LA ATENCIÓN AL ALUMNADO CON DISCAPACIDAD

 

 

EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA.


 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Han participado en la elaboración de esta guía: Sebastián Sánchez Fernández, Eladio Bodas González, Marisa del Carmen Martín, Carmen Arjona Pabón, Rafael Eloy Fedriani Real, Jesús Fernández Bujalance, Francisco Jesús González Vázquez, José Gijón Puerta y Carlos María Vázquez Reyes.


Información e igualdad de oportunidades

El reconocimiento de las diferencias es un principio básico en el actual ordenamiento educativo que se hace efectivo en la respuesta individual y personalizada a las necesidades educativas especiales del alumnado. La finalidad es garantizar la indiscutible igualdad de oportunidades que le permita la plena integración social a lo largo del ciclo vital.

 

En la última década se ha avanzado mucho en los derechos de las minorías y de las personas con discapacidad; no obstante, es necesario seguir avanzando en la igualdad en el acceso a la educación y en la inserción sociolaboral, acorde a las habilidades y capacidades personales, para lo cual éstas necesitan a lo largo de la escolarización las adaptaciones y apoyos adecuados para superar las barreras que dificultan su integración.

 

Que las personas con discapacidad y los profesionales que les atienden conozcan cuáles son las medidas de atención individualizada que ofrece el presente modelo educativo es la intención principal de esta guía.  La Consejería de Educación y Ciencia publica una nueva edición revisada de la misma desde el convencimiento de que en la medida en que mejore la información sobre las ayudas y apoyos que el sistema educativo pone a disposición de este colectivo de alumnos y alumnas estará mejor garantizada la igualdad de oportunidades en educación.

 

Cándida Martínez López

CONSEJERA DE EDUCACIÓN Y CIENCIA


El sistema educativo y la colaboración de la familia.

Es de sobra conocida y constatado por numerosos estudios e investigaciones, la importancia que tiene que la escuela y las familias participen y colaboren codo con codo en la consecución de los objetivos que se han marcado.

Los estudios a los que me refería concluyen, en líneas generales, que en aquellas escuelas en las que las familias participan más en la institución escolar y mantienen un grado alto de colaboración con el profesorado, se reduce de modo considerable el índice de fracaso y se favorece la adaptación social del alumnado, descendiendo notablemente la aparición de conductas antisociales o inadaptadas en el seno de la familia, la escuela o la sociedad.

Esta colaboración es esencial para la educación de todos los alumnos y alumnas, pero especialmente para aquellos que alguna discapacidad. Sin la estrecha colaboración de las familias no puede entenderse la educación de este alumnado. Continuar la labor de la escuela, extender los aprendizajes al ámbito de la vida diaria, lograr el máximo grado de autonomía personal y desenvolvimiento social y lograr la integración social y laboral de la persona con discapacidad, será sólo posible desde la colaboración estrecha entre los educadores y las familias.

Para que exista esa colaboración debe haber previamente un conocimiento mutuo. Facilitar el conocimiento de los medios y recursos del sistema para la atención al alumnado con necesidades educativas especiales y, por ende, la cooperación entre la escuela y la familia es el propósito del presente documento.

Sebastián Sánchez Fernández.

Director General de Orientación Educativa y Solidaridad.


ADMISIÓN DEL ALUMNADO


LA ESCOLARIZACIÓN.

Una de las decisiones que más preocupa a las familias o a los tutores legales de un alumno o alumna con necesidades educativas especiales es la escolarización. En ese momento han de decidir si optan por un centro ordinario o por un centro con una oferta educativa especializada.

De la normativa que regula el proceso, se han seleccionado los aspectos más relevantes para facilitar a los padres y madres la comprensión del mismo y la elección más adecuada.

¿Cuáles son los pasos que se dan en el proceso de admisión?

Los pasos a seguir están señalados en la Orden de 16 de febrero de 1999, sobre escolarización y matriculación del alumnado en los centros docentes públicos y privados concertados, y en las Instrucciones de la Viceconsejera de Educación y Ciencia, de 22 de febrero de 2000, sobre planificación de la escolarización en los centros docentes públicos y privados concertados no universitarios para el curso académico 2000-01, siendo éstos los que a continuación se señalan:

1.      Los Consejos Escolares de los centros hacen pública la relación de puestos escolares vacantes, incluyendo los destinados a atender al alumnado con necesidades educativas especiales por razón de discapacidad física, psíquica o sensorial.

2.      Las familias recogen las solicitudes en el centro donde desean escolarizar a su hijo o hija, teniendo en cuenta las vacantes que se ofrecen.

3.      Los centros educativos envían los casos de alumnado con necesidades educativas especiales al Equipo de Orientación Educativa para que realice la evaluación psicopedagógica y emita el dictamen de escolarización. Es decir, el Equipo valora la situación del niño y decide en qué condiciones debe escolarizarse y qué atención educativa requiere.

4.      En los centros docentes públicos, el Consejo Escolar estudia las solicitudes y adjudica los puestos escolares vacantes. Para ello, tiene en cuenta el dictamen del Equipo de Orientación Educativa y las condiciones de escolarización recomendadas y disponibles en el centro. En los centros privados concertados estas funciones corresponden a los titulares.

5.      Si hubiese más solicitantes que puestos vacantes o las condiciones del centro no son adecuadas para el caso, será el Delegado o Delegada Provincial quien resuelva.

¿Qué criterios se siguen para la escolarización en centros ordinarios?

A la hora de escolarizar al alumnado con necesidades educativas especiales en centros ordinarios han de adoptarse criterios flexibles. Cada caso debe ser considerado individualmente, ya que un mismo tipo de discapacidad puede requerir una respuesta educativa diferente, dependiendo de variados factores, entre otros: la capacidad adaptativa, la capacidad de comunicación, los conocimientos que tiene el alumno o alumna…

Como criterio general, serán escolarizados en centros ordinarios aquellos alumnos y alumnas cuyas necesidades educativas puedan ser atendidas en alguna de las modalidades de escolarización existentes en los centros ordinarios.

La escolarización en los centros específicos de educación especial está pensada para los alumnos y alumnas que no puedan ser atendidos debidamente en un centro ordinario, por requerir la aplicación de unas medidas educativas específicas o de recursos humanos y técnicos no disponibles en los centros ordinarios.

Recomendaciones a las familias sobre el proceso de escolarización:

1.      El plazo de presentación de solicitudes para los alumnos de nuevo ingreso en un centro será el comprendido entre el 1 y el 30 de abril de cada año. Posteriormente, tras la resolución del proceso de escolarización, habrán de formalizar la inscripción entre el 1 y el 15 de junio de cada año para los centros de educación infantil, primaria y educación especial, y entre el 1 y el 15 de julio de cada año para la educación secundaria.

2.      Los alumnos y alumnas con discapacidad tienen un punto adicional a los que pudiera obtener según el baremo establecido en la Orden de escolarización del curso correspondiente, siempre que se acredite.

3.      Es conveniente aportar, en el momento de la solicitud, toda la información y documentación relevante que posea la familia sobre la discapacidad y las necesidades educativas especiales del alumno o alumna. De este modo, se facilita el proceso de evaluación psicopedagógica y la correcta escolarización del alumnado.

4.      Pueden solicitar plaza en los centros públicos y en los privados concertados ya que, según lo establecido en la normativa que regula el proceso, en el Decreto 72/1996, de 20 de febrero, por el que se regulan los criterios de admisión de alumnos y alumnas en los centros docentes públicos y concertados de la Comunidad Autónoma de Andalucía, a excepción de los universitarios, y en la Ley Orgánica 9/1995, de 20 de noviembre, de Participación, Evaluación y Gobierno de los Centros Docentes, éstos están obligados a escolarizar al alumnado con necesidades educativas especiales. Esta obligatoriedad está sujeta a la existencia de puestos escolares vacantes para este alumnado, de conformidad con la planificación de la Consejería de Educación y Ciencia.

5.      Cuando una familia no esté de acuerdo con la decisión de escolarización puede recurrir, en primer lugar, al Consejo Escolar de Centro, en el caso de los centros docentes públicos, o ante el titular, en el caso de los centros privados concertados. Y, posteriormente, puede reclamar ante el Delegado o la Delegada Provincial, cuya resolución pondrá fin a la vía administrativa.

¿Quién puede informar sobre el proceso de escolarización?

Para la aclaración de dudas sobre el proceso de escolarización o la normativa que lo regula pueden dirigirse a:

-          Los Directores y Secretarios de los centros educativos donde solicitan la admisión.

-          El Servicio de Inspección Educativa, telefónicamente o mediante entrevista personal, los días de atención al público en las Delegaciones Provinciales.

-          Los Equipos de Orientación Educativa, cuando se trate de aspectos relacionados con la evaluación psicopedagógica o el dictamen de escolarización.


ENSEÑANZAS


LAS ENSEÑANZAS PARA EL ALUMNADO CON DISCAPACIDAD.

¿Cómo están organizadas las enseñanzas para el alumnado con necesidades educativas especiales?

Los alumnos y alumnas con necesidades educativas especiales, por razón de discapacidad, cursarán las mismas enseñanzas que el resto del alumnado, al menos durante el período de escolaridad obligatoria.

El actual sistema educativo tiene por objetivo la atención de todos los alumnos y alumnas en las condiciones de mayor integración posible, pero sin olvidar que para determinados alumnos y alumnas la atención educativa de mayor calidad requiere unas condiciones especiales que no siempre están disponibles en los centros ordinarios.

¿Dónde se imparten las enseñanzas de Educación Infantil?

En esta etapa, se integra al alumnado en los grupos y centros ordinarios, siendo los objetivos los mismos que para el resto del alumnado: el desarrollo máximo de sus capacidades psicomotrices, cognitivas, comunicativas, afectivas y sociales.

Durante este período, los Equipos de Orientación Educativa realizan un seguimiento de los casos y orientan al profesorado sobre la atención educativa que debe prestárseles.

Cuando el tipo y el grado de discapacidad o la presencia de diferentes discapacidades en un mismo alumno o alumna requieren una atención que no puede ser prestada en los centros ordinarios, es posible escolarizar al alumnado en un centro específico de educación especial, según lo recogido en el R.D. 696/95 de ordenación de la atención educativa al alumnado con necesidades educativas especiales.

¿Cómo se organizan las enseñanzas durante el período de la escolaridad obligatoria?

Para el alumnado con necesidades educativas especiales existen dos grandes opciones, cuya elección depende del tipo de centro y modalidad educativa en el que sus necesidades educativas puedan ser satisfechas:

a)      Las enseñanzas correspondientes a la educación primaria y a la educación secundaria obligatoria. Son cursadas por los alumnos con necesidades educativas especiales que pueden integrarse en los grupos ordinarios y siguen el currículo general con la prestación de apoyos y medidas específicos.

b)      Las enseñanzas básicas obligatorias para el alumnado con necesidades educativas especiales más gravemente afectado. Se dirigen al alumnado con necesidades educativas especiales extensas y permanentes, cuyas posibilidades de aprendizaje, comunicación y cognición, requieren una reordenación global de las enseñanzas y una atención específica y especializada.

La escolarización se realiza en aulas o en centros específicos, y las enseñanzas se organizan en ámbitos de conocimiento y desarrollo, desde los 6 a los 16-18 años, en 10 cursos, prorrogables en dos.

Al terminar este período, según las posibilidades del alumnado, éste puede continuar en un programa de formación para la transición a la vida adulta o en un programa de garantía social específico. El primero está más enfocado a la adquisición de hábitos de autonomía personal y socialización. El segundo es un programa pensado para la iniciación profesional o para la inserción laboral.


Ordenación de las enseñanzas destinadas al alumnado con necesidades educativas especiales, establecida en la Ley 9/1999, de Solidaridad en la Educación.


ESCOLARIZACIÓN EN

CENTROS ORDINARIOS


¿Cómo se organiza la atención educativa en los centros ordinarios?

Los alumnos y alumnas que siguen las enseñanzas en régimen de integración, cuando concluyen el período de permanencia en la etapa educativa anterior, promocionan a la etapa siguiente con las mismas atenciones y condiciones de escolarización.

Para la atención educativa de este alumnado, los colegios e institutos disponen de profesorado especializado en Educación Especial (Pedagogía Terapéutica, Audición y Lenguaje, o ambas especialidades, según las discapacidades predominantes que atienda el centro), monitor de Educación Especial, además del Orientador del Equipo de Orientación Educativa o del Departamento de Orientación, psicólogos o pedagogos.

Los centros e institutos se dotan de recursos o se autorizan de acuerdo con la demanda de la zona educativa, para que cada una tenga los centros necesarios, siguiendo un criterio de sectorización. Se ha procurado especializarlos en un tipo de discapacidad preferente para ofrecer una atención educativa de calidad, reuniendo los recursos humanos y técnicos necesarios.

La relación de institutos que en cada provincia están autorizados para la integración en Educación Secundaria se han de consultar en cada Delegación Provincial o en la página web de la Consejería de Educación y Ciencia (www.cec.junta-andalucia.es).

LAS MODALIDADES DE ESCOLARIZACIÓN

¿Cuáles son las modalidades de escolarización para el alumnado con discapacidad?

Para decidir cuál es la modalidad de escolarización más adecuada, los Equipos de Orientación Educativa tienen en cuenta las características del alumnado y sus necesidades educativas.

El alumnado con necesidades educativas especiales escolarizado en un centro ordinario podrá ser atendido en alguna de estas modalidades de integración:

A)   Integración total en grupo ordinario a tiempo completo.

B)  Integración en grupo ordinario en períodos variables.

C)  Atención educativa en aula específica.

¿Qué es la integración total en grupo ordinario a tiempo completo?

Es la modalidad en la que se atiende al alumnado que puede seguir el desarrollo del currículo ordinario con ayudas técnicas de acceso al currículo o con aplicación de medidas de adaptación curricular o de refuerzo educativo.

El currículo que desarrolla este alumnado es el correspondiente al Proyecto Curricular y a la Programación de Aula del nivel de enseñanzas en el que se encuentra, con las medidas de adaptación curricular de menor significación y de apoyo que cada caso requiere.

En la educación de este alumnado interviene el equipo educativo correspondiente al grupo en el que está integrado y su tutor es el mismo del grupo.

Los equipos educativos organizan el apoyo educativo específico para este alumnado, a cargo del mismo profesorado que imparte las distintas áreas o materias curriculares, de los maestros y maestras especializados en Educación Especial o en Audición y Lenguaje o por ambos de forma coordinada.

Para complementar la acción del equipo, se cuenta con la colaboración del Orientador u Orientadora del Equipo de Orientación Educativa o del Departamento de Orientación, según los casos, y del profesorado especializado del centro, en los términos establecidos en la normativa vigente y en las intervenciones previstas en la adaptación curricular elaborada para cada caso.

¿Qué es la integración en grupo ordinario en períodos variables?

Es la modalidad en la que se atiende al alumnado que, por razón de su discapacidad, requiere una atención personalizada específica y que puede integrarse parcialmente, en mayor o menor medida, según los casos, en los grupos ordinarios. El grado de integración varía en función de las necesidades educativas que el alumnado presenta, de sus competencias curriculares, de las adaptaciones curriculares y de los medios personales y materiales que precisa.

