58.41.67
·
I.E.S. “Luis de Góngora”, C/ Diego de León, 2. 14002
CÓRDOBA. Teléfono: 957.47.74.98
* GRANADA:
·
I.E.S. “Alhambra”. C/ Beethoven, 4. 18006 GRANADA. Teléfono:
958.81.09.11
·
I.E.S. “Virgen de las Nieves”. Avenida de Pulianas, s/n y
Andalucía, 38. 18014 GRANADA. Teléfono: 958.15.09.51
·
Escuela Técnico-Profesional “Ave María”. Ctra. de Murcia,
s/n. GRANADA. Teléfono: 958.20.84.33
·
I.E.S. “Aynadamar”. Paseo de Cartuja, s/n. 18011 GRANADA.
Teléfono: 958.16.18.08
* HUELVA:
·
I.E.S. “La Ría”. Barriada La Orden, s/n. 21005 HUELVA.
Teléfono: 959.15.18.39
·
Escuela de Arte “León Ortega”. Escultora Miss Witney, 56. 21003 HUELVA. Teléfono:
959.27.19.81
* MÁLAGA:
·
I.E.S. “La Rosaleda”, Avenida Luis Buñuel, 8. 29011 MÁLAGA.
Teléfono: 952.30.52.00
·
I.E.S. “Bezmiliana”, Urbanización Gran Sol s/n. 29730 RINCÓN
DE LA VICTORIA. Teléfono: 952.40.35.48
·
I.E.S. “Jesús Marín”, Virgen de la Esperanza, s/n. 29007
MÁLAGA. Teléfono: 952.30.55.58
·
I.E.S. “Nº 1” (C.E.I.), C/ Julio Verne, 6. 29080 MÁLAGA.
Teléfono: 952.27.52.54
* SEVILLA:
·
I.E.S. “Miguel de Cervantes”, C/ Manzana, s/n. 41009
SEVILLA. Teléfono: 954.38.78.53
·
I.E.S. “Gustavo Adolfo Bécquer”, C/ López de Gomara, s/n.
41010 SEVILLA. Teléfono 954.45.18.93
·
I.E.S. “Llanes”, Avda. de Llanes, s/n. 41008 SEVILLA.
Teléfono 954.43.66.31
RELACIÓN DE HOSPITALES DEL
SERVICIO ANDALUZ DE SALUD
QUE PARTICIPAN EN EL
“PROGRAMA DE EDUCADORES Y
EDUCADORAS EN AULAS HOSPITALARIAS”.
|
CENTRO
HOSPITALARIO |
DOMICILIO |
LOCALIDAD |
C. P. |
TELÉFONO |
|||||
|
Hospital
"Torrecárdenas" |
Paraje
Torrecárdenas, s/n |
Almería |
04009 |
950.21 21 00 Ext. 6453 |
|||||
|
Hospital
“La Inmaculada” |
Avda.
Guillermo Reina, s/n |
Huércal
Overa (Almería) |
04600 |
950 13 48 51 |
|||||
|
Hospital
“Puerta del Mar” |
Avda. Ana
de Viya, 21 |
Cádiz |
11009 |
956 24 27 82 |
|||||
|
Hospital
“Punta de Europa” |
Crta. de
Getares, s/n |
Algeciras
(Cádiz) |
11207 |
956 60 41 44 |
|
|||||
|
Hospital
de La Línea |
Menéndez y
Pelayo, 103 |
La Línea
(Cádiz) |
11300 |
956 17 55 50 |
|||||
|
Hospital
General del S.A.S. |
Ctra.
Circunvalación, s/n |
Jerez de
la Frontera (Cádiz) |
11407 |
956 35 80 00 Ext. 2205 |
|||||
|
Hospital
Clínico de Puerto Real |
Ctra.
Nacional IV, Km. 665 |
Puerto
Real (Cádiz) |
11510 |
956 47 02 49 |
|||||
|
Hospital
"Reina Sofía". |
Avda.
