Establece:
- Las discapacidades que pueden dar lugar a la reducción de la edad de jubilación
- Edad mínima de jubilación
- Cómputo del tiempo trabajado
- Acreditación de la discapacidad
- Situación de alta o asimilada
- Cálculo de la pensión de jubilación
- Derecho de opción
- Evaluación y seguimiento
Entra en vigor el día 1 de enero de 2010.