El currículo que cursa este alumnado toma como referencia el Proyecto Curricular y la Programación de Aula del grupo de referencia, adaptado con el grado de significación que cada uno de los casos requiera.

La atención educativa que se realiza en el aula ordinaria supone la planificación y desarrollo de actividades, comunes o adaptadas, con respecto a las planificadas con carácter general para el grupo. Estas actuaciones las realiza el profesorado que imparte las áreas en las que se integra el alumnado con necesidades educativas especiales.

La intervención sobre los aspectos más específicos de la adaptación curricular individualizada se realiza en el aula de apoyo, por parte del profesorado especialista en Educación Especial o en Audición y Lenguaje, en los términos establecidos en la normativa vigente y en dicha adaptación curricular.

Según el grado de integración y el tiempo de permanencia en el aula ordinaria o en la de apoyo, la tutoría recae bien sobre el tutor o tutora del grupo de referencia, o bien sobre el profesorado especializado.

¿Cómo es la atención educativa en aula específica?

Se atiende en esta modalidad al alumnado cuyas necesidades educativas especiales y grado de desfase curricular requieren un currículo adaptado significativamente.

El referente será el conjunto de capacidades enunciadas en los objetivos de la enseñanza básica, incidiendo especialmente en: el conocimiento de sí mismos, la adquisición de la autonomía personal, el conocimiento y participación en el medio físico y social, el desarrollo de la comunicación y el lenguaje.

También puede ser atendido en esta modalidad el alumnado con discapacidad psíquica que presenta trastornos del comportamiento, cuyas alteraciones dificultan el normal desarrollo de las actividades dentro del aula ordinaria.

Cuando sus características y posibilidades lo permiten, el alumnado está integrado en grupos ordinarios, en aquellas áreas o materias en las que tenga mayores posibilidades de relacionarse con el resto del grupo o realizar actividades compartidas de tipo deportivo, artístico, complementarias o lúdico-recreativas.

La docencia directa, la atención educativa especializada y la tutoría de este alumnado recae sobre los maestros y maestras especializados en Educación Especial o en Audición y Lenguaje que atienden el aula específica de educación especial.

La coordinación entre los profesionales que atienden al alumnado con necesidades educativas especiales con discapacidad.

La coordinación de los profesionales que intervienen con el alumnado con discapacidad recae sobre el personal que tiene la responsabilidad de la tutoría. Para mejorar la calidad de la atención educativa, es necesario que los profesionales participen, coordinadamente, en las acciones y actividades dirigidas a este tipo de alumnado.

La necesidad de estar coordinados no se limita al profesorado. Es igualmente necesaria con otros profesionales: los intérpretes de lengua de signos, los miembros de los equipos específicos para el apoyo educativo de sordos, ciegos o motóricos.


ESCOLARIZACIÓN EN

CENTROS ESPECÍFICOS


 

LA ESCOLARIZACIÓN EN CENTROS ESPECÍFICOS

¿Cuál es el papel de los centros específicos de Educación Especial?

Las necesidades educativas especiales que puede presentar un alumno o alumna con discapacidad varían desde las transitorias y poco relevantes a las más graves y permanentes. En estos casos, la escolarización puede realizarse en los centros de educación especial, si se aprecia, de forma razonada, que las necesidades educativas especiales que presentan no pueden ser satisfechas, adecuadamente, en el centro ordinario.

¿Qué alumnado es atendido en los centros específicos?

Se escolarizan en centros específicos de educación especial los alumnos y alumnas con necesidades educativas especiales permanentes asociadas a trastornos graves del desarrollo, retraso mental (severo o profundo) o afectado por plurideficiencias.


¿Con qué profesionales cuentan los centros específicos?

La docencia y los tratamientos especializados que requiera este alumnado son responsabilidad de los maestros y maestras especialistas en pedagogía terapéutica y en audición y lenguaje. Asimismo, los centros disponen de monitores de educación especial, psicólogos, pedagogos, fisioterapeutas y trabajadores sociales según las características y necesidades del alumnado de cada centro.

¿Cuántos alumnos y alumnas se escolarizan por unidad?

La ratio profesor/alumno en las aulas y centros específicos de Educación Especial ha sido establecida en las instrucciones de la Viceconsejería de Educación y Ciencia para el curso 2000-01:

-          Unidades para la atención de alumnos con discapacidad psíquica: 6 – 8.

-          Unidades para la atención de alumnos con discapacidad Sensorial: 6 – 8.

-          Unidades para la atención de alumnos con discapacidad Física/Motórica: 8 – 10.

-          Unidades para la atención de alumnos con autismo o trastornos psicóticos: 3 – 5.

-          Unidades para la atención de alumnos con plurideficiencias: 4 – 6.

-          Unidades que atienden varias discapacidades: 5 alumnos o alumnas como máximo.

¿Qué enseñanzas se cursan en los centros específicos de Educación Especial?

-          Los centros específicos aplican un currículo muy diversificado para estos escolares, con el objetivo de desarrollar al máximo sus posibilidades y capacidades. Para cada alumno o alumna se prepara una adaptación curricular ajustada a su perfil.

-          Por otro lado, los centros específicos también intervienen en el proceso de integración sociolaboral, mediante el desarrollo de Programas de Garantía Social y Programas de Transición a la Vida Adulta.

La especialización de algunos centros específicos.

Determinados centros específicos han especializado su oferta al alumnado con un mismo tipo de discapacidad. Ofrecen una respuesta singular en cuanto al tipo de equipamiento, especialización del profesorado y personal complementario. Estos centros atienden al alumnado, en régimen ordinario o con servicio de residencia escolar, cuando proviene de localidades alejadas u otras provincias.

Su finalidad es preparar al alumnado para la integración en el sistema ordinario lo antes posible, en cuanto la evolución del alumno y las características del centro de integración así lo aconsejen.

En Andalucía existen algunos centros de estas características: el Centro de Recursos “Luis Braille” de la ONCE, para ciegos y deficientes visuales, en Sevilla; el Centro de Educación Especial para Sordos “Rancho de los Colores”, de Jerez de la Frontera, y el Centro “Sagrada Familia”, de Granada, privado concertado, ambos especializados en la educación de alumnado con discapacidad auditiva; y el Colegio Público de Educación Especial “Aben Basso”, para alumnos con discapacidad motórica, en Sevilla.


ATENCIÓN EDUCATIVA


LAS MEDIDAS CURRICULARES PARA LA ATENCIÓN A LAS NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES DEL ALUMNADO CON DISCAPACIDAD.

¿Qué significa que un alumno o alumna tiene necesidades educativas especiales?

Un alumno o alumna tiene necesidades educativas especiales cuando tiene dificultades, mayores que el resto de sus compañeros, para acceder a los aprendizajes que le corresponden por su edad. Para compensar esas dificultades requiere determinadas ayudas especiales.

La consideración de que un alumno o alumna tiene necesidades educativas especiales tiene en cuenta, además de las dificultades de aprendizaje del alumnado, que el profesorado, individual y colectivamente, ha agotado todos los recursos ordinarios a su alcance para responder a ellas. Entonces, precisa una ayuda educativa especial, que se diferencia de la que se oferta a la mayoría de los compañeros.

En la medida que la educación obligatoria es un derecho de todos los alumnos y alumnas, resulta obligado hacer todo lo posible para que todos ellos aprendan y progresen y, por tanto, se trata de buscar y agotar todas las vías, métodos y medios de enseñanza que les permita aprender y alcanzar los objetivos educativos.

No es justo excluir a ningún alumno o alumna de esa finalidad, por muy graves que sean sus dificultades. Siempre se puede avanzar, siempre se puede aprender, y está en manos de todos hacer posible esa empresa.

Ahora bien, no todos los alumnos pueden aprender lo mismo. En algunos casos, existirá una diferencia significativa entre lo que ciertos alumnos podrán aprender en comparación con la mayoría.

¿Cuáles son las medidas curriculares que se pueden emplear para su atención?

Las medidas que se emplean abarcan desde ayudas concretas, que necesita el alumnado en determinados momentos para superar alguna dificultad, hasta ayudas permanentes y continuas a lo largo de su escolarización.

Las ayudas son, por tanto, el refuerzo educativo, las adaptaciones curriculares o los programas de diversificación curricular.

¿Qué se entiende por refuerzo educativo?

Cuando las necesidades que presenta el alumno o alumna no pueden ser suficientemente atendidas con los medios educativos ordinarios, se necesita algún tipo de intervención “extra”. Esta intervención es lo que se entiende por refuerzo educativo. Es decir, el conjunto de actividades educativas que complementan, consolidan o enriquecen la acción educativa ordinaria y principal.

¿Quién lo aplica?

Algunas de estas actividades las puede realizar el tutor o tutora en su grupo de clase, mientras que otras pueden requerir la intervención de profesores más especializados: profesor de apoyo para la educación especial, profesor de audición y lenguaje.

¿En qué consiste el refuerzo educativo?

El refuerzo educativo que presta el tutor o tutora puede ser de distinta índole, según las necesidades de cada alumno o alumna. En algunos casos, la intervención se situará en la ayuda personalizada y específica para la adquisición de ciertos aprendizajes en los que el alumno presenta dificultades. Otras veces, el refuerzo va a consistir en la aplicación de métodos especializados que requieren técnicas y estrategias específicas.

Por último, con algunos alumnos y alumnas es necesario trabajar capacidades básicas, que la mayoría del alumnado desarrolla mediante los procedimientos educativos convencionales, como son: capacidad de discriminación, de formación de conceptos, de solución de problemas, de manejo de la memoria, de procesamiento de la información y que son aplicables en distintos contextos de actuación.

¿Qué son las adaptaciones curriculares?

Son las modificaciones necesarias para compensar las dificultades de aprendizaje de los alumnos y alumnas con necesidades educativas especiales.

Las adaptaciones curriculares son un continuo. En un extremo están los cambios habituales que el profesorado introduce en su enseñanza y, en el otro extremo, están las adaptaciones que se apartan significativamente del currículo. Es el caso del alumnado con dificultades de aprendizaje más permanentes y severas, que reciben una enseñanza que se diferencia notablemente de la que reciben sus compañeros de clase o edad. En este caso sería injusto ofrecerles las mismas condiciones de enseñanza que a los alumnos sin tales dificultades.

Las modificaciones necesarias pueden afectar a los elementos de acceso al currículo, las ayudas técnicas o personales; y a los elementos del currículo: qué han de aprender los niños, cómo y cuándo han de hacerlo.

¿Qué son las adaptaciones de acceso al currículo?

Las adaptaciones de acceso al currículo son las modificaciones o la provisión de recursos espaciales, materiales o de comunicación que van a facilitar que algunos escolares con necesidades educativas especiales, puedan desarrollar las enseñanzas previstas para ellos.

¿Qué elementos del currículo se modifican?

Las adaptaciones curriculares son las modificaciones que se realizan desde la programación en objetivos, contenidos, metodología, actividades, criterios y procedimientos de evaluación para atender a las necesidades individuales.

Siguiendo la lógica del continuo, podemos hablar de adaptaciones curriculares poco significativas y adaptaciones curriculares significativas.

¿Cuándo se considera que la adaptación es poco significativa?

Son aquellas decisiones que no modifican, sustancialmente, la programación propuesta para el grupo-clase. En algunos casos, van a ser adaptaciones en la metodología que va a implicar una ayuda más individualizada del profesorado. En otros casos, va a suponer adaptaciones en los contenidos tomando decisiones sobre rescatar contenidos trabajados anteriormente, o introduciendo cambios en la secuenciación de los mismos o eliminando algún contenido que no se considere básico. A veces, hay que realizar adaptaciones en los procedimientos e instrumentos de la evaluación, como en el caso de alumnado con problemas de comunicación o en el caso de alumnos con dificultades.

¿Cuándo se considera que la adaptación es significativa?

Se considera una medida excepcional ya que implica la selección de contenidos y los objetivos esenciales en las diferentes áreas, que se consideran básicos para cada alumno o alumna. Por tanto, las adaptaciones curriculares tienen como resultado una enseñanza que se aparta muy significativamente de la que reciben otros alumnos de la misma edad.

En este sentido, es necesario que el proceso esté sujeto a un mayor control, sobre todo, en lo que respecta a la tarea de explicar y registrar las adaptaciones propuestas, especialmente con relación a los contenidos y objetivos a trabajar en las áreas curriculares en las que los alumnos muestran dificultades.

Por otro lado, también es necesario que el profesorado sea muy riguroso a la hora de la evaluación del alumnado y, además, que intervengan especialistas (los Equipos de Orientación Educativa) para que ésta sea lo más completa posible. Ha de recoger diferentes aspectos y precisar cuáles son las necesidades del alumno o alumna y, por tanto, cuáles son las ayudas que han de facilitársele y cuáles, entonces, las adaptaciones más adecuadas.

¿Qué contiene el documento de adaptación curricular?

Cuando es necesario aplicar una adaptación curricular individualizada significativa, se elabora un documento escrito que contendrá los siguientes apartados:

-          Datos personales y escolares del alumno o alumna.

-          Informe o valoración de la competencia curricular del alumno o alumna

-          Delimitación de las necesidades educativas especiales del alumno o alumna.

-          Determinación del currículo adaptado que seguirá el alumno o alumna.

-          Mecanismos de seguimiento de la adaptación curricular

-          Especificación de los recursos necesarios ( profesorado, materiales )

-          Las adaptaciones curriculares individualizadas significativas deben ser aprobadas y supervisadas por la Administración Educativa.

¿Qué papel tienen las familias en el proceso de elaboración de una adaptación curricular individualizada significativa ?

La familia del alumno o alumna al que se le va a aplicar una adaptación curricular individualizada recibirá información sobre la adaptación y podrá realizar las sugerencias que considere oportunas. En caso de desacuerdo podrá reclamar ante el Director del centro y, en caso de que persista, ante el servicio de Inspección Educativa que resolverá.


¿En qué consiste la diversificación curricular?

La diversificación curricular es una medida excepcional, dirigida al alumnado del segundo ciclo de la educación secundaria. Sólo debe aplicarse cuando se han agotado las medidas anteriores, si el alumno o alumna tiene dificultades generalizadas en la mayor parte de las áreas del currículo, y se prevé que sólo con la permanencia de uno o dos años más en el segundo ciclo, no alcanzará los objetivos establecidos en la etapa de Educación Secundaria.

Consiste en organizar las enseñanzas de manera distinta a como lo están habitualmente, de forma que al alumnado se le presentan los contenidos nucleares de las áreas que configuran la Educación Secundaria (matemáticas, lengua y literatura, tecnología, biología etc.), en torno a dos grandes ámbitos de aprendizaje: el socio-lingüístico y el científico-tecnológico. Todo ello desde una perspectiva metodológica motivadora, globalizada y participativa.

Y después de la secundaria, ¿qué?