Menéndez Pidal, s/n |
Córdoba |
14004 |
957 21 70 00 Ext. 5767 |
|||||
|
Hospital
Comarcal “Valle de los Pedroches” |
Avda.
Constitución, s/n |
Pozoblanco
(Córdoba) |
14400 |
957 77 15 00 957 77 02 32 |
|||||
|
Hospital
"Infanta Margarita". |
Avda. de
Góngora, s/n |
Cabra
(Córdoba) |
14940 |
957 52 10 00 |
|||||
|
Hospital
Clínico "San Cecilio". |
Dr. Olóriz, s/n |
Granada |
18012 |
958 80 70 00 |
|||||
|
Hospital
“Virgen de las Nieves” |
Avda. de
la Constitución, 100 |
Granada |
18012 |
958 24 16 75 |
|
|||||
|
Hospital
“Juan Ramón Jiménez” |
Ronda
Exterior Norte, s/n |
Huelva |
21004 |
959 20 10 00 |
|||||
|
Hospital
“Infanta Elena” |
Ctra. de
Sevilla, s/n |
Huelva |
21007 |
959 23 21 00 |
|
|||||
|
Hospital
de Riotinto |
Los
Santos, s/n |
Riotinto
(Huelva) |
21660 |
959 59 16 11 |
|||||
|
Hospital
General "Ciudad de Jaén". |
Avda.
Ejército Español, s/n |
Jaén |
23007 |
953 22 24 08 |
|||||
|
Hospital
"San Agustín" |
Ctra. de
Linares, s/n |
Úbeda
(Jaén) |
23400 |
953 79 71 00 |
|||||
|
Hospital
“San Juan de la Cruz “ |
Avda. San
Cristóbal, s/n |
Linares
(Jaén) |
23700 |
953 64 81 00 |
|||||
|
Hospital
Materno Infantil |
Arroyo de
los Ángeles, s/n |
Málaga |
29007 |
952 18 41 00 952 30 44 00 |
|||||
|
Hospital
Comarcal |
Serranía
de Ronda. Ctra. de El Burgo Km.1 |
Ronda
(Málaga) |
29400 |
952 87 15 40 |
|||||
|
Hospital
“La Axarquía” |
Ctra.
Torre del Mar, C/ El Tomillar, |
Vélez-Málaga
(Málaga) |
29700 |
952 54 16 00 |
|||||
|
Hospital
Clínico "Macarena". |
Avda. Dr. Fedriani, s/n |
Sevilla |
41009 |
954 55 74 00 |
|||||
|
Hospital
Universitario "Virgen de Valme". |
Ctra. de
Cádiz, s/n |
Sevilla |
41011 |
954 59 60 00 Ext. 5214 |
|||||
|
Hospital
Infantil "Virgen del Rocío". |
Avda. de
Manuel Siurot, s/n |
Sevilla |
41013 |
954 24 81 81 Ext. 4318-4311 |
|||||
LA RED DE LA AGENCIA EUROPEA EN
ANDALUCÍA
REPRESENTANTES
PROVINCIALES
|
DIRECCIÓN POSTAL |
E – MAIL |
TELÉFONO |
FAX |
|
María
Encarnación Fernández Mota. Delegación
Provincial de Almería. |
Residencia
Escolar “Ana María Martínez Urrutia”. Paseo de la
Caridad, 125. Finca Santa
Isabel s/n. 04008
Almería. |
950.23.23.78 |
950.23.02.73 |
|
|
Julio
Ripalda Gil. Delegación
Provincial de Cádiz. |
C/ Antonio
López, 1 y 3. 11004 Cádiz. |
956.00.68.87 |
956.80.81.93 |
|
|
Pilar Gómez
Gómez. Delegación
Provincial de Córdoba. |
C/ Santo
Tomás de Aquino, s/n, 4ª 14004
Córdoba. |
svoe4@dpco.cec.junta-andalucia.es |
957.00.11.75 |
957.00.12.60 |
|
Manuel
Jiménez Torres. Delegación
Provincial de Granada. |
C/ Duquesa,
