PRESTACIONES SOCIALES Y ECONÓMICAS DE LA LISMI


Naturaleza y contenido

Estas prestaciones se dirigen a personas con minusvalía que por no desarrollar una actividad laboral, no están incluidas en el campo de aplicación de la Seguridad Social, configurándose como prestaciones de derecho y compatibles entre sí; en concreto:

En la actualidad, sólo pueden solicitarse el SMGT y la ASPF, ya que la Ley 26/1990, de 20 de diciembre, por la que establecen en la Seguridad Social Prestaciones no Contributivas, suprimió los subsidios de Garantía de Ingresos Mínimos (SGIM) y por Ayuda de Tercera Persona (SATP), si bien sus beneficiarios pueden continuar con el percibo de los mismos salvo que opten por pasar a una prestación no contributiva.

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Normativa reguladora básica

La normativa reguladora básica de estas prestaciones se recoge en las siguientes disposiciones:

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Financiación e importe

Las Prestaciones de la LISMI se financian con cargo a las correspondientes aportaciones del Presupuesto del Estado en el Presupuesto de la Seguridad Social (IMSERSO), excepto para Navarra y el País Vasco, cuyos Gobiernos financian directamente las mismas.

La cuantía de los subsidios se fija anualmente en la Ley de Presupuestos Generales del Estado, si bien la del SGIM y el SATP no ha experimentado revalorización alguno desde 1991.

Las cuantías mensuales en 2004 son las siguientes:

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Modalidades de gestión

Si bien las competencias sobre la legislación básica y el régimen económico de la Seguridad Social son competencia del Estado, la gestión de las Prestaciones de la LISMI, en virtud de los Reales Decretos de Transferencias y los Convenios de Colaboración suscritos, se ejercita por los Órganos Gestores competentes de las distintas Comunidades Autónomas que conforman el Estado Español; la gestión en los Territorios Históricos de Araba, Bizkaia y Gipuzkoa compete a sus Diputaciones Forales, y a las Direcciones Provinciales del IMSERSO en las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla.

El IMSERSO, como Entidad Gestora de la Seguridad Social, se reserva, no obstante, el seguimiento de los pagos en el ámbito estatal, así como de los datos referidos a la evolución de la gestión y beneficiarios en nómina.

A continuación se detallan los requisitos exigidos para el acceso a estas prestaciones, tanto de los vigentes Subsidio de Movilidad y Compensación para Gastos de Transporte (SMGT) y Asistencia Sanitaria y Prestación Farmacéutica, como de los suprimidos subsidios de Garantía de Ingresos Mínimos (SGIM) y por Ayuda de Tercera Persona (SATP).

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ASISTENCIA SANITARIA Y PRESTACIÓN FARMACÉUTICA (ASPF)

Concepto y naturaleza

El sistema establecido por la LISMI prevé la Asistencia Sanitaria y Farmacéutica para personas con minusvalía (ASPF), que tiene por objeto la prestación de los servicios conducentes a conservar y restablecer la salud de los beneficiarios, y se aplica con idéntica extensión que la asistencia sanitaria y farmacéutica por enfermedad común, accidente no laboral y maternidad del Régimen General de la Seguridad Social.

Para acceder a esta prestación no se exige un determinado nivel de recursos. Esta ayuda es únicamente para la persona con discapacidad a quien se le conceda y, por tanto, no puede extenderse en ningún caso a los familiares. La prestación farmacéutica incluye la dispensación gratuita de medicamentos para los beneficiarios

Requisitos

Datos básicos a declarar en el impreso de solicitud:

Documentos preceptivos a aportar con la solicitud:

Presentación de Solicitudes

Las solicitudes pueden presentarse en las distintas delegaciones territoriales de asuntos sociales o asimiladas de los Órganos Gestores de las Comunidades Autónomas, Diputaciones Forales vascas y Direcciones Provinciales del IMSERSO de Ceuta y Melilla.