Una vez finalizado el período de la enseñanza obligatoria, se le proporciona a cada estudiante un Consejo Orientador sobre su futuro académico y profesional, en el que se le informa de las propuestas que en su caso se consideran adecuadas.

Si el alumno o alumna ha conseguido el título de Graduado en Educación Secundaria puede:

-          Iniciar sus estudios en Bachillerato.

-          Iniciar sus estudios en Formación Profesional.

Si el alumno o alumna no ha conseguido el Título en Educación Secundaria puede acceder a un Programa de Garantía Social.


LOS PROGRAMAS DE GARANTÍA SOCIAL COMO MEDIDA ESPECÍFICA DE COMPENSACIÓN.

¿Qué es un Programa de Garantía Social?

Un Programa de Garantía Social es un curso para jóvenes que no han obtenido el título de Graduado en Enseñanza Secundaria.

Tiene una doble vertiente: formación general y formación elemental para una ocupación laboral.

¿Quién puede realizarlo?

Va dirigido al alumnado que se encuentre en la franja de edad comprendida entre los 16 y los 20 años, y que por no haber alcanzado los objetivos de la Enseñanza Secundaria Obligatoria, no haya obtenido el título de Graduado en Enseñanza Obligatoria, lo que les va a impedir continuar estudios de Bachillerato o de Formación Profesional.

También podrá cursarlo aquel alumnado que, por circunstancias especiales de índole diversa, se encuentre sin escolarizar, siempre que cumpla el requisito de edad.

¿Dónde se puede cursar un Programa de Garantía Social?

En general, en centros públicos de Educación Secundaria o en Centros Específicos de Educación Especial, dependientes de la Consejería de Educación y Ciencia de la Junta de Andalucía. De estos centros encontrará en esta guía un listado completo que incluye direcciones y teléfonos de contacto, así como los diferentes Perfiles Ocupacionales que se imparten en cada uno de ellos.

También existen centros concertados y privados que imparten este tipo de programas, así como ayuntamientos y asociaciones sin ánimo de lucro que colaboran con la Consejería de Educación desarrollando Programas de Garantía Social. Para mayor información, pueden dirigirse a las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Educación.

¿Qué NO es un Programa de Garantía Social?

Los Programas de Garantía Social son una opción final que ofrece el Sistema Educativo a los alumnos que, por diversas circunstancias, no han podido obtener el título de Graduado en Enseñanza Secundaria.

No son, ni deben ser, en ningún caso, una manera de desviar a los alumnos que no obtienen buenos resultados académicos hacia opciones profesionalizadoras. Es necesario, por tanto que, previamente a cursar un Programa de Garantía Social, un alumno complete su escolarización obligatoria, incluyendo la aplicación de todas las medidas disponibles para que el alumno pueda obtener el título de Graduado en Enseñanza Secundaria Obligatoria y, de esta forma pueda continuar, si lo desea, sus estudios de Formación Profesional o Bachillerato.

¿Cuál es la duración de los Programas de Garantía Social?

Su duración es variable, entre uno y dos cursos académicos para los Programas de Garantía Social que se imparten en los centros docentes y de un año para los que se realizan en ayuntamientos y asociaciones sin ánimo de lucro.

¿Cuáles son los objetivos de los Programas de Garantía Social?

Por un lado, los Programas de Garantía Social pretenden ofrecer una formación básica que permita a los alumnos proseguir sus estudios de Formación Profesional, mediante una prueba de acceso a los Ciclos Formativos de Grado Medio, en la que se tendrá en cuenta haber cursado el Programa, si está relacionado con la Familia Profesional elegida.

Por otro lado, dotar a los alumnos de una cualificación profesional básica, que pueda facilitarles su incorporación al mundo laboral.

¿Cuáles son los contenidos que se imparten en los Programas de Garantía Social?

Los Programas de Garantía Social atienden dos ámbitos complementarios de la formación del alumnado, en consonancia con los objetivos propuestos:

-          Un ámbito general, para mejorar la formación básica del alumno, esencial para una buena cualificación profesional.

-          Un ámbito profesionalizador, referido a los diferentes perfiles ocupacionales. Esta formación puede incluir períodos de prácticas en empresas relacionadas con el perfil del programa.


¿Qué certificación se obtiene al terminar un Programa de Garantía Social?

Al finalizar un Programa de Garantía Social, se expide al alumno una certificación de haber cursado el mismo, indicándose en ella el grado de aprovechamiento.

¿Cómo se puede solicitar un Programa de Garantía Social?

Del 1 al 30 de Abril de cada año, se puede solicitar la admisión en un Programa de Garantía Social, en los centros docentes de la Consejería de Educación y Ciencia, para el curso siguiente. Es importante asesorarse en el propio centro, a través del profesor tutor o del Departamento de Orientación, de todo lo referente al programa que se quiera solicitar.

¿Dónde se puede obtener información sobre los Programas de Garantía Social?

En primer lugar, a través del profesor tutor o del Departamento de Orientación del centro educativo en el que se halle escolarizado el alumno.

En segundo lugar, en las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Educación y Ciencia, cuya relación telefónica se incluye en esta guía.


AYUDAS


AYUDAS PARA EL ALUMNADO CON NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES.

¿Cuáles son las Administraciones públicas que tienen la competencia?

Las ayudas públicas de carácter individual para sufragar los gastos que origina la educación de los alumnos con necesidades educativas especiales son competencia del Ministerio de Educación y Cultura. Desde las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Educación y Ciencia, de la Junta de Andalucía, se tramitan las solicitudes de ayudas individuales al estudio que cada año en el mes de junio convoca el Ministerio.

¿Qué cubren estas ayudas?

a)      Ayudas individuales directas para las enseñanzas de educación especial.

-          Para la enseñanza.

-          Para transporte escolar.

-          Para residencia escolar.

-          Transporte para traslado de fin de semana en centros de educación especial.

-          Transporte urbano.

-          Reeducación pedagógica y del lenguaje.

b)      Subsidios de Educación Especial para familias numerosas con hijos con discapacidad o incapacitados para el trabajo.

Se conceden únicamente bajo el concepto de transporte y comedor.

¿Dónde se tramitan las solicitudes?

En los centros donde el solicitante esté escolarizado y en los Negociados de Becas de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Educación y Ciencia. Igualmente, a través de las oficinas de Correos, según lo establecido en la Ley que regula el Procedimiento Administrativo.

Plazo de solicitud, requisitos y documentación necesarios.

El plazo de solicitud suele extenderse hasta el 30 de septiembre de cada año. Los requisitos y la documentación se establecen en la convocatoria anual.

Ayudas económicas para la adquisición de libros y material curricular.

A través de la convocatoria anual que realiza el Ministerio de Educación y Cultura, los representantes legales de alumnos y alumnas con necesidades educativas especiales pueden solicitar ayudas económicas para sufragar los gastos de adquisición de libros y materiales curriculares. La ayuda no cubre la totalidad de los gastos.

Se solicita en los centros educativos, por medio de los cuales se difunde la convocatoria y se distribuyen los impresos de solicitud.

Los requisitos y la documentación, que debe aportarse, se recogen en la convocatoria de cada año, que suele aparecer en el mes de septiembre.

Los alumnos con necesidades educativas especiales y el uso de los servicios de comedor y transporte escolar.

Los alumnos y alumnas con necesidades educativas especiales acceden a estos servicios como el resto del alumnado. No obstante, se les considera especialmente en el baremo de ayudas para el servicio de comedor, reconociendo con dos puntos sus necesidades educativas especiales.

El servicio de comedor escolar está regulado por el Decreto 192/1997, de 29 de julio, publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, nº 92, de 9 de agosto de 1997. La organización y el funcionamiento de los mismos está regulada en la Orden de 11 de agosto de 1997.

El objeto del servicio escolar de transporte es facilitar el desplazamiento del alumnado desde su localidad de residencia al centro escolar propuesto por la Administración Educativa. Dicho servicio es gratuito para alumnos de Primaria y Secundaria Obligatoria residentes en núcleos de población dispersa o que no dispongan de centro escolar.

Establece la normativa que lo regula, que los vehículos han de disponer de las adaptaciones necesarias para el acceso de este alumnado y el apoyo de un monitor de transporte tanto para la entrada como para la salida en el autobús como durante el trayecto del viaje.

 

La organización y gestión del servicio de transporte escolar y de estudiantes están reguladas en el Real Decreto 2296/1983, de 25 de agosto y en la Orden de 25 de marzo de 1997 de las Consejerías de Obras Públicas y Transporte y de Educación y Ciencia. Esta Orden se complementa con las Instrucciones dicta la Dirección General de Formación Profesional y Solidaridad en el Educación, para cada curso escolar.

Las normas citadas pueden consultarse en los boletines oficiales correspondientes, en los centros educativos con servicio de comedor, en la Delegaciones Provinciales, o en la página web de la Consejería de Educación y Ciencia en el apartado dedicado a la normativa.

¿Existen otras ayudas para el alumnado con discapacidad?

La Consejería de Asuntos Sociales convoca anualmente, en torno al mes de enero, prestaciones económicas para la atención de necesidades específicas, de carácter no periódico, y sujetas a las disponibilidades presupuestarias.

Las solicitudes se tramitan en las Delegaciones Provinciales de Asuntos Sociales.

Las ayudas se dirigen a la rehabilitación, la estimulación precoz y la recuperación médico-funcional. Los requisitos establecen que no se ha de superar determinados niveles de renta, que se especifican en cada convocatoria.

a)      Ayudas de rehabilitación.

Las ayudas de rehabilitación tienen por objeto contribuir a sufragar los gastos de tratamiento cuando la persona con discapacidad no pueda ser atendida en centros propios, subvencionados o concertados por el Instituto Andaluz de Servicios Sociales o en otros organismos públicos en régimen de gratuidad.

b) Ayudas para estimulación precoz

Las ayudas para estimulación precoz se destinan a evitar los procesos degenerativos y potenciar el desarrollo de las capacidades físicas, psíquicas o sensoriales de los niños de 0 a 4 años con discapacidad reconocida como minusvalía o posible minusvalía.

c) Ayudas para recuperación médico-funcional

Las ayudas para la recuperación médico-funcional se destinan a la aplicación de terapias adecuadas para conseguir la rehabilitación física, psíquica o sensorial de las personas con discapacidad reconocida como minusvalía o posible minusvalía, potenciando los recursos residuales mediante todas o algunas de las técnicas de fisioterapia, psicomotricidad o terapia del lenguaje.


ORIENTACIÓN


¿Qué son los servicios de Orientación Educativa?.

Son los recursos específicos del Sistema Educativo destinados a la orientación educativa y profesional. Están constituidos por los Equipos de Orientación Educativa (EOEs) y por los Departamentos de Orientación. Ambos, con relación al alumnado, desempeñan unas funciones generales destinadas a la atención y apoyo de los procesos de enseñanza -aprendizaje y orientación– desarrollo de la población escolar en general y, muy particularmente, de la población escolar que presenta necesidades educativas especiales.

LOS EQUIPOS DE ORIENTACIÓN EDUCATIVA.

Los Equipos de Orientación Educativa están formados por diversos profesionales de la psicología, la pedagogía, la medicina, la logopedia, la enseñanza y del ámbito del trabajo social, que desarrollan sus funciones y tareas en los centros públicos de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria, Educación de las Personas Adultas y Residencias Escolares, que integran una zona educativa.

Su trabajo se distingue por el carácter interdisciplinar y especializado de sus intervenciones, por sus funciones de apoyo y complemento a las actividades educativas desarrolladas por los mismos centros y por su contribución a la dinamización pedagógica y a la innovación educativa. Sus actuaciones las llevan a cabo mediante el desarrollo de programas de intervención dirigidos al profesorado, al alumnado y a las familias.

¿Qué funciones desempeñan en relación con el alumnado con necesidades educativas especiales?

En relación con la población escolar que presenta necesidades educativas especiales, a los Equipos de Orientación Educativa les corresponde, entre otras funciones, la realización de la evaluación psicopedagógica, de la que derivan las orientaciones necesarias que permitan el ajuste de la respuesta educativa del centro a las necesidades educativas de las personas objeto de estudio. También, les corresponde orientar la elaboración y aplicación de las medidas de adaptación curricular y realizar su seguimiento y la evolución. Del mismo modo, elaboran el dictamen de escolarización para aquellos casos que lo necesiten, indicando la modalidad y las condiciones de escolarización más adecuadas.

¿Cuántos equipos y profesionales existen?

En Andalucía existen 144 Equipos de Orientación Educativa, de los que 136 son equipos de zona y 8 son Equipos Técnicos Provinciales para la Orientación Educativa y Profesional, con sedes dependientes de las respectivas Delegaciones Provinciales de la Consejería de Educación y Ciencia. De ellos, funcionan 3 equipos específicos, para la atención educativa del alumnado con discapacidad motórica y otros 2 equipos para la atención educativa del alumnado con discapacidad auditiva y 8 equipos para la atención educativa del alumnado con discapacidad visual.

Para el apoyo a la educación integrada del alumnado con ceguera o deficiencia visual, la Consejería de Educación y Ciencia tiene suscrito un convenio con la ONCE, en virtud del cual funcionan los 8 equipos citados en el párrafo anterior. Todos ellos están constituidos por profesionales de ambas instituciones. La Consejería de Educación y Ciencia aporta 60 profesionales (48 maestros y 12 profesores de ESO).

Los profesionales que, en la actualidad, integran los Equipos de Orientación Educativa son pedagogos, psicólogos, médicos, logopedas, maestros, con funciones de compensación educativa, y trabajadores sociales.

Las direcciones de estos equipos pueden consultarse al final de esta guía.

LOS DEPARTAMENTOS DE ORIENTACIÓN DE LOS INSTITUTOS DE EDUCACIÓN SECUNDARIA.

Son los recursos internos de orientación de los Institutos de Educación Secundaria, integrados por un psicólogo o un pedagogo y, según las características del centro, por un especialista en Audición y Lenguaje o un especialista en Pedagogía Terapéutica.

El total de Departamentos de Orientación Educativa en la ESO asciende a 766.

¿Cuáles son sus funciones con respecto al alumnado con necesidades educativas especiales?

Los Departamentos de Orientación colaboran con los Departamentos didácticos en la prevención y detección temprana de los problemas de aprendizaje, en la elaboración de la programación y en la realización de las adaptaciones curriculares dirigidas al alumnado que las precise. De igual modo, hacen la evaluación psicológica y pedagógica previa a la toma de decisiones educativas y participan en la elaboración del consejo orientador sobre el futuro académico y profesional de los alumnos y alumnas que concluyen su escolarización en el centro.


OTRAS ATENCIONES ESPECIALIZADAS


 

LOS INTÉRPRETES DE LENGUA DE SIGNOS ESPAÑOLA EN EL SISTEMA EDUCATIVO.

Desde el curso 1995-96, la Consejería de Educación y Ciencia y la Federación Andaluza de Asociaciones de Sordos (FAAS) vienen desarrollando, en virtud de un acuerdo de colaboración, una experiencia educativa mediante la cual alumnos y alumnas sordos utilizan los servicios de interpretación de Lengua de Signos en las sesiones de clase. La función del intérprete no es docente, su tarea consiste en facilitar la comunicación y la traducción de las explicaciones del profesorado, la interpretación de gráficas y de otros materiales complejos.

