Servicio de Informacion sobre Discapacidad


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Aprobado el Plan de Acción para las mujeres con discapacidad

Nota de Prensa / La Moncloa (01/12/2006)


El Consejo de Ministros de 1 de diciembre de 2006 ha aprobado el Plan de Acción para las Mujeres con Discapacidad, que tiene como objetivo remover los obstáculos que ocasionan un fuerte déficit de ciudadanía a las mujeres con discapacidad, a través de medidas que les garanticen el ejercicio y disfrute de sus derechos.

En España, el 58 por 100 de las personas con discapacidad son mujeres y en muchas ocasiones sufren una doble discriminación. La mayoría son viudas (el 39 por 100 del total de mujeres con discapacidad, frente al 9 por 100 de los hombres con discapacidad viudos) y sus tasas de actividad y de paro son muy superiores a las de los hombres con discapacidad.

Las principales medidas que contempla el Plan, distribuidas por áreas de actuación, son las siguientes:

Área I. Imágenes y prejuicios:
  • La puesta en marcha de campañas de sensibilización, dirigidas a la sociedad en general y a las propias mujeres, para erradicar estereotipos, fomentar la autoestima, la toma de decisiones y la participación en igualdad de oportunidades.
  • La participación de las mujeres con discapacidad en espacios de los medios de comunicación social (cine, publicidad, programas de radio, televisión, etcétera) que no se relacionen directamente con la discapacidad.
Área II. Vida familiar, relaciones afectivas y maternidad :
  • La elaboración y difusión de una campaña para eliminar la imagen negativa de las mujeres con discapacidad entre las familias de mujeres y niñas con discapacidad.
  • La difusión entre el profesorado, las madres y los padres de criterios que permitan prevenir el proteccionismo y la infantilización de las niñas y jóvenes con discapacidad.
Área III. Educación :
  • La sensibilización de los padres y las madres respecto a las verdaderas necesidades y aptitudes de las niñas con discapacidad.
  • La introducción de la perspectiva de género y discapacidad en los currículos académicos para formar a los profesionales de la enseñanza: magisterio, pedagogía, psicopedagogía, etcétera.
Área IV. Empleo :
  • Sensibilización de las mujeres con discapacidad sobre sus posibilidades de integración, para que eliminen los estereotipos y prejuicios negativos que tienen sobre sí mismas y tomen conciencia de su propia valía, así como del empresariado, trabajadores/as y servicios públicos de empleo con idéntico fin.
  • La introducción de la perspectiva de género y discapacidad en los programas de formación continua y especializada de los profesionales de enseñanza, recursos humanos, medios de comunicación, sanidad, servicios sociales y jurídicos, etc.
Área V. Poder y participación :
  • La difusión de imágenes de mujeres con discapacidad participando en distintos ámbitos de la sociedad, en especial en actividades de ocio y tiempo libre que no sean específicas de la discapacidad.
  • La formación de líderes dirigida a mujeres con discapacidad y de animadores socioculturales con perspectiva de género y discapacidad.
Área VI. Violencia :
  • La puesta en marcha de campañas de prevención y sensibilización sobre violencia de género y discapacidad, dirigidas a mujeres que la padecen, a las asociaciones relacionadas con la discapacidad y a la sociedad en su conjunto.
  • La incorporación de conocimientos sobre discapacidad en los programas de formación de profesionales relacionados con la atención a la violencia (seguridad, sanidad, justicia y docencia).
  • La realización de actividades de formación especifica en género y discapacidad, dirigidas a profesionales de la sanidad, para que detecten y pongan en conocimiento de los servicios sociales, o en su caso de los Tribunales, los supuestos en que se aprecie la existencia de malos tratos, agresiones y abusos sexuales a mujeres y niñas con discapacidad.
Área VII. Salud :
  • La formación del personal médico-sanitario sobre la atención a las mujeres con discapacidad cuando hacen uso de los servicios sanitarios, que incorpore pautas de atención que tengan en cuenta las limitaciones que presenta cada tipo de discapacidad e informe sobre su realidad específica.
  • La realización de programas de formación en el lenguaje corporal femenino y en el fomento de la autoestima en los cursos de rehabilitación dirigidos al personal sanitario de hospitales y centros.
Área VIII. Protección social y jurídica :
  • La formación de organizaciones de voluntarios para que desarrollen programas de acompañamiento a la hora de formular denuncias.
  • La formación en discapacidad de los agentes de igualdad, a fin de garantizar que en todos los programas de intervención se contemple la situación diferencial de las mujeres con discapacidad.


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