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SUBSIDIO DE MOVILIDAD Y COMPENSACIÓN POR GASTOS DE TRANSPORTE (SMGT)

Concepto y naturaleza

Es una prestación económica de carácter periódico, destinada a que las personas con discapacidad puedan atender los gastos extraordinarios originados por desplazamientos fuera de su domicilio habitual en medios de transporte no colectivos.

Su importe se revisa anualmente en la correspondiente Ley de Presupuestos Generales del Estado; su percibo es compatible, en su caso, con el disfrute de una prestación de naturaleza no contributiva.

Requisitos:

Datos básicos a declarar en el impreso de solicitud:

Documentos preceptivos a aportar con la solicitud:

Presentación de Solicitudes

Las solicitudes pueden presentarse en las distintas delegaciones territoriales de asuntos sociales o asimiladas de los Órganos Gestores de las Comunidades Autónomas, Diputaciones Forales vascas y Direcciones Provinciales del IMSERSO de Ceuta y Melilla.

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SUBSIDIO DE GARANTÍA DE INGRESOS MÍNIMOS (SGIM)

(Suprimido por la Ley 26/1990, de 20 de diciembre, por la que se establecen en la Seguridad Social prestaciones no contributivas)

Concepto y naturaleza

El SGIM consiste en una prestación económica de carácter periódico, destinada a subvenir a las necesidades básicas, tales como alimentación, vestido y habitación de quienes, careciendo de los medios necesarios para su subsistencia, no estén en condiciones, por razón del grado de su minusvalía, de obtenerlos.

Este subsidio quedó suprimido por la Ley 26/1990, de 20 de diciembre, por la que se establecen en la Seguridad Social Prestaciones no Contributivas, aunque sus beneficiarios pueden continuar en su percibo salvo que opten por percibir una prestación no contributiva.

Asimismo, y en virtud de la Ley 3/1997, de 24 de marzo, cuando los beneficiarios de este Subsidio sean contratados por cuenta ajena o se establezcan por cuenta propia y con posterioridad se les extinga el contrato o dejen de desarrollar la actividad laboral, podrán recuperar automáticamente el derecho al SGIM.

Señalar que la cuantía de esta prestación económica de carácter periódico, que conlleva dos pagas extraordinarias del mismo importe, no ha experimentado revalorización alguna desde 1991.

Requisitos:

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SUBSIDIO POR AYUDA DE TERCERA PERSONA (SATP)

(Suprimido por la Ley 26/1990, de 20 de diciembre, por la que se establecen en la Seguridad Social prestaciones no contributivas)

El SATP consiste en una prestación económica, de carácter periódico, destinada a aquellas personas afectadas por una minusvalía que, a consecuencia de pérdidas, anatómicas o funcionales, necesiten, a juicio del equipo multiprofesional, la asistencia de otra persona para realizar actos esenciales de la vida, tales como vestirse, desplazarse, comer o análogos.

Este subsidio quedó suprimido por la Ley 26/1990, de 20 de diciembre, por la que se establecen en la Seguridad Social Prestaciones no Contributivas, aunque sus beneficiarios pueden continuar en su percibo salvo que opten por percibir una prestación no contributiva.

Señalar que la cuantía de esta prestación económica de carácter periódico, que conlleva dos pagas extraordinarias del mismo importe, no ha experimentado revalorización alguna desde 1991.

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Dónde solicitar estas pensiones

Las direcciones y teléfonos de información de las Comunidades Autónomas y Direcciones Provinciales del IMSERSO se detallan a continuación:

ÁLAVA (Vitoria) Instituto Foral de Bienestar Social c/ Diputación, 13 - C.P. 01001 945 151 015
ALBACETE Consejería de Bienestar Social Pº P. Simón Abril, 10 - C.P. 02003 967 557 989
ALICANTE Consejería de Bienestar Social c/ Fernando Madroñal, 52 - C.P. 03007 965 934 704
ALMERÍA Consejería para la Igualdad y Bienestar Social c/ Tiendas, 12 C.P. 04003 950 006 100
ASTURIAS (Oviedo) Dirección General de Servicios Sociales Comunitarios y Prestaciones c/ General Elorza, 35 -C.P. 33001 985 106 565
985 106 551
ÁVILA Gerencia de Servicios Sociales Pl. de Nalvillos, 1 -C.P. 05001 920 352 165
BADAJOZ Consejería de Bienestar Social Ronda de Pilar, 22 -C.P. 06071 924 010 000
BADAJOZ (Mérida) Consejería de Bienestar Social Pº de Roma, s/n (Mérida) -C.P. 06800 924 005 929
ILLES BALEARS (Palma de Mallorca) Instituto Balear de Asuntos Sociales/Institut Balear d´Affers Socials Avinguda d´Alemanya, 6 . -C.P. 07003 971 177 000
BARCELONA Instituto Catalán de Asistencia y Servicios Sociales/Institut Català d´Assistencia i Serveis Socials Plaça Pau Vila (Palau de Mar) -C.P. 08039 934 831 000
BURGOS Gerencia de Servicios Sociales c/ Julio Sáez de la Hoya, 5 -C.P. 09005 947 230 712
CÁCERES Consejería de Bienestar Social Pl. Alféreces Provisionales, 1 -C.P. 10071 927 004 306
CÁDIZ Consejería para la Igualdad y Bienestar Social Pl. Asdrúbal, s/n -C.P. 11008 956 007 000
CANTABRIA (Santander) Dirección General de Acción Social c/ Hernán Cortés, 9 -C.P. 39003 942 207 939
942 207 957
CASTELLÓN Consejería de Bienestar Social c/ Hermanos Bou, 81.  -C.P. 12003 964 358 000
CEUTA Dirección Provincial del IMSERSO Av. África, s/n -C.P. 51002 956 522 907
CIUDAD REAL Consejería de Bienestar Social c/ Sto. Tomás de Villanueva, 9 -C.P. 13071 926 212 444
CÓRDOBA Consejería para la Igualdad y Bienestar Social Pasaje 12 de Octubre, s/n -C.P. 14003 957 005 400
A CORUÑA Consejería de Asuntos Sociales/Conselleria de Asuntos Sociais Rua Concepción Arenal, 7-9 -C.P. 15006 981 288 188
CUENCA Consejería de Bienestar Social General Fanjul, 3-5 -C.P. 16001 969 176 552
GIRONA Instituto Catalán de Asistencia y Servicios Sociales/Institut Català d´Assistencia i Serveis Socials c/ Emili Grahit, 2 -C.P. 17001 972 486 060
GRANADA Consejería para la Igualdad y Bienestar Social c/ Ancha de Gracia, 6 - C.P.18002 958 024 600
GUADALAJARA Consejería de Bienestar Social Pº Fernández Iparraguirre, 1 -C.P. 19071 949 885 455
GUIPÚZCOA (San Sebastián-Donostia) Diputación Foral/Foro Albundia c/ Zarategui, 99 -C.P. 20015 943 482 588
HUELVA Consejería para la Igualdad y Bienestar Social c/ Alcalde Mora Claros, 4 y 6 -C.P. 21001 959 005 700
HUESCA Instituto Aragonés de Servicios Sociales Pl. Santo Domingo, 3 y 4 -C.P. 22001 974 293 333
JAÉN Consejería para la Igualdad y Bienestar Social Pº de la Estación, 19 -C.P. 23008 953 013  084
LEÓN Gerencia de Servicios Sociales c/ Modesto de la Fuente, 5 -C.P. 24004 987 256 612
LLEIDA Instituto Catalán de Asistencia y Servicios Sociales/Institut Català d´Assistencia i Serveis Socials Pça. de la Sal, 6 -C.P. 25007 973 230 502