Esta medida está especialmente dirigida al alumnado con grandes limitaciones en el empleo del lenguaje oral, que se comunica fundamentalmente a través de la Lengua de Signos y cuya familia y él mismo han solicitado expresamente el recurso.

La relación de centros que, al amparo del acuerdo de colaboración con la Consejería de Educación y Ciencia, disponen de intérprete de lengua de signos se incluye al final de esta guía.

 

LA ATENCIÓN EDUCATIVA AL ALUMNADO CON PROBLEMAS DE SALUD.

Los alumnos y alumnas que por razón de enfermedad o convalecencia de larga duración, requieren atención educativa en centros hospitalarios o en sus domicilios, por tratarse de enfermedades crónicas que impiden su asistencia al centro educativo, reciben atención por medio de dos tipos de actuaciones diferenciadas:

1.      El Programa de Educadores y Educadoras en Centros Sanitarios (Aulas Hospitalarias) que atiende a los niños y niñas hospitalizados por períodos de media y larga duración, en la red de hospitales del Servicio Andaluz de Salud.

2.      El Programa de Atención Educativa Domiciliaria en el que intervienen profesores itinerantes en coordinación con el profesorado de los centros educativos de referencia.

 

¿En qué consiste el Programa de Aulas Hospitalarias?

El Programa de Educadores y Educadoras en Centros Sanitarios, más conocido como el programa de aulas hospitalarias, se lleva a cabo en los centros hospitalarios del Servicio Andaluz de Salud. Los profesores y profesoras de estas aulas, con dependencia orgánica de la Consejería de Educación y Ciencia, se encuentran adscritos al Equipo de Orientación Educativa de la zona donde está ubicado el hospital y trabajan en coordinación con los responsables provinciales del Área de Solidaridad y Compensación Educativa.

En el curso 2000-01 funcionan 30 unidades hospitalarias para la atención del alumnado con enfermedades que requieren hospitalización durante el período de escolarización obligatoria, en las cuales atiende a una media diaria de 322 escolares hospitalizados.

Este programa está en funcionamiento desde mayo de 1988, mediante un compromiso institucional entre las Consejerías de Salud y de Educación y Ciencia.

EL PROGRAMA DE ATENCIÓN EDUCATIVA DOMICILIARIA

El Programa de Atención Educativa Domiciliaria se inició en el año 1995. Desde el año 1999, se desarrolla mediante un convenio de colaboración entre la Consejería de Educación Ciencia y la fundación “Save The Children” (antes Fundación Cooperación y Educación FUNCOE).

La Consejería de Educación y Ciencia ha renovado, con fecha 16 de marzo de 2000, el convenio de colaboración con “Save The Children”, con el objetivo de impulsar, conjuntamente, el programa de atención domiciliaria a niños y niñas enfermos de larga duración, para darles continuidad a su proceso de aprendizaje.

La atención domiciliaria se realiza en coordinación con el maestro o maestra tutor del centro de referencia, donde el alumnado está matriculado, para facilitar la integración posterior o la escolarización parcial (durante los períodos en los que el alumnado pueda asistir) y la organización de las enseñanzas con el referente del currículo ordinario y su grupo de referencia.

El objetivo del programa es normalizar y mejorar su calidad de vida durante períodos de tiempo más o menos largos que pueden provocar retrasos en la adquisición de conocimientos, destrezas y habilidades, baja autoestima y fracaso escolar.

Corresponde a las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Educación y Ciencia la determinación de las circunstancias que concurren en los escolares afectados por enfermedades que originan su permanencia en sus domicilios, así como autorizar que sean atendidos por los profesionales de “Save the Children”.

Los centros escolares son los encargados de comunicar a la Delegación Provincial los casos que se vayan presentando y los Equipos de Orientación Educativa valorarán e informarán respecto de cada escolar que solicite la atención educativa domiciliaria; a lo cual se unirá el correspondiente diagnóstico clínico.

El pasado año 1999 fueron atendidos en sus hogares alrededor de 75 escolares.

 


 

LA AGENCIA EUROPEA PARA EL DESARROLLO DE LAS NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES

 


LA AGENCIA EUROPEA DE LA EDUCACIÓN ESPECIAL.

 

En el mes de noviembre de 1999, Andalucía se incorporó a la Agencia Europea para el Desarrollo en Necesidades Educativas Especiales. La participación de la Comunidad Autónoma de Andalucía se canaliza a través de la Consejería de Educación y Ciencia. La finalidad de está actuación es contribuir al logro de los objetivos establecidos en la Ley 9/99 de Solidaridad en la Educación, especialmente la mejora de la calidad de la atención que recibe el alumnado con necesidades educativas especiales.

 

¿Qué es la Agencia Europea?

 

Es un organismo de coordinación, colaboración y cooperación internacional cuya finalidad es mantener, transmitir y difundir el conocimiento disponible en cada uno de los países miembros acerca de la educación del alumnado con necesidades educativas especiales para que cada uno de ellos se beneficie de las experiencias, innovaciones, materiales, programas, equipamiento y tecnología desarrollados para compensar las necesidades educativas de este alumnado, adaptándolos a sus peculiaridades y demandas concretas.

 

Los objetivos

Fundamentalmente, se preocupa por recoger, procesar y distribuir información sobre buenas prácticas e innovaciones en el ámbito de la educación del alumnado con necesidades educativas especiales en todos los países socios de la Agencia.

Y también el fomento de la investigación y la difusión de los resultados en esta área así como la creación de un foro europeo en materia de perfeccionamiento profesio­nal, incluyendo la organización de cursos, seminarios, conferencias y visitas de estudio.

Por otro lado, desde la Agencia se complementará la aplicación de programas en el marco de la Unión Europea, de la O.C.D.E., del Consejo de Europa y del Consejo Nórdico, así como en el de otros orga­nismos internacionales.

 

 

 

¿Quiénes son sus destinatarios?

 

La información se dirige no sólo a los expertos en educación y a las autoridades educativas, sino, fundamentalmente, al profesorado y a los profesionales que intervienen con este alumnado en los centros educativos.

En cualquier caso, la información está al alcance de cualquier persona interesada en los campos de la educación especial y de la educación compensatoria: investigadores, profesorado ordinario y especializado, equipos directivos, expertos en perfeccionamiento y actualización profesional, asesores de Centros de Profesores..., servicios de orientación educativa, servicios de inspección educativa y a las familias, federaciones o asociaciones, u otras entidades.

Centros de interés

Para el trienio 1999-2002, se han propuesto tres nuevos centros de interés sobre los que se ha comenzado la recogida de información sobre buenas prácticas en el aula, programas de formación para la transición a la vida adulta y la utilización, difusión e investigación sobre las nuevas tecnologías aplicadas a la educación especial.

¿Cómo conectar con la Agencia?

Puede hacerse a través de la red de representantes: nacionales, de la comunidad autónoma o de la provincia. La forma más rápida es la comunicación electrónica, vía Internet, a través de la cual es posible obtener la información incluida en la base de datos y en la biblioteca de la Agencia. Además de las informaciones generales, cada país dispone de una página con formato homogéneo, donde refleja lo que considera más importante de su estructura y funcionamiento (www.european-agency.org).

La página web oficial de la Agencia en Internet, se perfecciona y amplía continuamente, ofrece información detallada para la realización de estudios comparativos y un panorama actualizado de tendencias crecientes o decrecientes en los distintos centros de interés sobre los que trabaja la Agencia.

La Agencia Europea en Andalucía

La Consejería de Educación y Ciencia de la Junta de Andalucía está representada por la Dirección General de Orientación Educativa y Solidaridad. En cada una de las ocho Delegaciones Provinciales de Educación y Ciencia, hay un representante de la Agencia, concretamente el responsable del área de las necesidades educativas especiales del Equipo Técnico Provincial para la Orientación Educativa y Profesional.

Desde la Consejería de Educación y Ciencia se coordina la participación y el desarrollo de los trabajos y programas propuestos por la Agencia en cada período, a través de los representantes provinciales


 

 


 

NORMATIVA


Normativa de la Comunidad Autónoma de Andalucía que regula la atención al alumnado con necesidades educativas especiales por razón de discapacidad.

La siguiente relación reúne las disposiciones legales que, en el ámbito de la atención educativa al alumnado con necesidades educativas especiales por razón de discapacidad, tienen mayor relevancia; bien porque determinan líneas generales de actuación o porque desarrollan aspectos muy concretos para la educación del colectivo.

De cada norma se presenta un extracto del contenido relacionado con el alumnado con necesidades educativas especiales. La consulta del texto completo de cada documento puede realizarse en los Boletines Oficiales de la Junta de Andalucía o en la base de datos de disposiciones legislativas de la página web de la Consejería de Educación y Ciencia de la Junta de Andalucía.

 

NORMATIVA REGULADORA DE LA EDUCACIÓN INFANTIL

DENOMINACIÓN

ASPECTOS QUE ABORDA SOBRE ACNEE

Decreto 107/92, de 9 de junio, por el que se establece las enseñanzas correspondientes a la educación infantil en Andalucía (BOJA 20-6-1996).

·       Compromiso con un modelo de escuela comprensiva y abierta a la diversidad.

·       Incluye la orientación y la acción tutorial como función docente, entre cuyas funciones destacan: el conocimiento de las necesidades educativas del alumnado y la adopción de medidas de atención.

·       Establece la aplicación de medidas de adaptación curricular.

Orden de 16 de marzo de 1993, por la que se establecen criterios y orientaciones para la elaboración de Proyectos Curriculares de Centro y secuenciación de contenidos en la Educación Infantil (BOJA 6-5-1993).

·       Orienta la elaboración de los proyectos curriculares considerando las características del alumnado con discapacidad.

·       Aporta sugerencias para la priorización, selección y organización de los contenidos, considerando las características del alumnado al que va destinado.

Orden de 1 de febrero de 1993, por la que se regula la evaluación en Educación Infantil en la Comunidad Autónoma Andaluza (BOJA 23-2-1993).

·       Determina un procedimiento de evaluación del aprendizaje del alumnado, que parte de la evaluación inicial y se concreta en la evaluación continua y formativa, para asegurar la aplicación de las medidas de apoyo pertinentes y el seguimiento de la evolución de las mismas.

·       En el informe de evaluación individualizado, recoge una síntesis de las dificultades de aprendizaje y de las medidas específicas que se adoptaron.

 


 

 

NORMATIVA REGULADORA DE LA EDUCACIÓN PRIMARIA

DENOMINACIÓN

ASPECTOS QUE ABORDA SOBRE ACNEE

Decreto 105/92, de 9 de junio, por el que se establecen las Enseñanzas correspondientes a la Educación Primaria en Andalucía (BOJA 20-6-1992).

·       Compromiso con un modelo de escuela comprensiva y abierta a la diversidad.

·       Incluye la orientación y la acción tutorial como función docente, entre cuyas funciones destacan: el conocimiento de las necesidades educativas del alumnado y la adopción de medidas de atención.

·       Establece la aplicación de medidas de adaptación curricular.

Orden de 5 de noviembre de 1992, por la que se establecen criterios y orientaciones para la elaboración de Proyectos Curriculares de Centro y secuenciación de contenidos en la Educación Primaria (BOJA 12-12-1992).

·       Orienta la elaboración de los proyectos curriculares considerando las características del alumnado con discapacidad.

·       Aporta sugerencias para la priorización, selección y organización de los contenidos, considerando las características del alumnado al que va destinado.

Orden de 1 de febrero de 1993, por la que se regula la evaluación en Educación Primaria en la Comunidad Autónoma Andaluza (BOJA 23-2-1993). Adaptada por la Orden de 2 de junio de 1993.

·       Determina un procedimiento de evaluación del aprendizaje del alumnado, que parte de la evaluación inicial y se concreta en la evaluación continua y formativa, para asegurar la aplicación de las medida de apoyo pertinentes y el seguimiento de la evolución de las mismas.

·       En el informe de evaluación individualizado, recoge una síntesis de las dificultades de aprendizaje y de las medidas específicas que se adoptaron.

 


 

NORMATIVA REGULADORA DE LA EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA

DENOMINACIÓN

ASPECTOS QUE ABORDA SOBRE ACNEE

Decreto 106/92, de 9 de junio, por el que se establecen las Enseñanzas correspondientes a la Educación Secundaria Obligatoria en Andalucía (BOJA 20-6-1992). Modificado por el Decreto 262/1996, de 28 de mayo (BOJA 17-8-1996)

·       Compromiso con un modelo de escuela comprensiva y abierta a la diversidad.

·       Incluye la orientación y la acción tutorial como función docente, entre cuyas funciones destacan: el conocimiento de las necesidades educativas del alumnado y la adopción de medidas de atención.

·       Establece la aplicación de medidas de adaptación curricular.

Orden de 1 de febrero de 1993, por la que se regula la evaluación en Educación Secundaria Obligatoria en la Comunidad Autónoma Andaluza (BOJA 23-2-1993).

·       Determina un procedimiento de evaluación del aprendizaje del alumnado, que parte de la evaluación inicial y se concreta en la evaluación continua y formativa, para asegurar la aplicación de las medida de apoyo pertinentes y el seguimiento de la evolución de las mismas.

·       En el informe de evaluación individualizado, recoge una síntesis de las dificultades de aprendizaje y de las medidas específicas que se adoptaron.

Orden de 28 de octubre de 1993, por la que se establecen criterios y orientaciones para la elaboración de Proyectos Curriculares de Centro y secuenciación de contenidos, así como la distribución horaria y de materias optativas en la Educación Secundaria Obligatoria (BOJA 7-12-1993).

·       Orienta la elaboración de los proyectos curriculares considerando las características del alumnado con discapacidad.

·       Aporta sugerencias para la priorización, selección y organización de los contenidos, considerando las características del alumnado al que va destinado.

Orden de 20 de julio de 1995, por la que se regulan los programas de diversificación curricular en la Comunidad Autónoma de Andalucía durante el período de implantación anticipada de la Educación Secundaria Obligatoria (BOJA 29-8-1995).

·       Define los programas de diversificación curricular y sus destinatarios. No es una medida específica para el alumnado con necesidades educativas especiales, pero está abierta a éste colectivo.

·       Su finalidad es reordenar el currículum de tercero y cuarto de E.S.O. para facilitar la obtención de la titulación básica.

Orden de 21 de febrero de 2000, por la que se regula la optatividad en la Enseñanza Secundaria Obligatoria (BOJA 2000).

·       Crea nuevas optativas de refuerzo en las áreas de Matemáticas y en 1º, 2º y 3º de E.S.O.

·       Amplía el catálogo de optativas para responder a los intereses y motivaciones diversas del alumnado.

Instrucciones de 19 de septiembre de 2000, de la Dirección General de Planificación y Ordenación Educativa, sobre la organización y realización con carácter experimental de actividades de atención a la diversidad en los centros que imparten Educación Secundaria Obligatoria incluidos en el Plan de Apoyo a centros docentes de Zonas de Actuación Educativa Preferente.