22. 18001
Granada. |
958.02.90.10 |
958.02.90.76 |
|
|
Francisca
Martínez Mojarro. Delegación
Provincial de Huelva. |
Alameda de
Sudheim, 8, 1º B. 21003
Huelva. |
svoe1@dphu.cec.junta-andalucia.es |
959.28.37.10 |
959.28.40.08 |
|
Miguel
Fernández Fernández. Delegación
Provincial de Jaén. |
C/ Martínez
Montañés, 8. 23080 Jaén. |
aeoe1@dpja.cec.junta-andalucia.es |
953.00.37.64 |
953.00.38.06 |
|
Concepción
Niño Sánchez-Guisande Delegación
Provincial de Málaga. |
Avenida de
la Aurora, s/n. Edificio de
Servicios Múltiples. 29071
Málaga. |
jmadrid@dpma.cec.junta-andalucia.es etpoepma@averroes.cec.junta-andalucia.es |
95.103.80.20 |
95.103.80.24 |
|
Isabel Moya
Rodríguez. Delegación
Provincial de Sevilla. |
Ronda del
Tamarguillo s/n 41071
Sevilla |
mgga@dpse.cec.junta-andalucia.es |
955.03.42.92 |
955.03.43.04 |
|
REPRESENTANTE DE LA CONSEJERÍA DE
EDUCACIÓN Y CIENCIA EN LA RED NACIONAL DE LA AGENCIA |
955.06.43.26 |
955.06.40.14 |
||
|
Carlos María Vázquez Reyes. D.G. Orientación Educativa y
Solidaridad. Avda. de Juan Antonio de Vizarrón,
s/n. 41071 Sevilla. |
||||
LA CONSEJERÍA DE
EDUCACIÓN Y CIENCIA:
-
Servicios
Centrales:
|
Sede |
Dirección |
Teléfono y otras comunicaciones |
|
Consejería de Educación y Ciencia |
Edificio Torretriana, Avda. de Juan Antonio de Vizarrón, s/n 41071 SEVILLA |
Teléfono:
955 06 40 00 Fax: 955 06
40 03 http://www.cec.junta-andalucia.es E.mail: |
-Delegaciones Provinciales:
|
Sede |
Dirección |
Teléfono
y otras comunicaciones |
|
||||||||||
|
Paseo de la Caridad, 125. Finca Santa Isabel, s/n. 04008 ALMERÍA |
950 00 45 03 Fax 950 00
45 01 |
|
|||||||||||
|
Delegación Provincial de Cádiz |
Plaza de Mina, 8 11071 CÁDIZ |
956 00 68 02 Fax 956-22
01 14 E-mail:
etpca@lander.es |
|
|||||||||||
|
Delegación Provincial de Córdoba |
Calle de Santo Tomás de Aquino, s/n 14004 CÓRDOBA |
957 00 11 72 Fax 957 00
12 60 |
|
||||||||||
|
Delegación Provincial de Granada |
Calle de la Duquesa, 22 18001 GRANADA |
958 02 90 00 Fax 958 02
90 76 |
|
||||||||||
|
Delegación Provincial de Huelva |
Alameda de
Sundheim, 17 21003 HUELVA |
959 00 40 00 Fax 959 00
40 95 |
|||||||||||
|
Delegación Provincial de Jaén |
Calle de
Martínez Montañés, 8 23080 JAÉN |
953 00 37 00 Fax: 953 00
38 06 |
|||||||||||
|
Delegación Provincial de Málaga |
Avenida de la Aurora, s/n 29071 MÁLAGA |
95 103 80 00 Fax: 95 103
80 76 |
|
|||||||||||
|
Delegación Provincial de Sevilla |
Ronda del Tamarguillo, s/n. “Antiguo Matadero” 41005 SEVILLA |
95 503 42 00 Fax: 95 503
42 19 |
|
|||||||||||