LUGO Consejería de Asuntos Sociales/Conselleria de Asuntos Sociais c/ Ronda da Muralla, 70 (Edif. Advo.) -C.P. 27003 982 294 202
MADRID Dirección General de Servicios Sociales c/ Alcalá, 63, c/v P. Muñoz Seca, 2 – C.P. 28014 914 206 900
MÁLAGA Consejería para la Igualdad y Bienestar Social Manuel Agustín Heredia, 26 - 4º -C.P. 29001 951 036 400
MELILLA Dirección Provincial del IMSERSO c/ Querol, 31 -C.P. 52004 952 673 314
MURCIA Instituto de Servicios Sociales de la Región de Murcia (ISSORM) c/ Ronda de Levante, 16 esq. Pl. Juan XXIII - C.P. 30008 968 366 262
NAVARRA (Pamplona) Instituto Navarro de Bienestar Social c/ González Tablas, s/n -C.P. 31003 948 426 900
OURENSE Consejería de Asuntos Sociales/Conselleria de Asuntos Sociais Av. Sáez Díez, 33 bajo -C.P. 32003 988 386 150
PALENCIA Gerencia de Servicios Sociales c/ Valentín Calderón, 2 -C.P. 34001 979 706 109
LAS PALMAS DE GRAN CANARIA Dirección General de Servicios Sociales Av. Alcalde José Ramírez Bethencourt, 12 -C.P. 35004 928 452 350
PONTEVEDRA (Vigo) Consejería de Asuntos Sociales/Conselleria de Asuntos Sociais Rúa Concepción Arenal, 8 2ª planta -C.P. 36202 986 817 230
LA RIOJA (Logroño) Dirección General de Servicios Sociales c/ Villamediana, 17 -C.P. 26071 941 291 318
SALAMANCA Gerencia de Servicios Sociales c/ Correhuela, 18 -C.P. 37001 923 216 101
SEGOVIA Gerencia de Servicios Sociales c/ Infanta Isabel, 16 - C.P. 40001 921 461 982
SEVILLA Consejería para la Igualdad y Bienestar Social c/ Pagés del Corro, 90 -C.P. 41010 955 006 000
SORIA Gerencia de Servicios Sociales Pº del Espolón, 2 -C.P. 42001 975 220 555
TARRAGONA Instituto Catalán de Asistencia y Servicios Sociales/Institut Català d´Assistencia i Serveis Socials Av. Andorra, 7 bis -C.P. 43002 977 241 888
TARRAGONA (Amposta) Instituto Catalán de Asistencia y Servicios Sociales/Institut Català d´Assistencia i Serveis Socials c/ Ruiz d´Alda, 33 - C.P. 43870 977 706 534
TENERIFE (Sta. Cruz de Tenerife) Dirección General de Servicios Sociales Av. Benito Pérez Armas, 4 -C.P. 38007 922 474 444
TERUEL Instituto Aragonés de Servicios Sociales c/ Av. Dr. Sanz Gadea, 11 -C.P. 44002 978 641 313
TOLEDO Consejería de Bienestar Social c/ Núñez de Arce, 24 -C.P. 45003 925 269 035
VALENCIA Consejería de Bienestar Social c/ Barón de Cárcer, 36 -C.P.: 46001 963 866 750
VALLADOLID Gerencia de Servicios Sociales c/ Dos de Mayo, 14-16 -C.P. 47004 983 306 888
VIZCAYA (Bilbao-Bilbo) Diputación Foral/Foru Aldundia c/ Nicolás Alcorta, 4 -C.P. 48071 944 067 163
ZAMORA Gerencia de Servicios Sociales c/ Prado Tuerto, 17 -C.P. 49020 980 671 300
ZARAGOZA Instituto Aragonés de Servicios Sociales Pº de Rosales, 28 Dup. -C.P.50008 976 716 220
SS.CC. IMSERSO Dirección General del IMSERSO Av. de la Ilustración, s/n c/v a Ginzo de Limia, 58 C.P. 28029 913 638 783

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Información elaborada por el Observatorio de la Discapacidad del IMSERSO

Fecha de la última modificación de la información contenida: marzo de 2005