·       Su finalidad es facilitar la superación de los problemas de aprendizaje que puedan provocar desfases en el proceso formativo e incidir en el rendimiento de dicho alumnado, teniendo una mayor importancia estas actividades en los centros incluidos en Plan de Apoyo a centros docentes de Zonas de Actuación Educativa Preferente por las características socioeducativas de los mismos.

 


 

NORMATIVA REGULADORA DEL BACHILLERATO

DENOMINACIÓN

ASPECTOS QUE ABORDA SOBRE ACNEE

Decreto 126/1994, de 7 de junio, por el que se establecen las Enseñanzas correspondientes al Bachillerato en Andalucía (BOJA 26-7-1994).

·       Incluye la orientación y la acción tutorial como función docente, entre cuyas funciones destacan: el conocimiento de las necesidades educativas del alumnado y la adopción de medidas de atención.

·       Establece la aplicación de medidas de adaptación curricular.

Orden de 29 de julio de 1994, por la que se establecen orientaciones y criterios para la elaboración de Proyectos Curriculares de Centro, así como los horarios lectivos, los itinerarios educativos y las materias optativas del Bachillerato (BOJA 10-8-1994).

·       Orienta la elaboración de los proyectos curriculares considerando las características del alumnado con discapacidad.

·       Aporta sugerencias para la priorización, selección y organización de los contenidos, considerando las características del alumnado al que va destinado.

 


 

NORMATIVA REGULADORA DE LA ATENCIÓN EDUCATIVA AL ALUMNADO CON NEE

DENOMINACIÓN

ASPECTOS QUE ABORDA SOBRE ACNEE

Ley 9/ 1999, de 18 de noviembre de 2000, de Solidaridad en la Educación (BOJA 2-12-1999).

·       Su objeto es garantizar la igualdad de oportunidades en la educación mediante actuaciones de compensación.

·       El principio general de las actuaciones previstas es “alcanzar dentro del Sistema Educativo los objetivos establecidos con carácter general” para todo el alumnado.

·       Son destinatarios de esta Ley, los alumnos y alumnas:

-        Con discapacidad física, psíquica, sensorial y con trastornos del comportamiento en sus diversos tipos y grados.

-        Provenientes de familias y sectores desfavorecidos por factores socioculturales.

-        Residentes en el medio Rural.

-        Hijos de familias de temporeros y profesiones itinerantes.

-        Pertenecientes a minorías étnicas o culturales.

-        Afectados por enfermedad, hospitalizados.

-        Sometidos a resoluciones judiciales.

·       Entre los objetivos que se propone, destacan los siguientes:

-        Mejorar las condiciones de escolarización del ACNEE

-        Potenciar el valor de la interculturalidad.

-        Desarrollar actitudes de comunicación y respeto.

-        Garantizar la continuidad de la escolarización.

-        Impulsar la coordinación y colaboración institucional.

¨       Entre los programas a través de los cuales se trabajará en pro de la consecución de los objetivos de la Ley figuran:

-        Programas de colaboración y apoyo familiar.

-        Programas que fomenten la investigación y renovación pedagógica.

-        Programas para la elaboración de materiales curriculares y de apoyo que faciliten la intervención del profesorado y de los centros docentes en la formación del ACNEE.

-        Programas de compensación educativa en centros con alumnado de sectores desfavorecidos socioculturalmente.

-        Programas de seguimiento escolar de “lucha contra el absentismo”, que garanticen la continuidad de la escolarización.

-        Programas de Garantía Social.

-        Programas para la erradicación del analfabetismo.

¨       Entre las actuaciones a través de las cuales se trabajará en pro de la consecución de los objetivos de la Ley figuran:

-        La escolarización del alumnado con necesidades educativas especiales mediante una distribución equilibrada y disminución de ratio la profesor/alumno.

-        Medidas para asegurar la continuidad del proceso educativo.

-        Servicios complementarios a la escolarización: transporte, comedor, residencias.

-        Incentivos al profesorado por los destinos en puestos de difícil desempeño.

-        Atención específica y preferente por parte de los servicios de orientación y de formación a los centros que atienden alumnado con necesidades educativas especiales.

-        Participación en programas de cooperación con otras Administraciones y con otros países de la Unión Europea.

Ley 1/1999, de 31 de marzo, de atención a las personas con discapacidad en Andalucía (BOJA 17-4-1999).

·          Establece la atención integral a las personas con discapacidad en cuanto a salud, educación, integración laboral, servicios sociales, ocio, cultura, deporte, accesibilidad arquitectónica, etc.

·          El título III:

-          Reconoce el derecho a la atención educativa específica, a la prevención, detección y atención temprana, a la evaluación psicopedagógica, al uso de sistemas de comunicación alternativos, medios técnicos, didácticos y nuevas tecnologías.

-          Establece la escolarización en régimen de integración y sólo cuando no se puedan atender las necesidades se realizará en centros específicos.

-          Reconoce la prioridad en el acceso a la educación postobligatoria y la dotación de medios.

-          Se compromete la convocatoria de becas y ayudas económicas individuales para el desplazamiento, residencia y manutención.

-          Establece la orientación educativa y laboral para el alumnado con discapacidad y sus familias al término de la escolarización.

Orden de 13 de julio de 1994, por la que se regula el procedimiento de diseño, desarrollo y aplicación de adaptaciones curriculares en los Centros docentes de Educación Infantil, Primaria y Secundaria de la Comunidad Autónoma de Andalucía (BOJA 10-8-1994).

·       Define las adaptaciones curriculares y sus modalidades.

·       Establece un procedimiento para su elaboración, aplicación y seguimiento.

·       Determina qué agentes intervienen en su elaboración y aplicación.

·       Establece cómo se realizará la supervisión y autorización de esta medida por parte de la Inspección Educativa.

Orden de 18 de noviembre de 1996, por la que se complementan y modifican las órdenes de la Consejería de Educación y Ciencia sobre Evaluación en las Enseñanzas de Régimen General establecidas por la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo en la Comunidad Autónoma de Andalucía (BOJA 12-12-1996).

·       Establece los criterios para la evaluación de los alumnos con necesidades educativas especiales: adecuación de los criterios generales o adopción de los establecidos en su adaptación curricular.

·       Se regula la flexibilización del período de escolarización y la permanencia de un curso más sobre los establecidos con carácter general en las etapas de infantil, primaria y secundaria para los alumnos con necesidades educativas especiales.

·       Se regula la exención de determinadas áreas o materias en el bachillerato para alumnos con trastornos graves de la visión, audición o motricidad.

·       Determina la posibilidad de fragmentar el bachillerato para el alumnado con necesidades educativas especiales y las medidas de evaluación en formación profesional.

Orden de 9 de septiembre de 1997, por la que se regulan determinados aspectos de la organización y el funcionamiento de las Escuelas Públicas de Educación Infantil y de los Colegios Públicos de Educación Primaria de la Comunidad Autónoma de Andalucía (BOJA 9-9-1997).

·       Dedica el capítulo VII a la “integración del alumnado con necesidades educativas especiales” y en él desarrolla las funciones del maestro de apoyo a la integración, la organización del apoyo y las intervenciones especializadas.

·       En el capítulo VIII se establecen normas para la organización de los centros específicos de educación especial.

Orden de 9 de septiembre de 1997, por la que se regulan determinados aspectos de la organización y el funcionamiento de los Institutos de Educación Secundaria de la Comunidad Autónoma de Andalucía (BOJA 9-9-1997).

·       Dedica el capítulo VII a la “integración del alumnado con necesidades educativas especiales” y en él se dan orientaciones para la organización de la atención a este alumnado.

Instrucciones de 5 de julio de 1999, de las Direcciones Generales de Planificación y Ordenación Educativa y de Orientación Educativa y Solidaridad, para la organización de la atención educativa del alumnado con necesidades educativas especiales, por razón de discapacidad, en los Institutos de Educación Secundaria autorizados para la integración, a partir del curso 1999-2000.

·       Determina el procedimiento de evaluación y decisión de escolarización en los I.E.S.

·       Define las modalidades de atención educativa en estos centros.

·       Delimita la responsabilidad del orientador, los departamentos didácticos y los profesores especialistas.

Orden de 28 de marzo de 2000, por la que se convocan plazas subvencionadas de Residencia Escolar o Escuela Hogar para facilitar la escolarización del alumnado en los niveles de educación obligatoria en el curso 2000-01 (BOJA 11-4-2000).

·       Establece las condiciones y el procedimiento para la solicitud de convenios con entidades y asociaciones sin ánimo de lucro para concertar plazas de internado para alumnado con necesidades educativas especiales gravemente afectados.

 


 

NORMATIVA REGULADORA DE LA ADMISIÓN Y MATRICULACIÓN DEL ALUMNADO

DENOMINACIÓN

ASPECTOS QUE ABORDA SOBRE ACNEE

Decreto 72/1996, de 20 de febrero, por el que se regulan los criterios de admisión de alumnos y alumnas en los Centros docentes públicos y concertados de la Comunidad Autónoma de Andalucía, a excepción de los universitarios (BOJA 12-3-1996).

·       Dedica el capítulo IV a la escolarización del ACNEE.

·       En el capítulo V se establecen las funciones de las comisiones de escolarización y su actuación con respecto a la escolarización del ACNEE

Orden de 16 de febrero de 1999, sobre escolarización y matriculación de alumnos y alumnas en los Centros Docentes Públicos y Privados Concertados, a excepción de los universitarios (BOJA 25-2-1999).

·       Establece, que los centros darán publicidad en su tablón de anuncios de los puestos escolares vacantes, incluyendo los destinados a atender al ACNEE por razón de discapacidad, de conformidad con la planificación de la Consejería de Educación y Ciencia.

·       Recuerda, la obligatoriedad de escolarizar al ACNEE por parte de los centros públicos y privados concertados (conforme al Decreto 72/1996, artículo 22).

·       Establece la concesión de un punto adicional, en los criterios de admisión en los alumnos y alumnas con minusvalías físicas, psíquicas o sensoriales, y la forma de acreditar dicha minusvalía.

·       Recoge entre las funciones de las Comisiones de Escolarización de la localidad:

-         Arbitrar medidas para la escolarización del ACNEE perteneciente a minorías con condiciones sociales y culturales que dificulten su integración escolar.

-         Garantizar la escolarización del ACNEE con discapacidad en los centros de la localidad y, en su caso, elevar a la Comisión Provincial de Escolarización los casos no resueltos que precisan unas condiciones específicas no disponibles en la zona.

Instrucciones, de 22 de febrero de 2000, de la Viceconsejería de Educación y Ciencia, sobre la planificación de la escolarización en los centros docentes públicos y privados concertados, no universitarios, para el curso académico 2000-01.

·       Establece la ratio profesor/alumno con necesidades educativas especiales :

°          En unidades ordinarias: 3 alumnos con necesidades educativas especiales por grupo, como máximo.

°          En unidades y centros específicos de Educación Especial:

-          D. Psíquica: 6–8.

-          D. Sensorial: 6–8.

-          D. Física/Motórica: 8–10.

-          Autismo o T. Psicóticos: 3–5.

-          Plurideficiencias: 4–6.

-          Máximo 5 alumnos en unidades que atienden varias discapacidades.

·       Determina el procedimiento de escolarización del ACNEE por razón de discapacidad:

-         Criterios para resolver la escolarización: existencia de vacantes, características del alumno, especialización del centro, recursos de que dispone y lo solicitado por los representantes del alumno.

-         Dictamen de escolarización:

°   Competencia de los EOE. Se realiza cuando se ingresa por vez primera en el sistema educativo o cuando se promociona a la educación secundaria.

°   Contendrá: evaluación psicopedagógica, estimación de ayudas, apoyos y adaptaciones, propuesta de modalidad de escolarización.

°   El EOE lo comunica a los representantes legales del alumno o alumna.

-         Modalidades de escolarización: grupo ordinario a tiempo completo, grupo ordinario en periodos variables, aula específica en centro ordinario, centro específico. (Para la escolaridad obligatoria.)

-         Resolución del proceso de escolarización, cuando los recursos existentes en el centro no son adecuados: el EOE remite el dictamen al Servicio de Inspección, para que informe al Delegado Provincial y que éste decida teniendo en cuenta la disponibilidad de centros y recursos y la opinión de los padres.

-         Edad límite para la escolarización en centros de educación primaria: 14 años.

-         Edad límite para la escolarización en centros de educación secundaria: 20 años.

 


 

RELACIÓN DE RECURSOS


RELACIÓN PROVINCIALIZADA DE CENTROS ESPECÍFICOS DE EDUCACIÓN ESPECIAL

ALMERÍA:

TITULARIDAD

NOMBRE

DIRECCIÓN

CÓDIGO POSTAL

LOCALIDAD

TELÉFONO

PÚBLICO

PROVINCIAL PRINCESA SOFÍA

Carrera Alhadra, 61

04009

ALMERÍA

950 14 36 16

PÚBLICO

CENTRO DE APOYO INTEGRACIÓN DE SORDOS “ROSA RELAÑO “

Carrera de los Limoneros, 15

04006

ALMERÍA

950 26 75 82

CONCERTADO

ASPRODESA

C/ Estadio, s/nº

04700

EL EJIDO (San Agustín)

950 53 61 53

CONCERTADO

TRADE “JESÚS”

C/ José Maria Acosta, 16

04002

ALMERÍA

950 27 30 40

CÁDIZ:

TITULARIDAD

NOMBRE

DIRECCIÓN

CÓDIGO POSTAL

LOCALIDAD

TELÉFONO

PÚBLICO

VIRGEN DE LA ESPERANZA

Avda. Ramón Puyol, 1

11202

ALGECIRAS

956 66 09 79

CONCERTADO

INST.PSICOPEDAGÓGICO CRUZ ROJA (AFANAS)

José Cadalso, s/nº

11012

CÁDIZ

956 25 04 84

CONCERTADO

MERCEDES CARBÓ

(AFANAS PUERTO)

Pol. Ind. Las Salinas

C/ Embalse, s/nº

11500

EL PUERTO DE SANTA MARÍA

956 54 34 33

CONCERTADO

ÁNGEL DE LA GUARDA

(AFANAS S. FERNANDO / aulas)

Juan Sebastián Elcano, s/nº

11100

SAN FERNANDO

956 80 00 33

PÚBLICO

VIRGEN DEL AMPARO

Vía Parque, s/nº

11300

LA LÍNEA DE LA CONCEPCIÓN

956 17 00 43

CONCERTADO

MERCEDES CARBÓ

Virgen Milagrosa, 130

11500

PUERTO DE SANTA MARIA

956 853853

CONCERTADO

VIRGEN DEL PILAR (AFANAS)

Pago de la Jara, s/nº

11540

LA JARA

956 38 90 19

PÚBLICO

CENTRO DE EDUCACIÓN ESPECIAL PARA SORDOS “RANCHO DE LOS COLORES”

