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El Gobierno regula los enclaves laborales para incentivar la contratación de trabajadores con discapacidad

(20/02/2004)


  • Su objetivo es facilitar el tránsito de los trabajadores con discapacidad desde el empleo protegido al empleo ordinario
  • Las empresas colaboradoras que empleen de forma indefinida a un discapacitado tendrán una subvención de casi 8.000 euros.

El Consejo de Ministros ha aprobado hoy un Real Decreto por el que se regulan los enclaves laborales como medida de fomento de empleo de las personas con discapacidad.

La nueva norma está dirigida a promover el empleo y lograr la mayor integración de las personas con discapacidad, con especiales dificultades para acceder al mercado de trabajo. Por ello, la finalidad de los enclaves es facilitar la transición desde el empleo protegido en el centro especial de empleo, al empleo ordinario en la empresa colaboradora.

Las características del Real Decreto son las siguientes:

Los enclaves pueden ser realizados por los centros especiales de empleo en empresas ordinarias, mediante un contrato de prestación de servicios.

Se facilita a las empresas el cumplimiento de la cuota de reserva.

Todos los trabajadores deben ser discapacitados y, al menos un 60 por 100 de ellos debe presentar especiales dificultades para el acceso al mercado de trabajo.

Los trabajadores del enclave mantienen a todos los efectos su relación laboral con el centro especial de empleo.


Ayudas a la contratación

Las empresas colaboradoras que contraten indefinidamente a un trabajador del enclave con especiales dificultades de acceso al mercado de trabajo ordinario percibirán las siguientes ayudas:

Una subvención de 7.814 euros por contrato de trabajo celebrado a jornada completa. Si el contrato es a tiempo parcial, la subvención se reducirá proporcionalmente según la jornada de trabajo pactada.

Una bonificación del 100 por 100 de las cuotas empresariales a la Seguridad Social.

Subvenciones para la adaptación de los puestos de trabajo de los trabajadores discapacitados.

El Real Decreto obedece al compromiso asumido por el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales de regular los enclaves laborales como una de las modificaciones normativas dirigidas a actualizar el marco jurídico que permita la creación de empleo de las personas con discapacidad, lograr su integración en el mercado ordinario y facilitar el cumplimiento de la obligación de reserva de contratación por las empresas.


Definición

Los enclaves laborales consisten en el traslado temporal de un equipo de trabajadores con discapacidad de un centro especial de empleo a las instalaciones de una empresa del mercado ordinario de trabajo, llamada empresa colaboradora, para el desarrollo de una actividad productiva, a través de un contrato de arrendamiento de servicios entre el centro y la empresa.

Esta fórmula permite al trabajador completar y mejorar su experiencia profesional en un entorno propio del mercado ordinario de trabajo. Asimismo, la empresa colaboradora puede conocer mejor la capacidad y posibilidades de estos trabajadores, y podrá decidir su incorporación a la plantilla, con la consiguiente aplicación de ayudas.

Los enclaves posibilitan el crecimiento de la actividad desarrollada por los centros especiales de empleo y contribuyen a facilitar a las empresas el cumplimiento de la obligación de la cuota de reserva legal del 2 por 100 de trabajadores con discapacidad.

Factores sociológicos y psicológicos

Esta medida de integración laboral tiene en cuenta factores sociológicos, como la percepción por parte del empresario sobre la eficacia del trabajo de los minusválidos, y psicológicos, como la necesidad de este colectivo de contar con un apoyo personalizado en el trabajo. Igualmente, se contempla el factor empresarial, ya que los continuos cambios en los procesos productivos hacen imprescindible la capacitación profesional especializada de estos trabajadores



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