Rancho de Colores, s/nº

11408

JEREZ DE LA FRONTERA

956 23 70 17

PÚBLICO

NTRA. SRA. DE LA MERCED

Afanas, s/nº

11405

JEREZ DE LA FRONTERA

956 18 26 08

PÚBLICO

PUEBLOS BLANCOS

Ctra. de Jerez, s/nº

11650

VILLAMARTÍN

956 73 04 93

CONCERTADO

VIRGEN DE LOURDES

Cruz Verde, 73

11510

PUERTO REAL

956 83 13 76

CONCERTADO

S.A.R. INFANTA DÑA. CRISTINA

Santo Entierro, s/nº

11100

SAN FERNANDO

956 89 73 53

CÓRDOBA:

TITULARIDAD

NOMBRE

DIRECCIÓN

CÓDIGO POSTAL

LOCALIDAD

TELÉFONO

CONCERTADO

MARIA MONTESSORI (APROSUB)

Ctra. Badajoz-Granada, Km.328

14840

CASTRO DEL RÍO

957 37 01 94

PÚBLICO

VIRGEN DE LA ESPERANZA

Encarnación Agustina, 1

14002

CÓRDOBA

957 48 21 69

CONCERTADO

MARIA MONTESSORI (APROSUB)

Avda. del Brillante, 76

14012

CÓRDOBA

957 27 49 50

CONCERTADO

SANTO ÁNGEL

Beato Henares, s/nº

14009

CÓRDOBA

957 20 14 68

CONCERTADO

SAN JORGE (AMARA)

Cervantes, 5

14900

LUCENA

957 50 06 94

CONCERTADO

NIÑO JESÚS

San Juan de Dios, 16

14940

CABRA

957 52 05 10

CONCERTADO

NTRA. SRA. DEL ROSARIO (APROSUB)

Ctra. Estación, s/nº

14200

PEÑARROYA-PUEBLONUEVO

957 57 05 96

CONCERTADO

 EL MOLINILLO (APROSUB)

Avda. del Trabajo, 20

14550

MONTILLA

957 65 20 05

CONCERTADO

MANUEL BENÍTEZ (APROSUB)

Félix Rodríguez de la Fuente, s/nº

14700

PALMA DEL RÍO

957 64 35 79

GRANADA:

TITULARIDAD

NOMBRE

DIRECCIÓN

CÓDIGO POSTAL

LOCALIDAD

TELÉFONO

CONCERTADO

PURÍSIMA CONCEPCIÓN

Ctra. de Pulianas, 35

18013

GRANADA

958 20 02 11

CONCERTADO

CLÍNICA SAN RAFAEL

San Juan de Dios, 19

18001

GRANADA

958 27 57 00

CONCERTADO

SANTA TERESA DE JESÚS

(ASPROGRADES)

Santa Adela, 35

Barriada del Zaidín

18007

GRANADA

958 81 24 09

CONCERTADO

SAGRADA FAMILIA

Ctra. de la Sierra, 1

18008

GRANADA

958 22 46 38

CONCERTADO

NUESTRA SEÑORA DE LA ESPERANZA

Avda. Colmenar, s/nº

18500

GUADIX

958 60 06 00

958 66 07 45

CONCERTADO

LUIS PASTOR (APROSMO)

Ctra. del Puntalón

Cortijo El Conde

18600

MOTRIL

958 60 37 02

PÚBLICO

JEAN PIAGET

Avda. de la Diputación, s/nº

18100

ARMILLA

958 57 16 26

958 59 72 62

 


HUELVA:

TITULARIDAD

NOMBRE

DIRECCIÓN

CÓDIGO POSTAL

LOCALIDAD

TELÉFONO

CONCERTADO

NUESTRA SRA. DE LOS MILAGROS

(ASPROMÍN)

Camino Real, s/nº

21650

EL CAMPILLO

959 58 82 39

PÚBLICO

SAGRADA FAMILIA

Ctra. Huelva-Sevilla, km. 636

Apartado de correos 53

21008

HUELVA

959 22 11 66

CONCERTADO

VIRGEN DE LA CINTA

(ASPAPRONIAS)

Plgno. San Sebastián, s/nº

21006

HUELVA

959 22 30 33

CONCERTADO

CASA HOGAR EL CRISTO ROTO

Alto de la Era, s/nº

21500

GIBRALEÓN

959 30 00 00

JAÉN:

TITULARIDAD

NOMBRE

DIRECCIÓN

CÓDIGO POSTAL

LOCALIDAD

TELÉFONO

CONCERTADO

PSICOPEDAGÓGICO VIRGEN DE LA CAPILLA

Ctra. Circunvalación, s/nº

23002

JAÉN

953 23 13 07

CONCERTADO

VIRGEN DE LINAREJOS (APROMPSI)

Plaza de la Iglesia, 3

23700

LINARES

953 69 24 60

PÚBLICO

ANTONIO MACHADO

Ctra. de Baeza, s/nº

23400

ÚBEDA

953 75 36 11

MÁLAGA:

TITULARIDAD

NOMBRE

DIRECCIÓN

CÓDIGO POSTAL

LOCALIDAD

TELÉFONO

PÚBLICO

SANTA ROSA DE LIMA

Barriada Portada Alta

Correg. Carlos Garrafa, s/nº

29007

MÁLAGA

952 33 33 84

CONCERTADO

DULCE NOMBRE MARIA

Manuel del Palacio, 17

29017

MÁLAGA

952 29 04 99

CONCERTADO

LA PURÍSIMA (SORDOS)

Dr. Escassi, 12

29010

MÁLAGA

952 30 57 46

CONCERTADO

CIMPER

Carlos Haya, 156

29010

MÁLAGA

952 39 53 95

CONCERTADO

C.E.P.E.R.

Cerraja, s/nº

Puertosol-Puerto Torre

29190

MÁLAGA

952 43 19 00

PÚBLICO

REINA SOFÍA

Santa Catalina, s/nº

29200

ANTEQUERA

952 84 38 15

CONCERTADO

A.P.R.O.N.A.

C/ José Luis Díez, s/nº

29680

ESTEPONA

952 80 32 84

CONCERTADO

ASPANDEM

Edificio El Arquillo

Avda. Príncipe de Asturias, s/nº

29670

S. PEDRO DE ALCÁNTARA

952 78 11 45

SEVILLA:

TITULARIDAD

NOMBRE

DIRECCIÓN

CÓDIGO POSTAL

LOCALIDAD

TELÉFONO

CONCERTADO

SAN JUAN DE DIOS

"N.P. JESÚS DEL GRAN PODER"

Ctra. Sevilla-Málaga, km. 14

41500

ALCALÁ DE GUADAíRA

955 68 74 00

CONCERTADO

TALITA KUM

Ctra. Alcalá de Guadaíra,

km. 1’5

41500

ALCALÁ DE GUADAíRA

955 61 16 68

PÚBLICO

JOSÉ BLANCO WHITE

(DIPUTACIÓN)

Ctra. de Isla Menor, s/nº

Cortijo El Cuarto

41014

BELLAVISTA

954 69 08 00

PÚBLICO

VIRGEN MACARENA

Juan de Robles, 9

41009

SEVILLA

954 38 61 58

PÚBLICO

VIRGEN ESPERANZA

Recaredo, 41

41003

SEVILLA

954 42 19 61

CONCERTADO

INSTITUTO DOCTOR SACRISTÁN

 

Isaac Peral, 3

41013

SEVILLA

954 61 48 50

CONCERTADO

DISPENSARIO SAN PELAYO

Álvar Núñez Cabeza de Vaca, 4

41007

SEVILLA

954 51 19 28

CONCERTADO

ATUREM

Avda. de Kansas City, 66

41007

SEVILLA

954 52 08 18

CONCERTADO

INSTITUTO DE PSICOPEDIATRÍA

Ctra. de Málaga, km. 4

(Bda. Torreblanca de los Caños)

41016

SEVILLA

954 25 46 25

CONCERTADO

LUIS BRAILLE (ANTES S. LUIS GONZAGA)

Ctra. Alcalá, km. 4’6 Apartado 430

41016

TORREBLANCA DE LOS CAÑOS

954 51 57 11

CONCERTADO

MARUJA DE QUINTA

Plaza de Gibaxa, 4

41710

UTRERA

954 85 08 22

CONCERTADO

ARCO

Patricio Sáenz, 15

41003

SEVILLA

954 37 83 11

PÚBLICO

ABEN BASSO (PARAL.CEREBRALES)

Avda. de Jerez, 26

41012

SEVILLA

954 68 00 37

CONCERTADO

PABLO MONTESINOS

C/ Miletos, s/nº

Plg. San Pablo, BarRIO C

41007

SEVILLA

954 51 28 29

PÚBLICO

NTRA.SRA.DE LA MERCED

Plaza de la Merced

41640

OSUNA

954 81 11 57

 


EQUIPOS DE ORIENTACIÓN EDUCATIVA

RELACIÓN DE EQUIPOS POR PROVINCIAS

 

PROVINCIA: ALMERÍA

 

SEDE DE LOS EQUIPOS DE ZONA

 

NOMBRE

DIRECCIÓN POSTAL

TELÉFONO

ABDERA

C/ Ingenio, 1

04770 ADRA

950-22 58 30

ALCAZABA

Arcipreste de Hita, 26

04006 ALMERÍA

950-22 58 30

ARGAR

Ctra. de Águilas

04610 CUEVAS DE ALMANZORA

950-45 68 72

BENÍNAR

Parque Rodríguez de la Fuente s/n

04760 BERJA

950-49 25 62

CAMPOS DE NÍJAR

C/ Jardín, 11

04117 SAN ISIDRO

950-36 71 10

FILABRES

C/ Rodríguez Carmona, 7

04200 TABERNAS

950-35 24 06

HUÉRCAL-OVERA

C/ Paseo de la Alameda, 10

04600 HUÉRCAL-OVERA

950-47 05 01

MÁRMOL

C/ Mercado. Edif. Casino s/n

04860 OLULA DEL RÍO

950-44 14 21

MILLARES

C/ Artes de Arcos, s/n

04400 ALHAMA de ALMERÍA

950-64 07 49

MÓNSUL

C/ Arcipreste de Hita, 26

04006 ALMERÍA

950-22 97 31

MURGI (PONIENTE)

Avda. Oasis, s/n

04700 EL EJIDO

950-57 21 06

SABINAL

C/ Juan de Austria, 74

04720 AGUADULCE

950-34 07 23

URCI

C/ Arcipreste de Hita, 22

04006 ALMERÍA

950-22 78 22

VÉLEZ

C/ Mesón, 1

04820 VÉLEZ RUBIO

950-41 03 85

 

SEDE DEL EQUIPO PROVINCIAL

 

Sede

Dirección

Teléfono y otras comunicaciones

Delegación Provincial

Paseo de la Caridad, 125.

Finca Santa Isabel, s/n.

04008 ALMERÍA

950-23 23 78

Fax 950- 23 02 73

E-mail: etpoepal@averroes.cec.junta-andalucia.es

 


 

PROVINCIA: CÁDIZ

 

SEDE DE LOS EQUIPOS DE ZONA

 

NOMBRE

DIRECCIÓN POSTAL

TELÉFONO

BAHÍA I-CHICLANA

C/ Churruca, 20

11130 CHICLANA DE LA FRONTERA

956-40 04 95

BAHÍA II-SAN FERNANDO

C/ Real, 210

11100 SAN FERNANDO

956-88 58 88

BAHÍA III-PUERTO STA. MARÍA

Av.Menesteo,s/n

11500 EL PUERTO SANTA MARÍA

956-54 15 04

BAHÍA IV-PUERTO REAL

Paseo de las Canteras s/n

11510 PUERTO REAL

956-83 20 11

BAJO GUADALQUIVIR I

C/ Pérez Galdós, 17

11540 SANLÚCAR DE BARRAMEDA

956-38 80 00

BAJO GUADALQUIVIR II

C/ Buenavista, 3

11520 ROTA

956-84 01 31

CÁDIZ

Avda. de la Bahía, 27

11012 CÁDIZ

956- 26 66 68

CAMPO GIBRALTAR I-LA LÍNEA

C/ Cartagena, s/n

11300 LA LÍNEA DE LA CONCEPCIÓN

956-76 04 18

CAMPO GIBRALTAR II

C/ Lanzarote, s/n

11203 ALGECIRAS

956-63 44 26

CAMPO GIBRALTAR III

Edificio Los Regidores s/n

11360 SAN ROQUE

956-78 12 76

JEREZ DE LA FRONTERA

Alameda Cristina, 11

11403 JEREZ DE LA FRONTERA

956-34 00 40 956-34 52 23

LA JANDA I

Avda de Andalucía, s/n

11150 VEJER DE LA FRONTERA

956-45 01 07

LA JANDA II

C/ San Juan, 12

11170 MEDINA-SIDONIA

956-41 24 44

SIERRA I-ARCOS

Av de la Constitución s/n

11630 ARCOS DE LA FRONTERA

956-70 30 16

SIERRA II-VILLAMARTÍN

C/ Prado del Rey, s/n

11650 VILLAMARTÍN

956-73 04 84

SIERRA III-OLVERA

Pza. de la Concordia, s/n

11690 OLVERA

956-13 13 01

SIERRA IV UBRIQUE

C/ Jesús, 76

11600 UBRIQUE

956- 46 28 57

 

SEDE DEL EQUIPO PROVINCIAL

 

Sede

Dirección

Teléfono y otras comunicaciones

Delegación Provincial

C/ Antonio López, 1 y 3

11004 CÁDIZ

956-00 68 87

Fax 956-80 91 93

E-mail: etpoepca@averroes.cec.junta-andalucia.es

 


PROVINCIA: CÓRDOBA

 

SEDE DE LOS EQUIPOS DE ZONA

 

NOMBRE

DIRECCIÓN POSTAL

TELÉFONO

BAENA

C/ Duque de Rivas, 5

14850 BAENA

957-69 13 99

LUCENA

Complejo los Santos

14900 LUCENA

957-51 34 57

MONTILLA

CEP. Apartado nº 2

14550 MONTILLA

957-65 50 63

MONTORO

Avda. Estación, s/n

14600 MONTORO

957-16 08 79

PALMA DE RÍO

Avda. Sta. Ana,s/n. Edif. Serv. Múlt.

14700 PALMA del RÍO

957-64 56 74

PEÑARROYA-PUEBLONUEVO

Maestro José Torrellas, s/n

14200 PEÑARROYA-PUEBLON.

957-56 05 31

POZOBLANCO

Avda. Marcos Redondo, s/n

14400 POZOBLANCO

957-13 17 58

PRIEGO

C/ Río, 50

14800 PRIEGO DE CÓRDOBA

957-70 00 34

PUENTE GENIL

C/ Cruz del Estudiante, 37

14500 PUENTE GENIL

957-60 71 74

SECTOR BRILLANTE-SAN JOSÉ

C/ Rey Heredia, 22

14003 CÓRDOBA

957-47 12 36

SECTOR CAÑERO-SANTUARIO

SECTOR CIUDAD JARDÍN

SECTOR LEVANTE-ALCOLEA

SECTOR PALMERAS

SECTOR SUR-CENTRO

 

SEDE DEL EQUIPO PROVINCIAL

 

Sede

Dirección

Teléfono y otras comunicaciones

Delegación Provincial

c/ Santo Tomás de Aquino s/n

14004 CÓRDOBA

957-00 11 75

Fax 957-00 12 60

E-mail: etpoepco@averroes.cec.junta-andalucia.es

 


PROVINCIA: GRANADA

 

SEDE DE LOS EQUIPOS DE ZONA

 

NOMBRE

DIRECCIÓN POSTAL

TELÉFONO

ALBAYZÍN-CENTRO

C/ Molinos, 35

18010-GRANADA

958-22 59 69

ALBUÑOL

C/ Carretera de la Plaza s/n

18700 ALBUÑOL

958-82 64 99

ALHAMA DE GRANADA

Ctra. Granada s/n

18120 ALHAMA DE GRANADA

958-36 00 90

ALMUÑÉCAR

C/ Amelia Sánchez Alcázar

18690 ALMUÑÉCAR

958-63 31 41

BAZA

C/ Jabalcón s/n. Apartado 13

18800 BAZA

958-70 09 52

GRANADA – CARTUJA

C/ Conde Torrepalma s/n

18011 GRANADA

958-15 17 09

GRANADA-CHANA

Avda. Francisco de Ayala s/n

18014 GRANADA

958-29 10 52

GUADIX

Sta Mª del Buen Aire, 7

18500 GUADIX

958-66 43 53

HUÉSCAR

C/ Cruz s/n

18830 HUÉSCAR

958-74 07 72

IZNALLOZ

Las Palmas 3

18550 IZNALLOZ

958-38 48 74

LOJA

Avda. Pérez del Álamo s/n

18300 LOJA

958-32 02 17

MONTEFRÍO

Residencia Escolar

18270 MONTEFRÍO

958-33 61 96

MOTRIL

C/ Vílchez, 6-1º B

18600 MOTRIL

958-82 59 54

ÓRGIVA

C/ Ramón y Cajal s/n

18400 ÓRGIVA

958-78 54 75

SANTA FE

C/ Sta Fe de Bogotá, s/n

18320 SANTA FE

958-44 12 99

UGÍJAR-CÁDIAR

Escuelas s/n

18480 CÁDIAR

958-76 70 96

VALLE DE LECRÍN

C/ San Ramón 2

18650 DÚRCAL

958-78 00 28

ZAIDÍN

C/ Cataluña, 17

18007 GRANADA

958-12 25 79

 

SEDE DEL EQUIPO PROVINCIAL

 

Sede

Dirección

Teléfono y otras comunicaciones

Delegación Provincial

C/ Duquesa, 22

18001- GRANADA

958-02 90 10

958-02 90 11

Fax-958-02 90 76

E-mail: etpoepgr@averroes.cec.junta-andalucia.es

 


 

PROVINCIA: HUELVA

 

SEDE DE LOS EQUIPOS DE ZONA

 

NOMBRE

DIRECCIÓN POSTAL

TELÉFONO

COSTA I

Plaza San Francisco, 5

21410 ISLA CRISTINA

959-34 33 86

COSTA II

Avda. Pintor José Caballero

21100 PUNTA UMBRÍA

959-31 63 23

CUENCA MINERA

C/ Virgen del Reposo s/n

21600 VALVERDE DEL CAMINO

959-55 34 60

EL ANDÉVALO

Pza de la Cebadilla

21550 PUEBLA DE GUZMÁN

959-38 91 20

EL CONDADO

Avda. 28 de Febrero, 167

21710 BOLLULOS PAR DEL CDO.

959-40 80 69

HUELVA-SECTOR I

Ctra.Circunvalación, s/n.

Bda. la Orden

21005 HUELVA

959-15 14 26

HUELVA-SECTOR II

HUELVA-SECTOR III

HUELVA-SECTOR IV

SIERRA

C/ Monasterio de la Rábida s/n

21200 ARACENA

959-12 63 67

 

SEDE DEL EQUIPO PROVINCIAL

 

Sede

Dirección

Teléfono y otras comunicaciones

Delegación Provincial

Alameda de Sundheim, 17

21003 HUELVA

959-28 37 10

Fax: 959-28 40 08

E-mail-etpoephu@averroes.cec.junta-andalucia.es

 

 


 

PROVINCIA: JAÉN

 

SEDE DE LOS EQUIPOS DE ZONA

 

NOMBRE

DIRECCIÓN POSTAL

TELÉFONO

ALCALÁ LA REAL

Cruz del Coto, 4

23680 ALCALÁ LA REAL

953-58 10 78

ANDÚJAR

Carretera de los Villares s/n

23740 ANDÚJAR

953-51 37 76

BAEZA-ÚBEDA

C/ Acera San Antonio s/n. Apdo.nº 63

23440 BAEZA

953-74 18 26

CAZORLA -PEAL DEL BECERRO

Prolong. Ximénez Rada, s/n

23470 CAZORLA

953-72 19 21

HUELMA

C/ Federico Gª Lorca s/n

23560 HUELMA

953-39 08 08

JAÉN I

Polígono del Valle

C.P. “S. José de Calasanz”

23009 JAÉN

953-26 37 09

JAÉN II

C/ San Lucas, 2

23005 JAÉN

953-26 12 49

JAÉN III

Carretera del Neveral, s/n.

Apdo. nº 494

23080 JAÉN

953-23 18 39

LA CAROLINA

Pza. Sor Primitiva, s/n

23200 LA CAROLINA

953-68 09 62

LINARES-SECTOR I

Corredera San Marcos, 40

23700 LINARES

953-65 07 32

LINARES-SECTOR II

ORCERA

C/ Joaquín Paya, 7

23370 ORCERA

953-48 20 02

TORREDONJIMENO-MARTOS

C/ Ruiz Jiménez, 4

23650 TORREDONJIMENO

953-57 27 17

VILLACARRILLO-VILLANUEVA

Avda. Constitución, 5

23330 VNUEVA DEL ARZOBISPO

953-45 10 10

 

SEDE DEL EQUIPO PROVINCIAL

 

Sede

Dirección

Teléfono y otras comunicaciones

Delegación Provincial

C/ Martínez Montañez, 8

23007 JAÉN

953-00 37 64

953-00 37 65

Fax: 953-00 38 06

E-mail: etpoepja@averroes.cec.junta-andalucia.es

 


 

PROVINCIA: MÁLAGA

 

SEDE DE LOS EQUIPOS DE ZONA

 

NOMBRE

DIRECCIÓN POSTAL

TELÉFONO

ALHAURÍN EL GRANDE

C/ José Albarracín, s/n

29120 ALHAURÍN EL GRANDE

952-59 48 97

ÁLORA – GUADALORCE I

C/ Negrillos, 8

29500 ÁLORA

952-49 71 97

ANTEQUERA

Urbanización Santa Catalina, s/n

29200 ANTEQUERA

952-84 00 13

ARCHIDONA

C/ Santo Domingo, 49

29300 ARCHIDONA

952-71 40 27

ESTEPONA

Avda. San Lorenzo, 19-1º

29680 ESTEPONA

952-79 04 55

FUENGIROLA-MIJAS COSTA

Avda.Virgen de Fátima, 2

29650 LAS LAGUNAS, MIJAS- COSTA

952-58 35 14

GUADALORCE II-COÍN

C/ Cárcel, 1

29100 COÍN

952-45 34 11

MÁLAGA: CENTRO

C/ López Domínguez, 6

29013 MÁLAGA

952-26 95 22

MÁLAGA: CTRA. DE CÁDIZ

Avda. Virgen de Belén, 5-7

29004 MÁLAGA

952-24 33 60

MÁLAGA: ESTE

Avda. Gutiérrez Mata s/n

29018 MÁLAGA

952-29 81 16

MÁLAGA: NORTE I

Avda. de las Postas, s/n

29014 MÁLAGA

952-26 91 92

MÁLAGA: NORTE II

Avda. de la Palmilla, 22

29011 MÁLAGA

952-28 69 16

MÁLAGA: OESTE

Avda. Lope de Vega, 7

29010 MÁLAGA

952-61 32 00

MARBELLA

Avda. Cánovas del Castillo s/n

29600 MARBELLA

952-82 09 66

NERJA

C/ Diputación, 2

29780 NERJA

952-52 36 58

RONDA-CORTES

C.P.E.E. “Los Pinsapos”.

Barriada El Fuerte

29400 RONDA

952-87 53 73

VÉLEZ-MÁLAGA

G.E. Manuel Valle, Bajo

29700 MÁLAGA

952-50 68 23

 

SEDE DEL EQUIPO PROVINCIAL

 

Sede

Dirección

Teléfono y otras comunicaciones

Delegación Provincial

Avda. de la Aurora, s/n.

Edificio de Servicios Múltiples

29071 MÁLAGA

95-103 80 20

Fax: 95-103 80 24

E-mail: etpoepma@averroes.cec.junta-andalucia.es

 

 


 

PROVINCIA: SEVILLA

 

SEDE DE LOS EQUIPOS DE ZONA

 

NOMBRE

DIRECCIÓN POSTAL

TELÉFONO

ALCALÁ DE GUADAÍRA

C/ Alcalá de Ebro, s/n

41500 ALCALÁ DE GUADAÍRA

955-68 19 20

CASTILLEJA CUESTA

C/ Príncipe de Asturias, 26

41950 CASTILLEJA DE LA CUESTA

954-16 01 50

CORIA DEL RÍO-SAN JUAN

C/ Cervantes, 38

41100 CORIA DEL RÍO

954-77 32 95

 

DOS HERMANAS

C/ Cristóbal Colón, s/n

41700 DOS HERMANAS

954-72 98 02

ÉCIJA

Avda. Miguel de Cervantes, 19

41400 ÉCIJA

955-90 24 07

ESTEPA

Plaza del Carmen, 2

41560 ESTEPA

955-91 38 15

LA RINCONADA

C/ 28 de Febrero, s/n

41309 LA RINCONADA

955-79 77 80

LA VEGA

C/ Blas Infante, 14

41440 LORA DEL RÍO

955-80 30 44

LEBRIJA

C/ Huracán, 35

41740 LEBRIJA

955-97 17 71

LOS ALCORES

C/ Pastora y Pavón

41410 CARMONA

954-14 22 50

LOS PALACIOS

C/ Muñoz Seca s/n

41720 LOS PALACIOS Y VILLAFCA.

955-81 54 01

MARCHENA

C/ Virgen de los Desamparados, s/n

41620 MARCHENA

955-84 56 12

MORÓN DE LA FRONTERA

Avda. Mancera, s/n

41530 MORÓN DE LA FRA.

954-85 26 26

PILAS

Plaza Isabel II, 26

41840 PILAS

954-75 14 96

SANLÚCAR LA MAYOR

C/ Juan Delgado, 2

41800 SANLÚCAR LA MAYOR

955-71 92 80

SEVILLA-DISCAPACIDADES AUDITIVAS

C/ San José de Calasanz, 6

41010 SEVILLA

954-28 24 59

SEVILLA-ESPECÍFICOS

Avda.Ronda del Tamarguillo, s/n. Deleg. Prov. de Educación y Ciencia

41010 SEVILLA

954-93 91 16

SEVILLA-HÍSPALIS

Avda. San Juan de la Cruz s/n

41006 SEVILLA

954-92 02 69

SEVILLA-MACARENA

C/ Recaredo, 41

41008 SEVILLA

954-53 22 62

SEVILLA-NORTE

Pza. Luis Cernuda, s/n

41010 SEVILLA

954-35 20 85

SEVILLA-PALMETE

C/ Azorín, s/n

41006 SEVILLA

954-65 76 87

SEVILLA-PINO MONTANO

C/ Corral de los Barquilleros, s/n

41008 SEVILLA

954-94 74 48

SEVILLA-PORVENIR-BELLAVISTA

C/ Doña Clarines, s/n

41013 SEVILLA

954-61 96 95

SEVILLA-SUR

Avda. La Paz, 111

41013 SEVILLA

954-61 28 10

SEVILLA-TARTESSOS

Avda. Éfeso, Plgno. San Pablo B/C.

Apdo. 13342

41007 SEVILLA

954-25 14 83

SEVILLA-TORREBLANCA

C/ Príncipe de Asturias, s/n

41016 SEVILLA

954-67 14 08

SEVILLA-TRIANA-REMEDIOS

C/ Coruña, s/n

41010 SEVILLA

954-34 06 19

SIERRA-NORTE

C/ Mesones, 33

41450 CONSTANTINA

955-88 00 25

UTRERA

Avda de Los Palacios s/n

41710 UTRERA

955-86 21 92

VEGA ALTA

C/ Doctor Fléming, 1

41210 GUILLENA

955-78 53 02

 

SEDE DEL EQUIPO PROVINCIAL

 

Sede

Dirección

Teléfono y otras comunicaciones

Delegación Provincial

Ronda del Tamarguillo s/n.

“Antiguo Matadero”

41005 SEVILLA

955-03 42 91

955-03 42 92

Fax: 954-03 43 04

E-mail: etpoepse@averroes.cec.junta-andalucia.es

mgga@dpse.cec.junta-andalucia.es

 


RELACIÓN DE EQUIPOS PARA EL APOYO EDUCATIVO AL ALUMNADO CON CEGUERA O DEFICIENCIA VISUAL.

 

 

 

DIRECCIÓN

C.P.

LOCALIDAD

TELÉFONO

FAX

Equipo de Apoyo a la Educación Integrada de Algeciras.

Baluarte, s/n.

11201

ALGECIRAS (Cádiz)

956-630111

956-631292

Equipo de Apoyo a la Educación Integrada de Almería.

C/ Reyes Católicos, 11

04001

ALMERÍA

950-252211

950-275571

Equipo de Apoyo a la Educación Integrada de Cádiz.

c/ Tamarindos, 8

11007

CÁDIZ

956-258700

956-252362

Equipo de Apoyo a la Educación Integrada de Córdoba.

C/ Dr. Manuel Ruiz Maya, 8

14004

CÓRDOBA

957-411012

957-412784

Equipo de Apoyo a la Educación Integrada de Granada.

Plaza del Carmen, s/n

18009

GRANADA

958-220011

958-220811

Equipo de Apoyo a la Educación Integrada de Huelva.

Alameda Sundheim, 5

21003

HUELVA

959-281711

959-262315

Equipo de Apoyo a la Educación Integrada de Jaén.

C/ Mesa, 20

23001

JAÉN

953-235088

953-235035

Equipo de Apoyo a la Educación Integrada de Jerez de la Frontera.

C/ Polvera, 26

11403

JEREZ FTRA. (CÁDIZ)

956-330458

956-348409

Equipo de Apoyo a la Educación Integrada de Málaga.

C/ Cuarteles, 8

29002

MÁLAGA

952-341111

952-361600

Equipo de Apoyo a la Educación Integrada de Sevilla.

Centro de Recursos Educativos “Luis Braille”.

Apartado Correos 13297

41080

SEVILLA

95-4515711

95-4677929

 


RELACIÓN DE EQUIPOS PARA EL APOYO EDUCATIVO AL ALUMNADO CON DISCAPACIDAD MOTÓRICA.

 

 

DIRECCIÓN

C.P.

CIUDAD

TELÉFONO

EQUIPO ESPECÍFICO PARA LA ATENCIÓN DEL ALUMNADO CON DISCAPACIDAD MOTÓRICA DE ALMERÍA

Delegación Provincial de la Consejería de Educación.

CEP de Almería. Aula 5. Paseo de la Caridad, 125

04008

ALMERÍA

950-232378

EQUIPO ESPECÍFICO PARA LA ATENCIÓN DEL ALUMNADO CON DISCAPACIDAD MOTÓRICA DE CÁDIZ

Delegación Provincial de la Consejería de Educación.

Plza. de Mina, 18

11071

CÁDIZ

956-006887

EQUIPO ESPECÍFICO PARA LA ATENCIÓN DEL ALUMNADO CON DISCAPACIDAD MOTÓRICA DE MÁLAGA

Centros de apoyo a la Integración de Deficientes Visuales (CAIDV).

Avda. Lope de Vega, 7

29071

MÁLAGA

95-2613306

EQUIPO ESPECÍFICO PARA LA ATENCIÓN DEL ALUMNADO CON DISCAPACIDAD MOTÓRICA DE SEVILLA

Delegación Provincial de la Consejería de Educación.

Ronda del Tamarguillo, s/n

41005

SEVILLA

95-4939116

 

RELACIÓN DE EQUIPOS PARA EL APOYO EDUCATIVO AL ALUMNADO CON DISCAPACIDAD AUDITIVA.

 

 

DIRECCIÓN

C.P.

CIUDAD

TELÉFONO

EQUIPO ESPECÍFICO PARA LA ATENCIÓN DEL ALUMNADO CON DISCAPACIDAD AUDITIVA.

Delegación Provincial de la Consejería de Educación.

C/ Duquesa, 22

18071

GRANADA

958-242706

EQUIPO ESPECÍFICO PARA LA ATENCIÓN DEL ALUMNADO CON DISCAPACIDAD AUDITIVA.

Delegación Provincial de la Consejería de Educación.

C.P. “San José de Calasanz”.

C/ San José de Calasanz, 6

41010

SEVILLA

95-4282459

 


RELACIÓN DE INSTITUTOS Y CENTROS DE SECUNDARIA CON

SERVICIOS DE INTÉRPRETES DE LENGUA DE SIGNOS.

 

* ALMERÍA:

 

·       I.E.S. “Azcona”, C/ Fernando de Herrera, 1. 04006 ALMERÍA. Teléfono: 950.22.64.42

·       I.E.S. “Los Ángeles”. C/ Maestría, 2. 04009 ALMERÍA Teléfono: 950.23.28.59

 

* CÁDIZ:

 

·       I.E.S. “La Granja”. Avenida de Fernando Portillo, s/n. 11405 JEREZ DE LA FRONTERA. Teléfono: 956.18.14.70

·       I.E.S. “Seritum”, C/ Amsterdan, s/n. 11407 JEREZ DE LA FRONTERA.                     Teléfono: 956.33.02.06

·       I.E.S. “Pablo Ruiz Picasso”, Avda. de la Diputación, s/n. 11130 CHICLANA DE LA FRONTERA. Teléfono: 956.40.29.18

·       I.E.S. “Mediterráneo”, Avenida de María Auxiliadora, s/n. 11300 LA LÍNEA DE LA CONCEPCIÓN. Teléfono: 956.76.21.98

·       I.E.S. “Fernando Quiñones”, C/ Caulina, s/n. 11405 CÁDIZ. Teléfono: 956.30.30.86

 

* CÓRDOBA:

 

·       Escuela de Arte “Mateo Inurria”. Plaza de la Trinidad, 1. 14003 CÓRDOBA. Teléfonos: 957.29.51.00 y 957.29.01.27

·       Centro de Formación Profesional “Lope de Vega”. Ctra. de Extremadura, s/n. 14290 FUENTEOBEJUNA. Teléfono: 957.58.41.67

·       I.E.S. “Luis de Góngora”, C/ Diego de León, 2. 14002 CÓRDOBA. Teléfono: 957.47.74.98

 

* GRANADA:

 

·       I.E.S. “Alhambra”. C/ Beethoven, 4. 18006 GRANADA. Teléfono: 958.81.09.11

·       I.E.S. “Virgen de las Nieves”. Avenida de Pulianas, s/n y Andalucía, 38. 18014 GRANADA. Teléfono: 958.15.09.51

·       Escuela Técnico-Profesional “Ave María”. Ctra. de Murcia, s/n. GRANADA. Teléfono: 958.20.84.33

·       I.E.S. “Aynadamar”. Paseo de Cartuja, s/n. 18011 GRANADA. Teléfono: 958.16.18.08

 

* HUELVA:

 

·       I.E.S. “La Ría”. Barriada La Orden, s/n. 21005 HUELVA. Teléfono: 959.15.18.39

·       Escuela de Arte “León Ortega”. Escultora Miss Witney, 56. 21003 HUELVA. Teléfono: 959.27.19.81

 

* MÁLAGA:

 

·       I.E.S. “La Rosaleda”, Avenida Luis Buñuel, 8. 29011 MÁLAGA. Teléfono: 952.30.52.00

·       I.E.S. “Bezmiliana”, Urbanización Gran Sol s/n. 29730 RINCÓN DE LA VICTORIA. Teléfono: 952.40.35.48

·       I.E.S. “Jesús Marín”, Virgen de la Esperanza, s/n. 29007 MÁLAGA. Teléfono: 952.30.55.58

·       I.E.S. “Nº 1” (C.E.I.), C/ Julio Verne, 6. 29080 MÁLAGA. Teléfono: 952.27.52.54

 

* SEVILLA:

 

·       I.E.S. “Miguel de Cervantes”, C/ Manzana, s/n. 41009 SEVILLA. Teléfono: 954.38.78.53

·       I.E.S. “Gustavo Adolfo Bécquer”, C/ López de Gomara, s/n. 41010 SEVILLA. Teléfono 954.45.18.93

·       I.E.S. “Llanes”, Avda. de Llanes, s/n. 41008 SEVILLA. Teléfono 954.43.66.31


RELACIÓN DE HOSPITALES DEL SERVICIO ANDALUZ DE SALUD

QUE PARTICIPAN EN EL

“PROGRAMA DE EDUCADORES Y EDUCADORAS EN AULAS HOSPITALARIAS”.

 

 

 

CENTRO HOSPITALARIO

DOMICILIO

LOCALIDAD

C. P.

TELÉFONO

 

Hospital "Torrecárdenas"

Paraje Torrecárdenas, s/n

Almería

04009

950.21 21 00

Ext. 6453

 

Hospital “La Inmaculada”

Avda. Guillermo Reina, s/n

Huércal Overa (Almería)

04600

950 13 48 51

 

Hospital “Puerta del Mar”

Avda. Ana de Viya, 21

Cádiz

11009

956 24 27 82

Hospital “Punta de Europa”

Crta. de Getares, s/n

Algeciras (Cádiz)

11207

956 60 41 44

 

 

Hospital de La Línea

Menéndez y Pelayo, 103

La Línea (Cádiz)

11300

956 17 55 50

 

Hospital General del S.A.S.

Ctra. Circunvalación, s/n

Jerez de la Frontera (Cádiz)

11407

956 35 80 00

Ext. 2205

 

Hospital Clínico de Puerto Real

Ctra. Nacional IV, Km. 665

Puerto Real (Cádiz)

11510

956 47 02 49

 

Hospital "Reina Sofía".

Avda. Menéndez Pidal, s/n

Córdoba

14004

957 21 70 00

Ext. 5767

 

Hospital Comarcal “Valle de los Pedroches”

Avda. Constitución, s/n

Pozoblanco (Córdoba)

14400

957 77 15 00

957 77 02 32

 

Hospital "Infanta Margarita".

Avda. de Góngora, s/n

Cabra (Córdoba)

14940

957 52 10 00

 

Hospital Clínico "San Cecilio".

Dr. Olóriz, s/n

Granada

18012

958 80 70 00

Hospital “Virgen de las Nieves”

Avda. de la Constitución, 100

Granada

18012

958 24 16 75

 

 

Hospital “Juan Ramón Jiménez”

Ronda Exterior Norte, s/n

Huelva

21004

959 20 10 00

Hospital “Infanta Elena”

Ctra. de Sevilla, s/n

Huelva

21007

959 23 21 00

 

 

Hospital de Riotinto

Los Santos, s/n

Riotinto (Huelva)

21660

959 59 16 11

 

Hospital General "Ciudad de Jaén".

Avda. Ejército Español, s/n

Jaén

23007

953 22 24 08

 

Hospital "San Agustín"

Ctra. de Linares, s/n

Úbeda (Jaén)

23400

953 79 71 00

 

Hospital “San Juan de la Cruz “

Avda. San Cristóbal, s/n

Linares (Jaén)

23700

953 64 81 00

 

Hospital Materno Infantil

Arroyo de los Ángeles, s/n

Málaga

29007

952 18 41 00

952 30 44 00

 

Hospital Comarcal

Serranía de Ronda. Ctra. de El Burgo Km.1

Ronda (Málaga)

29400

952 87 15 40

 

Hospital “La Axarquía”

Ctra. Torre del Mar, C/ El Tomillar,

Vélez-Málaga (Málaga)

29700

952 54 16 00

 

Hospital Clínico "Macarena".

Avda. Dr. Fedriani, s/n

Sevilla

41009

954 55 74 00

 

Hospital Universitario "Virgen de Valme".

Ctra. de Cádiz, s/n

Sevilla

41011

954 59 60 00

Ext. 5214

 

Hospital Infantil "Virgen del Rocío".

Avda. de Manuel Siurot, s/n

Sevilla

41013

954 24 81 81

Ext. 4318-4311

 


 

LA RED DE LA AGENCIA EUROPEA EN ANDALUCÍA

REPRESENTANTES PROVINCIALES

DIRECCIÓN POSTAL

E – MAIL

TELÉFONO

FAX

María Encarnación Fernández Mota.

Delegación Provincial de Almería.

Residencia Escolar “Ana María Martínez Urrutia”.

Paseo de la Caridad, 125.

Finca Santa Isabel s/n.

04008 Almería.

etpoepal@averroes.cec.junta-andalucia.es

950.23.23.78

950.23.02.73

Julio Ripalda Gil.

Delegación Provincial de Cádiz.

C/ Antonio López, 1 y 3.

11004 Cádiz.

etpoepca@averroes.cec.junta-andalucia.es

956.00.68.87

956.80.81.93

Pilar Gómez Gómez.

Delegación Provincial de Córdoba.

C/ Santo Tomás de Aquino, s/n, 4ª

14004 Córdoba.

svoe4@dpco.cec.junta-andalucia.es

 

etpoepco@averroes.cec.junta-andalucia.es

957.00.11.75

957.00.12.60

Manuel Jiménez Torres.

Delegación Provincial de Granada.

C/ Duquesa, 22.

18001 Granada.

etpoepgr@averroes.cec.junta-andalucia.es

958.02.90.10

958.02.90.76

Francisca Martínez Mojarro.

Delegación Provincial de Huelva.

Alameda de Sudheim, 8, 1º B.

21003 Huelva.

svoe1@dphu.cec.junta-andalucia.es

 

etpoephu@averroes.cec.junta-andalucia.es

959.28.37.10

959.28.40.08

Miguel Fernández Fernández.

Delegación Provincial de Jaén.

C/ Martínez Montañés, 8.

23080 Jaén.

aeoe1@dpja.cec.junta-andalucia.es

 

etpoepja@averroes.cec.junta-andalucia.es

953.00.37.64

953.00.38.06

Concepción Niño Sánchez-Guisande

Delegación Provincial de Málaga.

Avenida de la Aurora, s/n.

Edificio de Servicios Múltiples.

29071 Málaga.

jmadrid@dpma.cec.junta-andalucia.es

 

etpoepma@averroes.cec.junta-andalucia.es

 

95.103.80.20

95.103.80.24

Isabel Moya Rodríguez.

Delegación Provincial de Sevilla.

Ronda del Tamarguillo s/n

41071 Sevilla

mgga@dpse.cec.junta-andalucia.es

 

etpoepse@averroes.cec.junta-andalucia.es

955.03.42.92

955.03.43.04

REPRESENTANTE DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CIENCIA EN LA RED NACIONAL DE LA AGENCIA

cvr@cec.junta-andalucia.es

955.06.43.26

955.06.40.14

Carlos María Vázquez Reyes.

D.G. Orientación Educativa y Solidaridad.

Avda. de Juan Antonio de Vizarrón, s/n.

41071 Sevilla.

 

 


LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CIENCIA:

 

 

-        Servicios Centrales:

 

Sede

Dirección

Teléfono y otras comunicaciones

Consejería de Educación y Ciencia

Edificio Torretriana,

Avda. de Juan Antonio de Vizarrón, s/n

41071 SEVILLA

Teléfono: 955 06 40 00

Fax: 955 06 40 03

http://www.cec.junta-andalucia.es

E.mail:

informacion@cec.junta-andalucia.es

 

-Delegaciones Provinciales:

 

 

Sede

Dirección

Teléfono y otras comunicaciones

 

 

Delegación Provincial de Almería

Paseo de la Caridad, 125.

Finca Santa Isabel, s/n.

04008 ALMERÍA

950 00 45 03

Fax 950 00 45 01

E-mail: acabrera@dpal.cec.junta-andalucia.es

 

Delegación Provincial de Cádiz

Plaza de Mina, 8

11071 CÁDIZ

956 00 68 02

Fax 956-22 01 14

E-mail: etpca@lander.es

 

 

Delegación Provincial de Córdoba

Calle de Santo Tomás de Aquino, s/n

14004 CÓRDOBA

957 00 11 72

Fax 957 00 12 60

E-mail: aepoel@dpco.cec.junta-andalucia.es

 

 

Delegación Provincial de Granada

Calle de la Duquesa, 22

18001 GRANADA

958 02 90 00

Fax 958 02 90 76

E-mail: svoe3@dpgr.cec.junta-andalucia.es

 

 

Delegación Provincial de Huelva

Alameda de Sundheim, 17

21003 HUELVA

959 00 40 00

Fax 959 00 40 95

E-mail-svoe1@dphu.cec.junta-andalucia.es

 

Delegación Provincial de Jaén

Calle de Martínez Montañés, 8

23080 JAÉN

953 00 37 00

Fax: 953 00 38 06

E-mail: aeoe1@dpja.cec.junta-andalucia.es

Delegación Provincial de Málaga

Avenida de la Aurora, s/n

29071 MÁLAGA

95 103 80 00

Fax: 95 103 80 76

E-mail: jmadrid@dpma.cec.junta-andalucia.es

 

Delegación Provincial de Sevilla

Ronda del Tamarguillo, s/n.

“Antiguo Matadero”

41005 SEVILLA

95 503 42 00

Fax: 95 503 42 19

E-mail: svoe1@dpse.cec.junta-andalucia.es